Poder legislativo acuerdo. Sobre la aprobación que realizaron los ayuntamientos de la entidad del decreto no. 116 expedido por la sexagésima legislatura en fecha veintitrés de octubre del 2012, por el que se forman los artículos 14 y 96; se adicionan los párrafos tercero y cuarto al artículo 1, los párrafos segundo, tercero y cuarto al artículo 14 y un párrafo tercero a la fracción 2 del artículo 26, todos de la constitución política del Estado libre y soberano de Tlaxcala. Decreto 116. Se reforman los artículos 14 y 96; de adicionan los párrafos tercero y cuarto al artículo 1, los párrafos segundo, tercero y cuarto al artículo 14 y un párrafo tercero a la fracción ii del artículo 26, todos de la constitución política del estado libre y soberano de tlaxcala. Decreto 123. Se aprueba la minuta proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 24 de la constitución política del estado libre y soberano de tlaxcala.
Fecha de publicación | 05 Diciembre 2012 |
Número de Gaceta | 49-5ª. SECC. |
y 5
fracción I, 9 fracción III, y 10 apartado A
fracción I de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo del Estado, la Mesa Directiva
Congreso del Estado Libre y Soberano de
Tlaxcala, tiene por recibida la
certificación que hace el ciudadano
Secretario Parlamentario del Congreso
del Estado, sobre la aprobación que
realizaron los Ayuntamientos de la
Entidad del Decreto número 116
expedido por la Sexagésima Legislatura
en fecha veintitrés de octubre de dos mil
doce, por el que se reforman los artículos
14 y 96; se adicionan los párrafos tercero
y cuarto al artículo 1, los párrafos
segundo, tercero y cuarto al artículo 14 y
un párrafo tercero a la fracción II del
artículo 26, todos de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de
Tlaxcala
SEGUNDO. Con fundamento en el artículo 120 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala se declaran aprobadas las reformas de los artículos 14 y 96; y las adiciones de los párrafos tercero y cuarto al artículo 1, los párrafos segundo, tercero y cuarto al artículo 14 y un párrafo tercero a la fracción II del artículo 26, todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, contenidas en el Decreto número 116 de fecha veintitrés de octubre de dos mil doce, expedido por esta Soberanía
TERCERO. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 104 fracciones I y XIII de la Ley...
SEGUNDO. Con fundamento en el artículo 120 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala se declaran aprobadas las reformas de los artículos 14 y 96; y las adiciones de los párrafos tercero y cuarto al artículo 1, los párrafos segundo, tercero y cuarto al artículo 14 y un párrafo tercero a la fracción II del artículo 26, todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, contenidas en el Decreto número 116 de fecha veintitrés de octubre de dos mil doce, expedido por esta Soberanía
TERCERO. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 104 fracciones I y XIII de la Ley...
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