Reglamento Interior del Instituto Municipal de Planeación y Sustentabilidad de Corregidora IMPLASCO.

22 de septiembre de 2006 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 5021
GOBIERNO MUNICIPAL
EL SUSCRITO CIUDADANO DR. DAVID LÓPEZ
CORRO, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITU-
CIONAL DE CORREGIDORA, ESTADO DE QUE-
RÉTARO, A SUS HABITANTES HACE SABER:
QUE EN EJERCICIO DE LA FACULTAD RE-
GLAMENTARIA CONCEDIDA AL MUNICIPIO
POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS; 83 DE LA CONSTITU-
CIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBE-
RANO DE QUERÉTARO DE ARTEAGA, 146, 147
148 Y 149 DE LA LEY PARA LA ORGANIZACIÓN
POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA DEL MUNICIPIO
LIBRE DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 55
FRACCIÓN I DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL
AYUNTAMIENTO DE CORREGIDORA, QRO., EL
H. AYUNTAMIENTO DE CORREGIDORA, QUE-
RÉTARO, EN SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO
DE FECHA 11 ONCE DE AGOSTO DEL 2006,
DOS MIL SEIS, TUVO A BIEN APROBAR EL SI-
GUIENTE:
REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MU-
NICIPAL DE PLANEACIÓN Y SUSTENTABILI-
DAD DE CORREGIDORA IMPLASCO
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- El presente reglamento es de
interés social, observancia obligatoria y tiene por
objeto regular la integración, atribuciones, faculta-
des y funcionamiento del Instituto Municipal de
Planeación y Sustentabilidad de Corregidora.
ARTÍCULO 2.- Para los efectos de este re-
glamento, se entenderá por:
El Ayuntamiento, al H. Ayuntamiento de Co-
rregidora.
El Municipio, al Municipio de Corregidora.
La Contraloría, a la Contraloría Municipal de
Corregidora.
El IMPLASCO, al Instituto Municipal de Pla-
neación y Sustentabilidad de Corregidora.
El Consejo, al Consejo General.
El Presidente, al Presidente del Consejo.
El Director, al Director General del IMPLAS-
CO.
Consejeros, a los Consejeros Ciudadanos.
El Pleno, la reunión de todos los integrantes
del Consejo.
Las comisiones, los grupos de trabajo que
considere pertinentes integrar el IMPLASCO, previo
acuerdo del Consejo.
ARTÍCULO 3.- El IMPLASCO tiene como ob-
jeto llevar a cabo la planeación estratégica e inte-
gral del desarrollo sustentable del Municipio de
Corregidora, Qro., en un proceso de gestión, regu-
lación y acuerdo entre los actores del mismo, con la
finalidad de orientar sobre la utilización racional de
sus recursos y la administración de acciones priori-
tarias para su desarrollo, que generen la mejora
continúa de su calidad de vida, con una visión co-
nurbada y regional, sin causar deterioro al medio
ambiente y en un parámetro de mediano y largo
plazo que logre un proyecto estratégico común de
desarrollo.
ARTÍCULO 4.- El patrimonio del IMPLASCO
se integrará con:
I Los bienes muebles e inmuebles que le sean
asignados;
II La partida que para tal efecto se le asigne en
el presupuesto de egresos del municipio.
III Las aportaciones, donaciones, legados y de-
más recursos que reciba de personas físicas
o morales, Instituciones Publicas o Privadas.
IV Los subsidios y aportaciones extraordinarias
que le asigne los gobiernos federales y esta-
tal o de cualquier organismo que dependa de
ellos;
V Los recursos provenientes de la prestación
de servicios técnicos propios e inherentes al
IMPLASCO, sujeto a las tarifas que para tal
efecto acuerde el Ayuntamiento.
VI Los productos de capital que se generen a
favor del IMPLASCO; y
VII Los ingresos que le autorice el Ayuntamiento.
Los ingresos del IMPLASCO derivados de
cualquier fuente, se destinarán exclusivamen-
te al funcionamiento del propio IMPLASCO.

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