Precisan científicos de visado especial

AutorRamón Sevilla

Los extranjeros que ingresen al País para desarrollar actividades científicas, técnicas, de asesoría, deportivas o similares, requieren de una calidad migratoria de Visitante, y no de Turista, como la que utilizaron los 13 ingleses que exploraban las grutas de Alpazat en Cuetzalan, Puebla, establece la Secretaría de Gobernación.

Un oficio enviado a la Unión Mexicana de Agrupaciones Espeleológicas (UMAE) el 8 de junio de 1992, con número 007122 por la Dirección de Inspección de la Dirección General de Servicios Migratorios de la Segob, establece una serie de requerimientos que tienen que cubrir los extranjeros que se internen a territorio mexicano, con la finalidad de explorar y explotar oquedades (cavernas) naturales.

El documento explica que la calidad migratoria de Turista prevé la internación de un extranjero a territorio mexicano con fines de recreo o salud para actividades artísticas, culturales o deportivas, no remuneradas ni lucrativas con una temporalidad de seis meses.

Otro permiso de las leyes migratorias mexicanas es la de Visitante (FM 3), que permite que un extranjero se dedique al ejercicio de alguna actividad lucrativa o no, siempre que sea lícita y honesta, con autorización para permanecer en el País hasta por un año.

El texto aclara que esta calidad migratoria puede autorizarse cuando el extranjero tenga como propósito dedicarse a actividades científicas, técnicas, de asesoría, deportivas o similares, pudiendo concederse hasta cuatro prórrogas más.

"En virtud de que las Oquedades Naturales forman parte de la riqueza del País, tratándose de la extracción de algún material de las mismas, en términos del Articulo 4° de la Ley de Minas, deberá contarse con autorización previa de la Secretaría de Minas e Industria Paraestatal.

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