Poder legislativo. Decreto no. 136. Mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposciones de la constitución política del Estado libre y soberano de Tlaxcala, de la ley organica del poder judicial del estado de tlaxcala y se reforman fracciones de la ley de Justicia para dolescentes para el estado de tlaxcala.
Fecha de publicación | 06 Noviembre 2015 |
Número de Gaceta | EXT |
y 5 fracción I, 9 fracción III y 10 apartado
A fracción I de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo del Estado, la Mesa Directiva del
Congreso del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
tiene por recibida la certificación que hace el
Secretario Parlamentario del Congreso del Estado
sobre la aprobación que realizaron los
Ayuntamientos de la Entidad del Decreto número
136, aprobado por la Sexagésima Primera
Legislatura, en sesión de fecha siete de octubre de
dos mil quince, por el que se reforman, adicionan y
deroga diversas disposiciones de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
así como se adicionan y derogan diversos artículos
de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado
de Tlaxcala y de la Ley de Justicia para
Adolescentes para el Estado de Tlaxcala
SEGUNDO. Con fundamento en el artículo 120 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Tlaxcala, se declara aprobado el Decreto número 136 por el que se reforman el primer párrafo del artículo 79; los incisos d) y e) de la fracción V del artículo 81, las fracciones I, II y VI del artículo 83 y párrafo último del artículo 84; se adicionan un párrafo último al artículo 20; un segundo y cuarto párrafos del artículo 79, recorriéndose los párrafos tercero y cuarto pasando a ser quinto y sexto; se deroga la fracción V del artículo 83 todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, se reforman los artículos 1, 6, 9, el párrafo primero del 11, la fracción III del artículo 14; los artículos 16, 21, 24, la fracción XI del 25, 31, 32, 39 bis, el párrafo primero y su fracción VIII del 40, 40 bis; se adicionan una fracción XIV al artículo 2, un artículo 7 bis, la fracción IX y un párrafo último al 40, un artículo 48 bis, un párrafo último al artículo 51 y un...
SEGUNDO. Con fundamento en el artículo 120 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Tlaxcala, se declara aprobado el Decreto número 136 por el que se reforman el primer párrafo del artículo 79; los incisos d) y e) de la fracción V del artículo 81, las fracciones I, II y VI del artículo 83 y párrafo último del artículo 84; se adicionan un párrafo último al artículo 20; un segundo y cuarto párrafos del artículo 79, recorriéndose los párrafos tercero y cuarto pasando a ser quinto y sexto; se deroga la fracción V del artículo 83 todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, se reforman los artículos 1, 6, 9, el párrafo primero del 11, la fracción III del artículo 14; los artículos 16, 21, 24, la fracción XI del 25, 31, 32, 39 bis, el párrafo primero y su fracción VIII del 40, 40 bis; se adicionan una fracción XIV al artículo 2, un artículo 7 bis, la fracción IX y un párrafo último al 40, un artículo 48 bis, un párrafo último al artículo 51 y un...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba