Pluralismo jurídico en la migración tzotzil y el trabajo familiar en León, Guanajuato
REGÍSTRATE GRATIS
Autor | Sophia Pérez Fuentes Sacramento, Mario Alejandro Montemayor González S.J. |
Cargo | Académicos de la Universidad Iberoamericana-León. |
Páginas | 13-28 |
EPIKEIA
Revista del Departamento de
Ciencias Sociales y Humanidades
Comentario de aCtualidad
Pluralismo jurídiCo en la migraCión tzotzil y
el trabajo familiar en león, guanajuato.
Resumen
El artículo presenta detalles de la conformación histórica del derecho.
Se realiza una crítica al carácter monocultural desde donde emerge
el derecho universal. La constitución de una idea de sentido común,
actualmente como lo son los derechos humanos universales, se
problematizan desde andamiajes teóricos como el pluralismo
jurídico. En este caso se muestra el ejemplo de la circunstancia de
familias migrantes tzotziles en León y los atropellos que el Estado
mexicano realiza hacia sus comunidades y familias. Dichos atropellos
se legitiman bajo la aplicación administrativa del derecho universal,
que desconoce e ignora la matriz histórica de usos y costumbres del
pueblo tzotzil en los altos de Chiapas.
Palabras clave: Pluralismo jurídico, migración indígena a la ciudad,
pueblo tzotzil, derechos de infancias trabajadoras.
Sophia pérez FuenteS Sacramento*
mario alejandro montemayor González S.j.*
*Académicos
de la Universidad
Iberoamericana-León .
2
Revista del Departamento de Ciencias Sociales y Humanidades
Epikeia · UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA LEÓN
epikeia.leon.uia.mx
Introducción
Para quien transita por las calles de la ciudad de León puede resultar cada vez más familiar
la presencia de personas indígenas, en concreto imágenes de gente con vestimentas
tradicionales de sus pueblos que trabajan entre los semáforos corriendo mientras esquivan
la aceleración de los coches. Es una situación palpable en nuestra realidad cotidiana.
Encontramos grupos de personas tzotziles, familias completas trabajando entre las calles,
ya sea vendiendo o haciendo malabares o simplemente pidiendo dinero.
Estos grupos de familias tzotziles llegan a León sin dejar atrás sus tradiciones o formas de
vida. Sin embargo, desde nuestra mirada fundamentada en criterios, por decirlo de algún
modo, occidentales, tal situación no parece que sea apropiada, sobre todo cuando se constata
que niñas y niños trabajan en la calle, lo cual es inadecuado, desde la visión tradicional de
los derechos humanos.
Lo anterior nos plantea la siguiente disyuntiva: O esas comunidades de pueblos originarios
acatan el derecho positivo que rige las condiciones laborales en este territorio urbano,
sin más; o bien, se busca un diálogo para tejer estrategias que se orienten hacia el bien
común propio y ajeno. No obstante, es conveniente considerar que nuestras leyes locales
se constituyen desde el paradigma de la tradición occidental y el modo de habitar la ciudad
de dichos pueblos no está representado en este histórico acuerdo social.
Frente a la imagen anterior, se vuelve pertinente hablar del derecho, cuya nalidad es
“asegurar” la aplicación de lo justo y la conducción de la vida colectiva hacia el bien común.
Sin embargo, al hacer una revisión más detallada, se pueden cuestionar los fundamentos
que dan respuesta a las preguntas sobre qué es el derecho y si su n es la justicia, qué criterio
orienta la aplicación de la justicia en contextos donde se contraponen sistemas culturales
de vida.
Desde una visión crítica del derecho, en este artículo, se analiza su origen, desarrollo y
nalidad, ya que éste al pertenecer a la tradición occidental de la losofía no incluye otras
perspectivas que den cabida a horizontes emergentes como lo son los contextos donde
ocurre la migración. Es decir, en este caso la búsqueda de justicia en México no incluye una
visión no occidentalizada, propia de los pueblos originarios.
Si reconocemos este enfoque eurocéntrico debemos armar que la creación de las normas
y el funcionamiento de nuestro sistema político en general responde a esa visión, la cual
Para continuar leyendo
REGÍSTRATE GRATIS