Plaza Pública / Reforma en riesgo

AutorMiguel Ángel Granados Chapa

La demanda de acción de inconstitucionalidad presentada el jueves 24 por la Comisión Nacional de Derechos Humanos respecto de la reforma que modificó el tipo penal del aborto en el Distrito Federal es formalmente posible merced a una adición reciente a la Constitución federal, aparecida en el Diario Oficial apenas el 14 de septiembre pasado. Ese medio de control constitucional, establecido en 1994, fue concebido para atender esencialmente a las minorías parlamentarias. Como excepciones a esa regla se faculta al Procurador General de la República a hacerlo de oficio respecto de cualquier tema, a los partidos políticos contra leyes electorales, y desde hace ocho meses a las comisiones nacional y estatales respecto de leyes "que vulneren los derechos humanos consagrados en esta Constitución".

Inmediatamente después de aprobada la reforma penal ahora impugnada, el Partido Acción Nacional hizo saber su decisión de acudir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación en pos de invalidar la decisión legislativa en que sus diputados fueron minoría. A diferencia de lo ocurrido en 2000, cuando la bancada panista (más la verde) en la Asamblea Legislativa contaba con el 33 por ciento de las curules en el órgano capitalino y pudo por sí misma iniciar esa acción contra una reforma también referida al aborto, conocida como "Ley Robles", ahora el grupo parlamentario del PAN es insuficiente para ese propósito, y sus integrantes no pudieron atraer una sola firma adicional para emprender la demanda respectiva. Ese partido anunció desde ese momento su propósito de hacer que la PGR y las comisiones de derechos humanos, nacional y del Distrito Federal, ejercieran su facultad. El presidente de la comisión local, Emilio Álvarez Icaza, planteó el tema a su consejo consultivo, que por unanimidad resolvió que no se interpusiera esa acción, lo cual fue comunicado a la fracción blanquiazul y al comité de ese partido en el Distrito Federal.

En cambio, sin considerar a su propio órgano de consulta, a cuyos miembros se limitó a informar de su decisión, el presidente de la CNDH utilizó su recién adquirida facultad para entrar en un terreno polémico, ya que aún aceptando que las nuevas normas capitalinas atenten contra derechos humanos, también lo es que fueron dictadas precisamente para atender los derechos humanos de las mujeres que decidan interrumpir su embarazo en las primeras 12 semanas del mismo, lo que deja a la oficina del ombudsman nacional en la peculiar tesitura...

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