PLAN Estatal de Desarrollo Tamaulipas 2011 - 2016.
SECRETARÍA GENERAL
EGIDIO TORRE CANTÚ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículo 4o., 91 fracciones V y XI y XLVII y 95 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 2 párrafo 1, 10 y 24 fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, y 23 y 25 de la Ley Estatal de Planeación,
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO.- Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos expresa la obligación del Estado Mexicano de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional, que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y democratización política, social y cultural de la nación, al tiempo que define a la democracia como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo.
SEGUNDO.- Que la Constitución Política del Estado confiere al Ejecutivo la atribución de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo político, económico, social y cultural del Estado, estableciendo que la planeación será democrática y que deberá expedirse un Plan Estatal de Desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la administración pública estatal, en el cual deberán reflejarse las aspiraciones y demandas de la sociedad tamaulipeca, mediante la participación democrática de los sectores social y privado.
TERCERO.- Que la Ley Estatal de Planeación prevé tanto el establecimiento de normas y preceptos básicos para el desarrollo de nuestra entidad federativa, como el principio de coordinación entre los tres órdenes de gobierno y la vinculación del Gobierno del Estado y los diversos grupos sociales, a través de sus organizaciones representativas. En dicho ordenamiento se define la planeación estatal como la ordenación racional y sistemática de acciones tendientes al mejoramiento de las condiciones de vida en nuestro Estado, mediante la previsión y la regulación de las actividades económicas, sociales, culturales y de sustentabilidad del desarrollo.
CUARTO.- Que el Plan Estatal de Desarrollo 2011-2016 se basa en los principios contenidos en la Constitución General de la República y en la Constitución Política del Estado, con objeto de impulsar y alcanzar un desempeño institucional acorde con las aspiraciones sociales de lograr un Tamaulipas seguro, humano, competitivo y sustentable.
El Plan atiende y respeta la esfera de libertades y derechos fundamentales de las personas; impulsa el desarrollo democrático, en términos del ejercicio de los derechos políticos y de consolidación de las instituciones que permiten la participación ciudadana en la toma de decisiones; promueve la participación ciudadana en las actividades de todo orden; privilegia la función estatal de atención y aliento al desarrollo social para hacer efectiva la igualdad de oportunidades; motiva la modernización de la infraestructura para el desarrollo de los procesos productivos, a fin de elevar nuestra capacidad competitiva, y establece la sustentabilidad del desarrollo como premisa indeclinable de responsabilidad gubernamental.
QUINTO. Que los ejes rectores a favor de un Tamaulipas seguro, humano, competitivo y sustentable, contempla orientar la acción gubernamental a través de los principios de transparencia, legalidad, equidad de género, rendición de cuentas y evaluación del desempeño.
SEXTO.- Que la Ley Estatal de Planeación establece la obligación de convocar a la consulta ciudadana, elaborar, aprobar y publicar, dentro de los primeros seis meses de cada período constitucional de gobierno, el Plan Estatal de Desarrollo que normará la acción pública del Ejecutivo del Estado.
SEPTIMO.- Que con base en las tareas desarrolladas por el Ejecutivo a mi cargo a partir del 1 de enero del año en curso, habiéndose realizado distintas fases de consulta a los ciudadanos sobre el contenido y alcances del Plan Estatal de Desarrollo, ha sido factible culminar su elaboración. En virtud de lo expuesto y fundado, con el propósito de establecer con claridad las bases de la presente gestión gubernamental, y teniendo en mente el interés social, he tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO GUBERNAMENTAL MEDIANTE EL CUAL SE EXPIDE
EL PLAN ESTATAL DE DESARROLLO 2011-2016
Con base en sus respectivas atribuciones y el universo de sus funciones, los titulares de las dependencias y entidades de la administración pública estatal serán los responsables de adoptar e implementar las acciones y medidas necesarias para la ejecución del Plan.
Congreso del Estado.
En la integración de las propuestas de las dependencias y entidades para la elaboración de la iniciativa de Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado, las dependencias y entidades estatales harán sus respectivos planteamientos con base en los objetivos, estrategias y líneas de acción del Plan Estatal de Desarrollo 2011-2016 y sus correspondientes programas sectoriales, institucionales, especiales y regionales.
Dichas evaluaciones serán hechas del conocimiento del Ejecutivo del Estado.Conforme a sus resultados se adoptarán las previsiones necesarias, correspondiéndole a la Contraloría Gubernamental realizar el seguimiento de la ejecución del Plan Estatal de Desarrollo y de los programas que se deriven del mismo.
PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SEGUNDO.- Remítase el Plan...
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