Plaza Pública / Corte tímida

AutorMiguel Ángel Granados Chapa

No son estrictamente comparables los casos ni sus decisiones. Pero la proximidad temporal de la sentencia argentina que declara inconstitucionales dos leyes favorables a militares delincuentes, y la resolución mexicana que hace enjuiciable a un ex presidente de la República pero no sienta las bases para que se le juzgue, conduce a la conclusión de que la Suprema Corte de aquella república se alzó empujada por un impulso de humanismo político mientras que la nuestra eligió la comodidad de la interpretación letrística.

No es poca cosa, sin embargo, que se haya determinado que el ex presidente Luis Echeverría y su secretario de Gobernación Mario Moya Palencia pueden ser llevados a juicio porque si se acredita el cuerpo del delito, el de genocidio que se les imputa no ha prescrito, lo que sólo ocurrirá el último día de noviembre del año próximo. Entonces se cumplirán 30 años desde el día en que dejaron de contar con inmunidad constitucional, propia de los cargos que ejercían. Hasta ese momento pueden ser llevados a juicio, lo que podría ocurrir si así lo decide la justicia ordinaria, a la que la primera sala de la Corte devolvió el expediente.

No es poca cosa, igualmente, que merced a esa interpretación hayan quedado exonerados de responsabilidad por la matanza del 10 de junio los entonces procurador general de la República, Julio Sánchez Vargas, el director y subdirector de la Federal de Seguridad, Luis de la Barreda Moreno y Miguel Nazar Haro, así como el creador de los halcones, el coronel Manuel Díaz Escobar, y los miembros de ese batallón de matarifes Sergio Romero, Rafael Delgado, Alejandro Rivera, Sergio San Martín y Víctor Manuel Flores. Y es que la Corte se había afiliado ya al credo que coloca por encima de la imprescriptibilidad de los delitos contra la humanidad el principio de no retroactividad. Aplicó al caso las reglas de la prescripción común, no la especial derivada de instrumentos internacionales, y por eso será posible juzgar a Echeverría y Moya pero no a sus colaboradores y subalternos, aunque se sepa que algunos de ellos blandieron las armas que privaron de la vida a muchas personas.

Es, además, muy poco probable que se llegue a procesar al ex Presidente y su principal colaborador. La Corte remitió el caso a un magistrado de apelación, para que los envíe a su vez al juez federal que originalmente negó las órdenes de aprehensión demandadas, a fin de que éste resuelva si como insiste el Ministerio Público se cometió el delito...

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