Poder Judicial blinda los recursos en las afores de los trabajadores fallecidos

Fecha de publicación01 Diciembre 2023
Foto: Especial (Shutterstock)
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Blanca Juárez

Por Blanca Juárez

Algunas afores se han negado a entregar en un solo pago el ahorro de una persona trabajadora fallecida. Sostienen que ese dinero se lo transfieren al gobierno federal para financiar las pensiones, pero un tribunal señaló que esto no es correcto.

A la muerte de una persona trabajadora, sus beneficiarios y beneficiarias se enfrentan, además del duelo, a una serie de trámites burocráticos nada fáciles para obtener una pensión o recuperar el dinero que le gestionó la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore).

Pero un caso revisado por el Poder Judicial Federal (PJF) podría sentar un precedente y ayudar, específicamente, a quienes tienen una pensión de viudez u orfandad por parte del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

El Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito determinó que la familia beneficiaria “puede retirar en una sola exhibición el saldo de los recursos acumulados en la cuenta individual del trabajador fallecido” y la afore no se puede negar.

La sentencia quedó como un antecedente para otras personas que estén pasando por la misma situación. El criterio jurídico puede ser revisado en el Seminario Judicial de la Federación (SJF) con el registro digital 2027583.

Si alguna persona requiere asesoría en específico sobre este tema, puede acudir a la Procuraduría de la Defensa de los Trabajadores al Servicio del Estado (Prodetse) a través de los teléfonos (55) 5050-9728 o (55) 5062-9718 en un horario de 9:00 a 14:00 horas. O acudir de manera presencial en la dirección Diagonal 20 de noviembre 275, Colonia Obrera, Ciudad de México.

Negativa del derecho a pensión

En diciembre de 2019, falleció un trabajador que laboraba en una institución gubernamental. Hasta marzo de 2021, la Junta Especial 24 de la Federal de Conciliación y Arbitraje declaró a la esposa del trabajador “como única y legítima beneficiaria de los derechos laborales de su finado esposo”, según el expediente del caso.

En un primer momento, la señora recibió una negativa de pensión de viudez y de orfandad para su hija, por parte del ISSSTE. Por eso ella tuvo que acudir a una junta de conciliación, que le dio la razón de ser la beneficiaria.

La mujer también reclamó la devolución de lo que su esposo ahorró para la cesantía en edad avanzada y vejez y para el crédito a la vivienda. También esto le fue negado por el ISSSTE, pero la junta de conciliación también...

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