Poder ejecutivo. Procuraduría general de Justicia. Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para el ofrecimiento y entrega de recompensas a personas que aporten información útil relacionada con las investigaciones que realice la procuraduría general de justicia del Estado de Tlaxcala o que colaboren en la localización y detención de probables responsables de la comisión de delitos, y se fijan los criterios para establecer los montos de recompensas.
Fecha de publicación | 02 Marzo 2023 |
Número de Gaceta | EXT |
José Rufino Mendieta Cuapio, Consejero
Jurídico del Ejecutivo, en coordinación con las
Dependencias y Entidades de la Administración
Pública Estatal, de conformidad a lo establecido por
los artículos 21 de la Constitución Política de los
Estados Mexicanos; 71 y 72 de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
251 fracciones X y XI, del Código Nacional de
Procedimientos Penales; 18, 34 fracción XVIII, 35
36 fracciones III y XXIV, 39, 40 fracción II, inciso
f), 71, 72, 73 fracción XXII, 74 y 75 fracción I, de
la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de Tlaxcala, 1, 2, 7, 8, 11, 19 y 20, fracción
XV de la Ley Orgánica de la Institución del
Ministerio Público del Estado de Tlaxcala; y
C O N S I D E R A N D O
El artículo 20 Fracción XV de la Ley Orgánica de
la Institución del Ministerio Público del Estado de
Tlaxcala, establece que el Procurador ejercerá la
facultad de emitir los lineamientos, acuerdos
circulares y demás disposiciones jurídicas
conducentes al buen despacho de los asuntos de la
Procuraduría
Por otra parte, de conformidad con lo previsto por el artículo 251 fracción XI, del Código Nacional de Procedimientos Penales, existen diversas actuaciones en la investigación que no requieren autorización previa del Juez de Control, entre ellas, destaca la relativa a las recompensas, en términos de los Acuerdos que para tal efecto emite el titular del Ministerio Público de la Federación o de las Entidades federativas.
Que el Plan Estatal de Desarrollo establece en sus líneas estratégicas el correspondiente a emprender la construcción de la paz y dentro del cual se encuentran temas fundamentales como: la estrategia de seguridad, la prevención del delito y la reconstrucción del tejido social, la estrategia en materia de estupefacientes, así como reactivar la procuración de justicia.
De lo anterior es que el ofrecimiento de recompensas por parte de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tlaxcala, en coordinación con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, será de gran utilidad para lograr una efectiva procuración de justicia en investigación de los delitos que concluya con la aprehensión, procesamiento y sentencias condenatorias en contra de los imputados.
Resulta necesario contar con lineamientos detallados para el ofrecimiento y entrega de recompensas, así como los criterios con base en los cuales se establecerán los montos de las mismas.
Es necesario se otorgue seguridad y certeza en el ofrecimiento y entrega de recompensas, dando transparencia a la utilización de esta herramienta de investigación y al ejercicio del gasto público, por lo que hemos tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO Capítulo I Disposiciones Preliminares
PRIMERO. El presente acuerdo tiene por objeto establecer los lineamientos conforme a los cuales se realizará el ofrecimiento y entrega de recompensas; así como los criterios para establecer los montos de las mismas.
SEGUNDO. Para efectos del presente acuerdo se entiende por: I. Comité. El Comité Evaluador para el Otorgamiento de Recompensas que establece el presente acuerdo; II. Secretaría de Gobierno. Secretaría de Gobierno del Estado de Tlaxcala; III. Secretaría de Finanzas. Secretaría de Finanzas del Estado de Tlaxcala; IV. Oficialía Mayor de Gobierno. Oficialía Mayor de Gobierno del Estado de Tlaxcala; V. Procuraduría. Procuraduría General de Justicia del Estado de...
Por otra parte, de conformidad con lo previsto por el artículo 251 fracción XI, del Código Nacional de Procedimientos Penales, existen diversas actuaciones en la investigación que no requieren autorización previa del Juez de Control, entre ellas, destaca la relativa a las recompensas, en términos de los Acuerdos que para tal efecto emite el titular del Ministerio Público de la Federación o de las Entidades federativas.
Que el Plan Estatal de Desarrollo establece en sus líneas estratégicas el correspondiente a emprender la construcción de la paz y dentro del cual se encuentran temas fundamentales como: la estrategia de seguridad, la prevención del delito y la reconstrucción del tejido social, la estrategia en materia de estupefacientes, así como reactivar la procuración de justicia.
De lo anterior es que el ofrecimiento de recompensas por parte de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tlaxcala, en coordinación con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, será de gran utilidad para lograr una efectiva procuración de justicia en investigación de los delitos que concluya con la aprehensión, procesamiento y sentencias condenatorias en contra de los imputados.
Resulta necesario contar con lineamientos detallados para el ofrecimiento y entrega de recompensas, así como los criterios con base en los cuales se establecerán los montos de las mismas.
Es necesario se otorgue seguridad y certeza en el ofrecimiento y entrega de recompensas, dando transparencia a la utilización de esta herramienta de investigación y al ejercicio del gasto público, por lo que hemos tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO Capítulo I Disposiciones Preliminares
PRIMERO. El presente acuerdo tiene por objeto establecer los lineamientos conforme a los cuales se realizará el ofrecimiento y entrega de recompensas; así como los criterios para establecer los montos de las mismas.
SEGUNDO. Para efectos del presente acuerdo se entiende por: I. Comité. El Comité Evaluador para el Otorgamiento de Recompensas que establece el presente acuerdo; II. Secretaría de Gobierno. Secretaría de Gobierno del Estado de Tlaxcala; III. Secretaría de Finanzas. Secretaría de Finanzas del Estado de Tlaxcala; IV. Oficialía Mayor de Gobierno. Oficialía Mayor de Gobierno del Estado de Tlaxcala; V. Procuraduría. Procuraduría General de Justicia del Estado de...
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