Poder Judicial define criterio para casos de despido de personas con discapacidad

Fecha de publicación06 Febrero 2024
Foto: Especial (Shutterstock)
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Blanca Juárez

Por Blanca Juárez

El empleador está obligado a ajustar los procesos disciplinarios para permitir que las personas trabajadoras con discapacidad accedan a una debida defensa, estableció un tribunal.

Además de promover la contratación de personas con discapacidad, es necesario llevar esa perspectiva a todo el ciclo de vida laboral. Por ejemplo, en los procedimientos disciplinarios, como lo muestra el caso de una empleada del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) analizado por el Poder Judicial Federal (PJF).

Pero si los centros de trabajo no lo hacen, las autoridades “tienen la obligación de juzgar con perspectiva de discapacidad” cuando observen que en una investigación administrativa “no se implementaron los ajustes necesarios para que (la trabajadora o el trabajador) lleve su defensa de manera efectiva”.

Esto fue lo que resolvió el Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, con Residencia en Saltillo, Coahuila, al analizar un amparo directo tramitado por una trabajadora del IMSS.

La mujer, quien vive con paraplejia y otros padecimientos derivados de una lesión medular, fue despedida por el instituto en enero de 2018.

Pero el tribunal no se pronunció sobre si el despido fue justo o injusto, sino en que las autoridades laborales obviaron el hecho de que el IMSS discriminó a la trabajadora al no brindarle la oportunidad de defenderse con medidas adecuadas a su discapacidad.

En México, más de 6.2 millones de personas viven con algún tipo de discapacidad, incluyendo las condiciones mentales, según el Censo de Población y Vivienda 2020. De ellas, apenas el 37% forma parte de la población económicamente activa (PEA), es decir, que tiene un trabajo remunerado o está buscando uno.

El 53% de la población con discapacidad es mujer y el 47%, hombre. La mayor parte, el 48%, tiene problemas para caminar, la segunda discapacidad más común es para ver (44%) y el 22% tiene sordera.

¿Qué pasó con la trabajadora?

El proceso disciplinario se compone de la investigación y, de ser el caso, la sanción por conductas o incumplimientos de la persona trabajadora. Todas tienen derecho a defenderse, pero quienes viven con una discapacidad necesitan medidas adecuadas.

Sin embargo, en la fase de investigación, el IMSS citó a la trabajadora fuera de Nayarit, donde ella vive. De acuerdo con el expediente del amparo directo 186/2022, aunque el instituto “le asignó un traslado en autobús”, la empleada no acudió a la audiencia, así que el organismo decidió despedirla.

Esa medida “no cumple con las necesidades de sus condiciones, esto es, para que ella pudiera ser acompañada por una persona que la apoye a...

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