Podan amparos contra el IETU

AutorVíctor Fuentes

MÉXICO.- Un bloque de ocho ministros de la Suprema Corte de Justicia resolvió ayer que para ampararse contra el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) por su sola entrada en vigor, las empresas tenían que probar que realizan las operaciones comerciales que esa ley contempla como susceptibles de ser gravadas.

Al iniciar los debates sobre el impuesto, la Corte desechó 5 amparos por falta de interés jurídico de las compañías quejosas, que sólo presentaron documentos como su escritura constitutiva y su RFC, pero no comprobante de operaciones sujetas al IETU.

Se trató de un debate preliminar sobre la procedencia de los amparos, en el que los ministros no estudiaron ninguno de los temas de fondo, pero que resultará en el desechamiento de alrededor de mil 600 demandas que habían sido rechazadas por los jueces de primera instancia.

La Corte revisará otros 10 casos el jueves, en los que sí entrará al análisis de los 16 argumentos de inconstitucionalidad de las empresas, lo que permitirá fijar jurisprudencia para resolver alrededor de 40 mil amparos promovidos a partir de enero de 2008.

Aunque parecía que el tema del desechamiento sería sencillo, la Corte se embarcó en un debate que le llevó toda la sesión de ayer, sobre los requisitos que debían cubrir las empresas quejosas para probar que tenían interés jurídico para impugnar la Ley del IETU por su sola entrada en vigor.

El grupo mayoritario, encabezado por los nuevos ministros Arturo Zaldívar y Luis María Aguilar, sostuvo que las empresas tenían que probar, con facturas u otros documentos, que realizaban las actividades de venta de bienes y servicios o arrendamientos previstas por la ley.

"La experiencia práctica demuestra que a los objetos sociales (en las escrituras constitutivas) les ponen lo que sea, los hacen amplísimos, eso no demuestra que se hace la actividad", dijo Zaldívar, y agregó que es "facilísimo" probar que la actividad sí se realiza.

José Ramón Cossío fue el único de la mayoría con una posición más...

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