Poder legislativo decreto no. 21. Se aprueba el proyecto de decreto por el que se reforma la fracción iii del apartado a del artículo 123 de la constitución política de los Estados unidos mexicanos.

Fecha de publicación20 Mayo 2014
Número de Gaceta1-EXT.
Poder Legislativo

MARIANO GONZALEZ ZARUR, Gobernador del Estado a sus habitantes sabed Que por conducto de la Secretaría Parlamentaría del Honorable Congreso del Estado con esta fecha se me ha comunicado lo siguiente EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA, A NOMRE DEL PÚEBLO DECRETA

DECRETO No. 21 ARTÍCULO ÚNICO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 45, 47 y 54 fracción LIX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 3, 5 fracción I, 7, 9 fracción II y 10 apartado A, fracción V de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala; se aprueba el Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción III del Apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue Artículo 123. … … A. … I. y II. … III. Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de quince años. Los mayores de dieciséis tendrán como jornada máxima la de seis horas.

IV. a XXXI. … B. … TRANSITORIO Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala.

ARTÍCULO SEGUNDO. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 104 fracciones I y XIII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala, se instruye al Secretario...

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