Poder ejecutivo decreto de expropiación por causa de utilidad pública respecto de los predios rústicos denominados “rancho chimalpa”, “olextla” y “analco”, ubicados en el municipio de santa cruz quiletla, Tlaxcala; en contra de sus posesionarios rosa pérez, sabino flores pérez y marcelino pichon sanchéz, con el objeto de que la persona moral denominada construcciones ms s.a de c.v. Los ocupe y destine a la construcción de una planta industrial que se encargará de la fabricación de arneses eléctricos para la industria automotriz.

Fecha de publicación12 Octubre 2016
Número de Gaceta41-4ª SECC
EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE EXPROPIACIÓN: 01/2016 Tlaxcala, Tlaxcala, a veintisiete de septiembre de dos mil dieciséis

VISTO para resolver el expediente administrativo número 01/2016, relativo al procedimiento de expropiación por causa de utilidad pública respecto de los predios rústicos denominados “RANCHO CHIMALPA”, “OLEXTLA” y “ANALCO” ubicados en Santa Cruz Quilehtla, Tlaxcala; en contra de sus posesionarios ROSA PÉREZ PÉREZ, SABINO FLORES PÉREZ y MARCELINO PICHÓN SÁNCHEZ, así como de quien o quienes se crean con derecho sobre dichos inmuebles, con el objeto de que la persona moral denominada Construcciones MS S.A. de C.V. los ocupe y destine a la construcción de una planta industrial que se encargará de la fabricación de arneses eléctricos para la industria automotriz y R E S U L T A N D O

1. Por acuerdo de fecha doce de abril de dos mil dieciséis, ordené el inicio del procedimiento de expropiación respecto de las fracciones de los predios cuyos datos de identificación se describen a continuación A. Predio rústico denominado “RANCHO CHIMALPA”, ubicado en Santa Cruz Quilehtla, Tlaxcala cuya poseedora es la señora ROSA PÉREZ PÉREZ, mismo que cuenta con una superficie de 5,432 metros cuadrados, y las medidas y colindancias siguientes: NORTE. 19.81 metros, linda con barranca; SUR. 23.74 metros, linda con canal; ORIENTE. 276.95 metros, linda con Construcciones MS S.A de C.V., Sabino Flores Pérez y Francisca Sánchez Sánchez; PONIENTE. 284.39 metros linda con Marcelino Pichón Sánchez.

B. Predio rústico denominado “OLEXTLA”, ubicado en Santa Cruz Quilehtla, Tlaxcala, cuyo poseedor es el señor SABINO FLORES PÉREZ, mismo que cuenta con una superficie de 2,992.77 metros cuadrados, y las medidas y colindancias siguientes: NORTE. 29.631 metros, linda con Francisca Sánchez Sánchez; SUR. 32.022 metros, linda con Construcciones MS S.A de C.V.

ORIENTE. 97.022 metros, linda con Construcciones MS S.A de C.V.; PONIENTE. 97.245 metros linda con Rosa Pérez Pérez.

C. Predio rústico denominado “ANALCO”, ubicado en Santa Cruz Quilehtla, Tlaxcala, cuyo poseedor es el señor MARCELINO PICHÓN SÁNCHEZ, mismo que cuenta con una superficie de 3421.75 metros cuadrados, y las medidas y colindancias siguientes: NORTE. 11.27 metros, linda con Marcelino Pichón Sánchez; SUR. 23.53 metros, linda con Construcciones MS S.A de C.V.

ORIENTE. 187.87 metros, linda con Rosa Pérez Pérez; PONIENTE. 104.16 metros linda con Propiedad Privada sigue y quiebra al Oriente con 11.72 mts.

continúa y sigue quiebra al Norte con 82.15 mts. linda con Nazario Pichón Sánchez.

El presente procedimiento fue radicado bajo el expediente administrativo de expropiación número 01/2016, y conforme a lo establecido por el artículo 14 de la Ley de Expropiación para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, fue remitido a la Consejería Jurídica del Ejecutivo del Estado, para su tramitación.

2. Mediante acuerdo de fecha quince de abril de dos mil dieciséis, en cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 14 de la Ley de Expropiación vigente en el Estado, el Consejero Jurídico del Ejecutivo del Estado, analizó la documentación adjunta al acuerdo de fecha doce de abril de dos mil dieciséis, acordando en los términos siguientes: a) En el punto PRIMERO se tomó conocimiento del contenido del acuerdo de fecha doce de abril de dos mil dieciséis, por el cual determine el inicio del procedimiento de expropiación por causa de utilidad pública respecto de los predios rústicos denominados “RANCHO CHIMALPA”, “OLEXTLA” y “ANALCO”, ubicados en Santa Cruz Quilehtla, Tlaxcala; en contra de sus posesionarios ROSA PÉREZ PÉREZ, SABINO FLORES PÉREZ y MARCELINO PICHÓN SÁNCHEZ, así como de quien o quienes se crean con derecho sobre dichos inmuebles, con el objeto de que la empresa denominada Construcciones MS S.A. de C.V. los ocupe y destine a la construcción de una planta industrial que se encargará de la fabricación de arneses eléctricos para la industria automotriz.

b) A través del punto SEGUNDO y analizada la documentación adjunta se ordenó formar y registrar el expediente administrativo de expropiación bajo el número 01/2016, lo anterior en cumplimiento a lo previsto por el artículo 9 de la Ley de Expropiación para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios.

c) En el punto TERCERO del acuerdo referido, el Consejero Jurídico del Ejecutivo del Estado, tuvo por ofrecidos y admitidos los siguientes documentos:

1. Constancias de Posesión de los inmuebles a afectar expedidas por el Juez Municipal de Santa Cruz Quilehtla, Tlaxcala.

2. Certificados de no inscripción de los inmuebles a afectar expedidos por el Director de Notarías y Registros Públicos del Estado.

3. Planos individuales de los predios a expropiar.

4. Avalúos expedidos por el Instituto de Catastro del Estado de Tlaxcala respecto de dichos inmuebles.

5. Proyecto Ejecutivo de Obra.

6. Justificación de la causa de utilidad pública.

7. Dictamen de Congruencia expedido por el Secretario de Obras Públicas, Desarrollo Urbano y Vivienda del Estado.

8. Convenios de pago de indemnización a los afectados de siete de enero de dos mil dieciséis.

9. Copia certificada de los recibos de pago por concepto de indemnización.

d) Por último, en el punto CUARTO del multicitado acuerdo, se facultó a la Jefa del Departamento de Control de Inmuebles y Expropiaciones de la Consejería Jurídica del Ejecutivo del Estado, a efecto de que notificara de manera personal a los CC.

Rosa Pérez Pérez, Sabino Flores Pérez y Marcelino Pichón Sánchez, por comparecencia o bien en sus domicilios personales, el inicio del procedimiento de expropiación, corriéndoles traslado con las copias certificadas de las constancias existentes, haciéndoles saber su derecho a manifestar lo que a sus intereses conviniera.

3. El dieciocho de mayo de dos mil dieciséis, los CC. Rosa Pérez Pérez, Sabino Flores Pérez y Marcelino Pichón Sánchez, comparecieron a las oficinas de la Consejería Jurídica del Ejecutivo del Estado, en donde les fueron notificados los acuerdos de fecha doce de abril y quince de abril ambos del dos mil dieciséis, relativos al inicio del procedimiento de expropiación respecto de los predios rústicos denominados “RANCHO CHIMALPA”, “OLEXTLA” y “ANALCO”, ubicados en Santa Cruz Quilehtla, Tlaxcala; haciéndoles saber su derecho de manifestar lo que a su interés conviniera y el término con el que contaban para ofrecer pruebas si lo estimaran pertinente; levantándose al efecto el acta de notificación correspondiente.

4. Por escritos de fecha veinte de mayo de dos mil dieciséis, presentados en esa misma fecha en la Oficialía de Partes de la Consejería Jurídica del Ejecutivo del Estado de Tlaxcala, los CC. Rosa Pérez Pérez, Sabino Flores Pérez y Marcelino Pichón Sánchez, por su...

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