Poder ejecutivo. Acuerdo por el que se reforma el artículo cuarto transitorio del reglamento interior de la oficialía mayor de gobierno.
Fecha de publicación | 06 Mayo 2022 |
Número de Gaceta | 1-EXT |
LORENA CUÉLLAR CISNEROS
GOBERNADORA DEL ESTADO DE TLAXCALA
EN USO DE LAS FACULTADES QUE ME
CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 70 FRACCIÓN II
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA 3, 22 Y 36
FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE
TLAXCALA; Y
C O N S I D E R A N D O
Que con fecha 10 de agosto del año 2012 se publicó el
Reglamento de la Ley de Adquisiciones
Arrendamientos y Servicios en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Tlaxcala, cuyo objeto fue
establecer las disposiciones que propicien el oportuno
y estricto cumplimento de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios en el Estado por parte de
las dependencias y entidades que integran el Poder
Ejecutivo del Estado.
En el citado ordenamiento jurídico se mencionaba a la Dirección General de Adquisiciones, Recursos Materiales y Servicios dependiente de la Oficialía Mayor de Gobierno, unidad administrativa encargada de la aplicación del contenido del Reglamento.
Por otra parte, el 18 de octubre del 2013, se publicó el Reglamento Interior de la Oficialía Mayor de Gobierno, cuyo objeto era establecer la estructura y regular la organización y funcionamiento de la dependencia de referencia; en el cual señala como integrante de su estructura orgánica a la Dirección de Recursos Materiales, Servicios y Adquisiciones, como la unidad administrativa encargada de llevar a cabo los procedimientos de licitación, entre otros.
Asimismo, el primero de abril del año en curso, se expidió el Reglamento Interior de la Oficialía Mayor de Gobierno; abrogando el reglamento indicado en el párrafo anterior. Cuyo objeto es establecer la estructura, organización, funcionamiento y atribuciones que ejercerá cada unidad administrativa que compone a la Institución en observancia a los principios de legalidad, honradez, imparcialidad y eficiencia en el servicio público.
Actualmente el organigrama de la Oficialía Mayor de Gobierno contempla a la Dirección de Adquisiciones y Contratación de Servicios, es la encargada de llevar a cabo los procedimientos de adquisiciones y otros; la cual sustituye a...
En el citado ordenamiento jurídico se mencionaba a la Dirección General de Adquisiciones, Recursos Materiales y Servicios dependiente de la Oficialía Mayor de Gobierno, unidad administrativa encargada de la aplicación del contenido del Reglamento.
Por otra parte, el 18 de octubre del 2013, se publicó el Reglamento Interior de la Oficialía Mayor de Gobierno, cuyo objeto era establecer la estructura y regular la organización y funcionamiento de la dependencia de referencia; en el cual señala como integrante de su estructura orgánica a la Dirección de Recursos Materiales, Servicios y Adquisiciones, como la unidad administrativa encargada de llevar a cabo los procedimientos de licitación, entre otros.
Asimismo, el primero de abril del año en curso, se expidió el Reglamento Interior de la Oficialía Mayor de Gobierno; abrogando el reglamento indicado en el párrafo anterior. Cuyo objeto es establecer la estructura, organización, funcionamiento y atribuciones que ejercerá cada unidad administrativa que compone a la Institución en observancia a los principios de legalidad, honradez, imparcialidad y eficiencia en el servicio público.
Actualmente el organigrama de la Oficialía Mayor de Gobierno contempla a la Dirección de Adquisiciones y Contratación de Servicios, es la encargada de llevar a cabo los procedimientos de adquisiciones y otros; la cual sustituye a...
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