Poder ejecutivo. Secretaría de gobierno. Acuerdo. Se expiden constancias de aspirantes a favor de los licenciados en derecho josé aarón pérez carro y antonio flores sánchez.
Fecha de publicación | 19 Agosto 2021 |
Número de Gaceta | EXT |
MARCO ANTONIO MENA RODRÍGUEZ
GOBERNADOR DEL ESTADO DE
TLAXCALA, EN EJERCICIO DE LAS
FACULTADES QUE ME CONFIERE EL
ARTÍCULO 70 FRACCIÓN XXXVIII DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA, EN
RELACIÓN A LOS DIVERSOS 3, 23, 26
PÁRRAFO SEGUNDO, 27 Y 28 DE LA LEY
DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO DE
TLAXCALA; Y
CONSIDERANDO
I.- Que en términos de lo dispuesto por el artículo
3 la Ley del Notariado para el Estado de Tlaxcala
el ejercicio de la función notarial, es de orden
público y se encuentra a cargo del titular del
Ejecutivo
II.- Que la Constancia de Aspirante, es el documento expedido por el Ejecutivo, previa satisfacción de los requisitos de Ley, que acredita a su titular como aspirante al ejercicio del notariado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6 fracción III y VIII de la Ley del Notariado para el Estado de Tlaxcala.
III.- Que de conformidad al artículo 26 de la Ley del Notariado para el Estado de Tlaxcala, la Dirección de Notarías y Registros Públicos del Estado, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud del peticionario, previa comprobación de la satisfacción de los requisitos de Ley, deberá formular dictamen sobre la procedencia de la solicitud y, en caso de ser favorable, remitirá el expediente que al efecto se forme, a la Secretaría de Gobierno para que por su conducto se solicite al Ejecutivo la expedición de la Constancia de Aspirante.
IV.- Que con fecha 10 de agosto de 2021, mediante oficios número DRP/UJ/5779/2021 y DRP/UJ/5782/2021, la Directora de Notarías y Registros Públicos del Estado, Licenciada Elida Garrido Maldonado, remitió a la Secretaría de Gobierno dictámenes sobre la procedencia de las solicitudes de Constancia de Aspirante, de los Licenciados en Derecho JOSÉ AARÓN PÉREZ CARRO y ANTONIO FLORES SÁNCHEZ.
V.- Que de los dictámenes remitidos a la Secretaría de Gobierno, se advierte que las documentales que anexaron a su solicitud los Licenciados en Derecho JOSÉ AARÓN PÉREZ CARRO y ANTONIO FLORES SÁNCHEZ, cumplieron satisfactoriamente con los requisitos establecidos en los artículos 23 y 24 de la Ley del Notariado para el Estado de Tlaxcala, por consiguiente, la titular de la Dirección de Notarías y Registros Públicos del Estado, dictaminó favorable y en consecuencia procedentes las solicitudes de los peticionarios, para obtener la Constancia de Aspirante al ejercicio del notariado.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, he tenido a bien dictar el siguiente:
ACUERDO
...
II.- Que la Constancia de Aspirante, es el documento expedido por el Ejecutivo, previa satisfacción de los requisitos de Ley, que acredita a su titular como aspirante al ejercicio del notariado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6 fracción III y VIII de la Ley del Notariado para el Estado de Tlaxcala.
III.- Que de conformidad al artículo 26 de la Ley del Notariado para el Estado de Tlaxcala, la Dirección de Notarías y Registros Públicos del Estado, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud del peticionario, previa comprobación de la satisfacción de los requisitos de Ley, deberá formular dictamen sobre la procedencia de la solicitud y, en caso de ser favorable, remitirá el expediente que al efecto se forme, a la Secretaría de Gobierno para que por su conducto se solicite al Ejecutivo la expedición de la Constancia de Aspirante.
IV.- Que con fecha 10 de agosto de 2021, mediante oficios número DRP/UJ/5779/2021 y DRP/UJ/5782/2021, la Directora de Notarías y Registros Públicos del Estado, Licenciada Elida Garrido Maldonado, remitió a la Secretaría de Gobierno dictámenes sobre la procedencia de las solicitudes de Constancia de Aspirante, de los Licenciados en Derecho JOSÉ AARÓN PÉREZ CARRO y ANTONIO FLORES SÁNCHEZ.
V.- Que de los dictámenes remitidos a la Secretaría de Gobierno, se advierte que las documentales que anexaron a su solicitud los Licenciados en Derecho JOSÉ AARÓN PÉREZ CARRO y ANTONIO FLORES SÁNCHEZ, cumplieron satisfactoriamente con los requisitos establecidos en los artículos 23 y 24 de la Ley del Notariado para el Estado de Tlaxcala, por consiguiente, la titular de la Dirección de Notarías y Registros Públicos del Estado, dictaminó favorable y en consecuencia procedentes las solicitudes de los peticionarios, para obtener la Constancia de Aspirante al ejercicio del notariado.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, he tenido a bien dictar el siguiente:
ACUERDO
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