Poder ejecutivo. Secretaría de planeación y finanzas. Acuerdo por el que se señalan los días inhábiles en materia fiscal estatal y federal coordinada, correspondiente al primer semestre del ejercicio fiscal 2017.

Fecha de publicación30 Marzo 2017
Número de GacetaEXT


ACUERDO POR EL QUE SE SEÑALAN LOS DÍAS INHÁBILES EN MATERIA FISCAL ESTATAL Y FEDERAL COORDINADA CORRESPONDIENTE AL PRIMER SEMESTRE DEL EJERCICIO FISCAL 2017 MARÍA ALEJANDRA MARISELA NANDE ISLAS, Secretaria de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado de Tlaxcala, con fundamento en los artículos 5, fracción I y 22, fracción I, II, III y último párrafo del Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios; artículo 31 y 32 apartado I, inciso g) de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala artículos 6, 11, fracciones XVI y XXIV, 16 fracción XXXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas; artículos 13, 14 y 15 de la Ley de Coordinación Fiscal; artículo 12 del Código Fiscal de la Federación; y, Regla 2.1.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2016 y CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que resulta necesario generar condiciones que fortalezcan el desarrollo de una cultura de cumplimiento de las obligaciones fiscales mediante usos de herramientas más accesibles y sencillas, que no generen cargas adicionales y burocráticas que desalienten a los particulares en el entero espontáneo de sus contribuciones, así como al cumplimiento de las demás obligaciones establecidas en las disposiciones fiscales.

SEGUNDO.- Que resulta prioritario para la Secretaría de Planeación y Finanzas llevar acabo acciones necesarias con la finalidad de informar a los contribuyentes los días que se consideran inhábiles para las autoridades fiscales estatales, respecto al ejercicio de facultades fiscalizadoras, así como los días inhábiles en que se suspenden los plazos legales establecidos por las disposiciones fiscales en relación a cualquier procedimiento y/o actuación relativos a ingresos federales coordinados y estatales, asimismo para la presentación de los medios de defensa ante las autoridades fiscales estatales.

TERCERO.- Que adicionalmente es primordial brindar certeza jurídica a los contribuyentes en el actuar de las autoridades fiscales estatales, con el fin de evitar que se practiquen actuaciones fuera de los plazos establecidos en las disposiciones legales vigentes.

CUARTO.- Que se han venido realizando diversas acciones coordinadas con el objeto de mantener una constante actualización del marco legal, que a su vez permite garantizar que se respete el orden jurídico, cumpliendo y haciendo cumplir la ley sin distinción y estimulando una cultura de legalidad.

QUINTO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 12, primer y segundo párrafos del...

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