Plan de Desarrollo Municipal

EstadoMichoacán
MunicipioHuandacareo
Director: Arturo Hernández Tovar
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el sólo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
FUNDADO EN 1867
TOMO CXXXVI Morelia, Mich., Viernes 27 de Mayo del 2005 NUM. 25
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
Para consulta en Internet: www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial/index.htm. y/o www.congresomich.gob.mx
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE HUANDACAREO, MICH.
PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL
El que suscribe, C. Jorge Alvarez Martínez, Secretario del
H. Ayuntamiento de Huandacareo, Michoacán, hace
constar y . . . . . . . . .
C E R T I F I C A
Que en el libro de actas de Cabildo del H. Ayuntamiento
Constitucional de Huandacareo, se encuentra una acta en
fojas de la 32 a la 33 que en la letra dice lo siguiente:
ACTA No.
En la Ciudad de Huandacareo, Mich., siendo las 12:00 Hrs.
del día 25 de Abril del año 2005 (dos mil cinco), reunidos
con el propósito de celebrar sesión extraordinaria de
Cabildo, en el salón de juntas del Palacio Municipal,
ubicado en la calle Defensa Civil No. 3, presidida por el C.
Enrique García Huerta, Presidente Municipal, el C. Antonio
Díaz Díaz, Síndico Municipal y los CC. Regidores: Lic.
Martín Caballero Vargas, Ma. Teresa Carrillo Casimiro, J.
Dolores Lázaro López, J. Carmen Marinez García, Ing.
Eugenio García Tena, Dora Andrea Fernández Guzmán y
Ma. Eugenia Vargas Díaz, bajo el siguiente orden del día.
1.- Pase de Lista…
2.- Lectura y aprobación del Plan de Desarrollo Municipal.
Punto No. 2.- Sobre el Plan de Desarrollo Municipal para
su aprobación, se inició con la lectura total del Plan para
darlo a conocer a los regidores, a los cuales el Presidente
Municipal les preguntó si tenían alguna observación o
alguna aportación al Plan de Desarrollo Municipal, lo dijeran
para ver si es posible considerarlo, al término de la lectura,
pero en términos generales y particulares se observó que
reúne las necesidades del municipio por lo cual el Presidente
Municipal C. Enrique García Huerta, puso a consideración
del Cabildo el Plan de Desarrollo Municipal, el cual fue
aprobado por unanimidad por el Cabildo en pleno.
Se acuerda por parte del Cabildo que en la próxima sesión
se les informará la fecha para la publicación del Plan de
Desarrollo Municipal en el Periódico Oficial y los diarios
que circulan en la región.
No habiendo otro asunto que tratar y siendo las 13:00 Hrs.
del día, mes y año antes mencionado, se dio por terminada
la reunión extraordinaria, firmando de conformidad los que
en ella intervinieron una vez desahogado el orden del día
damos fe.
Presidente Municipal.- C. Enrique García Huerta.- Síndico
Municipal.- C. Antonio Díaz Díaz.- Regidores: Lic. Martín
Caballero Vargas, Ma. Teresa Carrillo Casimiro, J. Dolores
Lázaro López, J. Carmen Marinez García, Ing. Eugenio García
Tena, Dora Andrea Fernández Guzmán y Ma. Eugenia Vargas
Díaz.- Secretario del Ayuntamiento.- C. Jorge Alvarez
Martínez. (Firmados).
El que suscribe, C. Jorge Alvarez Martínez, Secretario del
H. Ayuntamiento de Huandacareo, Michoacán, hace constar
y . . . . . . . . .
C E R T I F I C A
Que este documento “Plan de Desarrollo Municipal” es el
original y consta de 105 fojas útiles más sus respectivos
anexos, el cual fue aprobado por el H. Cuerpo de Cabildo el
día 25 de Abril de 2005 en sesión extraordinaria. Así mismo
de hace constar que las firmas del cuerpo de Regidores que
PERIODICO OFICIAL
PAGINA 2
Viernes 27 de Mayo del 2005.
firman el presente son originales. Se extiende la presente
para los usos y fines legales que se estimen convenientes
en la población de Huandacareo, siendo las 12:00 horas del
día 26 de Abril de 2005 dos mil cinco.- Doy fe.
Atentamente.- SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.-
El Secretario del Ayuntamiento.- C. Jorge Alvarez
Martínez.(Firmado).
VISION
Trabajemos todos en mi municipio para que Huandacareo
tenga otra historia.
MISION
Impulsar el desarrollo con la participación de la sociedad,
es garantía de cumplimiento de metas y objetivos que
estimulen un crecimiento más justo y equitativo del
municipio de Huandacareo.
P R E S E N T A C I O N
El Plan de Desarrollo del Municipio de Huandacareo es un
documento que refleja el acuerdo de voluntades de los
diferentes grupos y sectores del municipio se proponen,
adecuaciones y modificaciones a las acciones y programas
de corto y mediano plazo.
En este plan se definen los propósitos y estrategias para el
desarrollo del municipio y se establecen las principales
políticas y líneas de acción que el Gobierno Municipal
deberá tomar en cuenta para que todas las entidades
elaboren sus planes y programas operativos anuales y de
uno y tres años de administración.
Una de las responsabilidades fundamentales de la
Administración Pública Municipal del periodo 2005-2007,
es la Planeación de las necesidades, como preámbulo al
accionar que permita el desarrollo armónico de todos los
habitantes de este municipio.
El Plan de Desarrollo Municipal será directo en el
funcionamiento general y es elaborado con base en el sentir
de la población en cuanto a: Necesidades, Demandas, y
Prioridades de temas como Seguridad Pública, Educación,
Salud, Generación de Empleos, Medio Ambiente, Agua
Potable y Alcantarillado, Cultura, Deporte, Agricultura,
Ganadería, Turismo, Conservación de calles y caminos,
Mercado, Política de Puertas Abiertas para todos sin
distinción de clase social, creencia religiosa o perfil político.
Este Plan Municipal de Desarrollo es un cúmulo de
planteamientos y estrategias surgidas a partir del
acercamiento de hombres y mujeres de todas las edades en
las diversas reuniones sostenidas, desde la campaña
electoral hasta los primeros noventa días de Gobierno, cuyo
objetivo principal es donde el pueblo determine el rumbo
político y económico que quiere, que el pueblo proponga
las acciones que ejecute el Gobierno Municipal.
Es un compromiso ante todos el manejo transparente y
honesto como lo exige la población, de las Finanzas
Municipales y que tal como lo establece la Ley, se pedirá al
Tesorero Municipal, informe trimestralmente a la sociedad
el Estado Financiero que guarda esta Administración
Pública Municipal en los medios de mayor circulación en el
Municipio y la región.
PRESIDENCIA
OBJETIVOS
Lograr un cambio con justicia social.
Incrementar la fuente de empleos en el municipio.
Aumentar la participación de inversiones de la
iniciativa en actividades productivas.
Asegurar el desarrollo social de la población del
municipio.
Cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y la del Estado, y las leyes
que de estas emanen (reglamentos y disposiciones de
orden municipal).
Conducir las relaciones del Ayuntamiento con los
poderes del Estado y de la Federación. Así como con
otros ayuntamientos.
Conducir la elaboración del Plan de Desarrollo
Municipal y de sus programas operativos, vigilar el
cumplimiento de las acciones que le correspondan a
cada dependencia municipal.
Presidir el Comité de Planeación para el desarrollo.
Proponer al Ayuntamiento las comisiones que deban
integrarse y sus miembros.
ACCIONES
Coordinar y vigilar el buen funcionamiento de los
servicios públicos municipales.
Dar cuenta al H. Ayuntamiento y al pueblo del estado
que guarda la administración municipal.
PERIODICO OFICIAL
PAGINA 3
Viernes 27 de Mayo del 2005.
Creación de condiciones para generación de nuevos
empleos con apoyo del Gobierno Estatal, Federal e
iniciativa privada.
Dirigir, coordinar y atender las necesidades de los
habitantes.
Procurar y cuidar que no se altere el orden social de la
población.
Hacer llegar los programas estatales y federal a los
diferentes sectores y mejorar las condiciones
económicas y sociales del municipio.
Convocar y presidir las sesiones del Ayuntamiento y
ejecutar sus acuerdos y decisiones.
METAS:
Una política de puertas abiertas, incluyente, de trabajo,
eficaz, honrado y transparente.
Honestidad en el manejo de las finanzas municipales.
Equidad en el desarrollo social atendiendo las
demandas de los ciudadanos, demostrando una
verdadera vocación de servicio.
Lograr un cambio con justicia social.
Conducir y evaluar las metas del Plan de Desarrollo
Municipal, vigilando el cumplimiento de las acciones
que le correspondan a cada área de este Ayuntamiento.
MARCO JURIDICO
El marco Jurídico del Plan de Desarrollo Municipal está
plasmado en los artículos de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, de la Constitución Política del
Estado de Michoacán, y en la Ley Orgánica Municipal.
1.- CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS
TITULO QUINTO
De los estados de la Federación
y del Distrito Federal
Artículo 115. Los Estados adoptarán, para su régimen
interior, la forma de gobierno republicano, representativo,
popular, teniendo como base de su división territorial y de
su organización a las bases siguientes:
I. Cada municipio será gobernado por un Ayuntamiento
de elección popular directa, integrado por un Presidente
Municipal y el número de regidores y síndicos que la
ley determine. La competencia que esta Constitución
otorga el Gobierno Municipal se ejercerá por el
Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad
intermedia alguna entre éste y el Gobierno del Estado.
II. Los Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar.
De acuerdo con las leyes en materia municipal que
deberán expedir las legislaturas de los Estados, los
bandos de policía y gobierno, reglamentos, circulares
y disposiciones administrativas de observancia general
dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen
la administración pública municipal, regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su
competencia y aseguren la participación ciudadana y
vecinal.
III. Los municipios tendrán a su cargo las funciones y
servicios públicos siguientes:
a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento, y
disposición de sus aguas residuales;
b) Alumbrado público;
c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición
final de residuos;
d) Mercados y centrales de abasto;
e) Panteones;
f) Rastro;
g) Calles, parques y jardines y su equipamiento.
h) Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de
esta Constitución, Policía Preventiva Municipal y
Tránsito;
i) Los demás que las legislaturas locales determinen
según las condiciones territoriales y socioeconómicas
de los municipios, así como su capacidad
administrativa y financiera.
Sin perjuicio de su competencia constitucional, en el
desempeño de las funciones o la presentación de los
servicios a su cargo, los municipios observarán lo
dispuesto por las leyes federales y estatales.
Los municipios, previo acuerdo entre sus ayuntamientos,
podrán coordinarse y asociarse para la más eficaz
presentación de los servicios públicos o el mejor ejercicio
de las funciones que les correspondan. En este caso y

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR