Poder ejecutivo. Coordinación general de planeación e inversión. “programa anual de evaluación 2022.”

Fecha de publicación24 Febrero 2022
Número de GacetaEXT
302 del Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios y, 144, 145 y 146 del Presupuesto de Egresos para el Estado de Tlaxcala para el ejercicio fiscal 2022, se emite el siguiente PROGRAMA ANUAL DE EVALUACIÓN 2022, PARA EVALUAR FONDOS Y PROGRAMAS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2021

Consideraciones Generales

1. El presente Programa tiene como objetivos generales los siguientes a. Determinar las evaluaciones y los tipos de evaluación que se aplicarán a los fondos y programas federales presupuestarios ejecutados durante el ejercicio fiscal 2021.

b. Establecer el cronograma de ejecución de las evaluaciones en cumplimiento al presente Programa para el ejercicio fiscal 2021.

c. Articular los resultados de las evaluaciones realizadas en cumplimiento al presente Programa para el ejercicio fiscal 2021, como elemento relevante del Presupuesto basado en Resultados y del Sistema Estatal de Evaluación de Desempeño del Estado de Tlaxcala.

2. Para efecto del presente Programa, se entenderá por: I. ASM: Aspectos Susceptibles de Mejora derivados de hallazgos, debilidades, oportunidades y amenazas identificadas en la evaluación externa y/o informes, que puedan ser atendidos para la mejora del fondo o programa presupuestario evaluado.

II. SF: A la Secretaría de la Función Pública del Gobierno del Estado de Tlaxcala.

III. CONEVAL: Al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

IV. Coordinación de la evaluación: A los mecanismos de colaboración para la generación y flujo de la información para el adecuado desarrollo de los trabajos e informes derivados del proceso de evaluación.

V. Dependencias: A las definidas como tales en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala.

VI. CGPI: A la Coordinación General de Planeación e Inversión del Gobierno del Estado de Tlaxcala.

VII. Entidades: A los organismos públicos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, fideicomisos públicos, organismos desconcentrados y los demás contemplados en la Ley de las Entidades Paraestatales del Estado de Tlaxcala.

VIII. Evaluación Complementaria: Las evaluaciones complementarias a programas gubernamentales serán de aplicación opcional de acuerdo con las necesidades e intereses de las dependencias y entidades, siempre y cuando no se encuentren previstas en el Programa, con el fin de mejorar su gestión y obtener evidencia adicional sobre su desempeño.

IX. Evaluación de Consistencia y Resultados: Evaluación que analiza sistemáticamente el diseño y desempeño de los programas, ofreciendo un diagnóstico sobre la capacidad institucional, organizacional y de gestión de los programas orientada hacia resultados. La finalidad de esta evaluación es proveer información que retroalimente el diseño, la gestión y los resultados de los programas.

X. Evaluación de Diseño: Dirigida a los programas de reciente creación o modificación sustancial de un programa existente, incluye un análisis conforme a la identificación correcta del problema y si está diseñado para solventarlo, la contribución del programa presupuestario a los objetivos estratégicos de la dependencia o entidad responsable del mismo, la coherencia de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR), la congruencia entre su diseño y la normatividad aplicable, así como las posibles complementariedades y duplicidades con otros programas.

XI. Evaluación de Impacto: Las evaluaciones de impacto permiten medir, mediante el uso de metodologías rigurosas, los efectos que un programa puede tener sobre su población beneficiaria y conocer si dichos efectos son en realidad atribuibles a su ejecución.

XII. Evaluación de Indicadores: Evaluación que analiza, mediante trabajo de...

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