Pide Corte reponer aval a Acueducto

AutorVíctor Fuentes

Al resolver controversias constitucionales promovidas por dos municipios de Sonora, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó reponer la autorización de la Manifestación de Impacto Ambiental del polémico Acueducto Independencia.

Además, declaró válidos los títulos de asignación de aprovechamiento de aguas superficiales expedidos por la Comisión Nacional del Agua para utilizar más de 20 millones de metros cúbicos de líquido del río Yaqui.

Dichas demandas fueron presentadas por los Gobiernos de Cajeme y San Ignacio Río Muerto en 2012.

En un primer asunto, la Primera Sala de la Corte aprobó por mayoría de votos la propuesta del Ministro Jorge Pardo de invalidar el procedimiento de impacto ambiental de la obra hidráulica, una de las más importantes del sexenio pasado, para incorporar a los municipios demandantes en la elaboración de un nuevo dictamen.

Por ello, estableció que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en un plazo de 30 días, deberá otorgar garantía de audiencia a ambos municipios y resolver de nueva cuenta sobre la MIA.

El fallo no impide que continúe la operación del Acueducto, que lleva agua del río Yaqui a la ciudad de Hermosillo.

La resolución es similar a la que dictó la Primera Sala en mayo de 2013, cuando amparó a miembros de la tribu yaqui y ordenó a la Semarnat reponer el procedimiento de la MIA, realizando una consulta previa a las comunidades indígenas.

En agosto del mismo año, ante la confusión que provocó esta sentencia, la Corte aclaró que la Semarnat tiene facultades para detener la operación del acueducto en cualquier momento, si detectaba daños irreparables para los yaquis.

En julio de 2014, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, que participa en el litigio, denunció que la Semarnat no había dado cumplimiento al amparo, ya que no había entregado a la comunidad yaqui información suficiente...

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