Plaza Pública / Dos años de huelga

AutorMiguel Ángel Granados Chapa

Hace dos años (se cumplirán pasado mañana) que los trabajadores de la Compañía Hulera Euzkadi están en huelga. En realidad, hace 766 días que se suspendieron las labores en la planta de El Salto, Jalisco, pues de modo unilateral el 16 de diciembre de 2001 la empresa, subsidiaria de la firma alemana Continental Tire, cerró sus puertas. Durante dos años, el sindicato ha buscado satisfacción a sus demandas, y promovido el reconocimiento de su derecho a la huelga, a través de un complicado proceso jurídico que quizá concluya pronto. Tres sentencias de la justicia federal pretendieron poner en orden a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje sin lograrlo hasta ahora. Un tribunal federal (el décimo colegiado de circuito en material laboral, en el DF) está por resolver el último recurso de la empresa. Es de esperarse que la resolución sea congruente con las que la precedieron.

Aunque la dirección empresarial comunicó a los accionistas que el cierre de la planta (y el traslado de sus operaciones a otra fábrica, en San Luis Potosí) se debió a que "dos años de esfuerzos por implementar estándares de producción internacionales... fracasaron por diferencias con el sindicato", no tuvo la misma atención con los trabajadores. En su comunicación del 16 de diciembre de 2001 no explicó la causa de su decisión. Tal vez se habían agotado ya las razones y no era necesario expresarlas, pero se puso a la contraparte ante hechos consumados: la clausura de la planta y la consiguiente prohibición de acceso a los trabajadores, y el depósito de las indemnizaciones, calculado unilateralmente, en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

Los trabajadores -un total de mil 164 en ese momento- rechazaron la decisión empresarial y la impugnaron legalmente. Emplazaron a huelga, que comenzó el 22 de enero de 2002. Parecía absurdo luchar con suspensión de actividades contra la suspensión de actividades. Pero obviamente, la demanda sindical buscaba obligar a la empresa a actuar en el plano bilateral en que se desenvuelven las relaciones laborales. Acaso por la insólita situación, o por la marcada tendencia del órgano federal de justicia laboral a desfavorecer las demandas sindicales, la Junta declaró no que la huelga era improcedente, como solicitó la parte patronal, sino inviable. Como una huelga no puede ser calificada de ninguno de esos modos (sino como existente o inexistente, lícita o ilícita), una jueza federal consideró en julio de 2002 que la de la Junta era...

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