Plaza Pública/ Carrillo Olea

AutorMiguel Angel Granados Chapa

Contra lo que se creyera, contra lo que él mismo creería, no terminaron el año pasado las tribulaciones del general Jorge Carrillo Olea, que dejó de ser gobernador de Morelos hace 21 meses pero no por ello quedó a salvo de la acción de las justicias: la que ejercen los tribunales, la de la legislatura elegida para su mal en 1997 y la de la opinión pública.

Está por comenzar la última fase del juicio político iniciado por el Congreso local y que fue frenado el 5 de junio de 1999 por un Tribunal Superior de Justicia elegido conforme a los estilos e intereses del régimen que hizo gobernador a Carrillo Olea. El jueves pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que, a diferencia de lo que ese tribunal opinó, es dable enjuiciar al gobernador, que sigue teniendo licencia y por lo tanto, al seguir

ostentando la titularidad formal del Poder Ejecutivo local, es susceptible de tal procedimiento. No es barroquismo legal, ni saña política lo que induce a los interesados en este juicio a llevarlo adelante, pues si bien el efecto principal de la sentencia consistiría en privarlo de la función gubernativa, algo que ya ocurrió en mayo de 1998, lo cierto es que Carrillo Olea puede ser todavía, además de desprovisto de su cargo formal, inhabilitado para el ejercicio de otros cargos y hasta colocado en situación de que la justicia penal ordinaria averigüe sus eventuales nexos con bandas delincuenciales.

El Congreso local, con mayoría opositora, determinó el año pasado instruir juicio político contra el ex gobernador. En la legislación morelense, tal modalidad jurídica reclama el concurso del Poder Legislativo y el Judicial. Este, el Tribunal Superior de Justicia, ni siquiera entró al fondo del asunto, pretextando que la Constitución local no incluye al gobernador en la lista de los justiciables de ese modo. No consideró el tribunal ninguna de tres circunstancias que pudieron orientar su determinación en sentido contrario. Primera, que en efecto el documento constitucional morelense es omiso en ese punto, pero lo es sólo a partir de marzo de 1995, por efecto de una reforma constitucional promovida por Carrillo Olea, que hizo modificar la Constitución como si previera hacerlo en su beneficio. Segunda, que la Ley de Responsabilidades de los Servidores

Públicos en Morelos, si bien es una norma de rango menor que la constitucional, sí incluye al gobernador entre los eventuales protagonistas de un juicio político. Y tercera, que la Constitución...

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