Perseguirá Hacienda 'regalo' de inmuebles

AutorDolores González

César y Lucía están casados por bienes separados. Él es gerente en una empresa; ella se dedica al cuidado de sus dos hijos.

Al momento de firmar las escrituras de su casa, César decide que la vivienda debe estar a nombre de Lucía. Después de todo, él prometió proveer techo y comida a su familia.

Ante la ley, César está pagando un bien que no es suyo y Lucía es propietaria sin contar con una fuente de ingresos oficial.

Éste es uno de los casos más comunes de lavado de dinero.

Aunque por lo general se asocia con actividades ilícitas como el narcotráfico y el terrorismo, también se refiere a un recurso económico que no es declarado como ingreso, indicó José Martínez González, notario suplente de la Notaría Pública No. 29.

Por consiguiente, no paga los impuestos correspondientes.

De ahí que la nueva Ley Antilavado considera sospechosos casos como los de César y Lucía.

"No es correcto que una persona ajena a la operación esté pagándola", aseveró el abogado durante el taller-conferencia "Inmobiliario Seguro".

El evento organizado por la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI), Capítulo Monterrey, presentó los cambios que provocará la aplicación de la Ley Antilavado en la práctica de la compraventa y arrendamiento de bienes raíces.

Lo mismo sucede cuando un padre regala una vivienda a su hijo.

"Lo que se tiene que hacer es hacer un contrato de donación de dinero con mi hijo, que lo deposite en su cuenta y él...

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