Plaza Pública / Contra los clérigos pederastas

AutorMiguel Ángel Granados Chapa

Después de un largo sueño en las gavetas del Senado, el martes 20 fueron aprobadas reformas a la legislación penal en materia de explotación sexual infantil.

El 13 de abril de 2004 una iniciativa al respecto fue presentada en San Lázaro por el diputado Jesús González Schmal, de Convergencia; el 27 de ese mismo mes presentó otra el diputado Álvaro Burgos, del PRI; el 26 de julio, los también priistas Manlio Fabio Beltrones y María de Jesús Aguirre añadieron una más; y finalmente, el 19 de octubre, en nombre de varios diputados panistas, Evangelina Pérez Zaragoza agregó un nuevo proyecto. Todos ellos fueron considerados al dictaminar sobre el tema, el 25 de abril del año siguiente, 2005; y el Pleno de la Cámara aprobó, el 28 de abril, con 354 votos a favor, ninguno en contra y una abstención, varias reformas al Código Penal Federal, al de procedimientos penales y a la Ley de Delincuencia Organizada. Como casi finalizaban entonces las sesiones de ese periodo, la minuta llegó a los senadores al comienzo del siguiente, en septiembre de 2005. Terminó ese periodo, y el de febrero siguiente, último de la 59 Legislatura y nadie pareció acordarse de la minuta. Tampoco salió a la luz en el periodo inicial de la 60 Legislatura, sino hasta el 14 de febrero, en que fue concluido el dictamen senatorial, mismo que por 118 votos en pro y ninguno en contra fue aprobado el martes pasado.

Se trata, dijo el dictamen, "de fortalecer los instrumentos jurídicos de la defensa social en su lucha frente a un fenómeno criminal que se manifiesta en sus más altos grados de perversidad", que atenta contra "la libertad y el sano desarrollo de la personalidad de los menores de 18 años o de quienes no tienen la capacidad de comprender el significado de algún hecho que dañe o ponga en peligro su integridad física o corrompa su mente y su cuerpo, o bien de quienes no tengan la capacidad de resistirlo; personas que por su insuficiente madurez emocional carecen de la experiencia o aptitud necesaria para determinar libremente su conducta".

Amén de incrementar el número de años de prisión y las sanciones pecuniarias a los explotadores de la sexualidad de menores, y a los pederastas y pornógrafos, la reforma agrava las penas cuando el perpetrador del delito tuviera alguna relación con la víctima en su calidad de ascendientes o descendientes, titulares de la patria potestad, guardia o custodia, tutores, curadores, familiares en línea colateral hasta el cuarto grado o que habite en...

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