Plaza Pública / Dos de octubre, ayer y hoy

AutorMiguel Ángel Granados Chapa

Aunque sea verdad que Luis de la Barreda Moreno estuvo enfermo entre el 30 de septiembre y el 4 de octubre de 1968, y por lo tanto no estuvo presente en las operaciones de la DFS en Tlatelolco, su incapacidad no consta en el expediente, según la fiscalía, ni el inculpado ha hecho valer en su favor su hospitalización, pues se encuentra sustraído a la acción de la justicia.

Treinta y siete años después, la consigna de no olvidar el 2 de octubre de 1968, la matanza de Tlatelolco, adquirió y conserva todavía, a pesar de previsibles traspiés, sustancia jurídica. La fiscalía especial que indaga los delitos cometidos por funcionarios durante la guerra sucia solicitó el 19 de septiembre órdenes para aprehender a los responsables de esa fase del genocidio perpetrado por el Estado mexicano contra un grupo nacional que reclamaba respeto a sus derechos y ampliación de los mismos. El juez decimoquinto de distrito de procedimientos penales en el Distrito Federal, Ranulfo Castillo Martínez, con criterio semejante -y al parecer copiado- al sostenido por otros jueces y magistrados, negó los mandamientos judiciales solicitados para que fueran detenidos el entonces secretario de Gobernación Luis Echeverría y el general Luis Gutiérrez Oropeza, a la sazón jefe del Estado Mayor Presidencial, entre otros. La fiscalía apelo esa resolución.

El juez federal que rehusó mandar aprehender a esos antiguos funcionarios reprodujo el razonamiento que ha llevado a otros juzgadores a declarar que los delitos que se les imputan ya prescribieron, o que el genocidio no se configura porque el sector reprimido por la violencia gubernamental no constituye un grupo nacional cuyo exterminio se buscaba. Igualmente negó órdenes de aprehensión contra los responsables de privar de la libertad a Héctor Jaramillo Chávez, dirigente que conservó la bandera por la que habían luchado los caídos y encarcelados en el otoño de 1968 hasta que él mismo, en enero siguiente, desapareció sin que se supiera jamás de él, a partir de que fue detenido por miembros de la Dirección Federal de Seguridad, la policía política del régimen autoritario priista.

La fiscalía admitió, ése es su deber, el fallo judicial, pero antes de acudir al superior para que lo examine y lo revierta, manifestó su desacuerdo con la resolución:

"El juez se limita a analizar los hechos ocurridos el 2 de octubre de 1968 (siendo que) la represión gubernamental fue perpetrada a través de conductas delictivas desplegadas antes, durante y después de esa fecha". Consideró además prescrito el delito de genocidio, aunque conforme al derecho internacional admitido por México ese ilícito es imprescriptible. Aun si prescribiera, sin embargo, el juez no tomó en consideración que se practicaron actuaciones aun en tiempos en que el autoritarismo prevaleciente las dificultaba, y ni siquiera tuvo en cuenta...

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