Permiso Nº G/075/TUP/1999 de Comisión Reguladora de la Energía, 31-12-2006

Número de licenciaG/075/TUP/1999
Fecha de registro31 Diciembre 2006
ReceptorSchneider Electric México, S.A. de C.V.
EstatusTerminado anticipadamente
TITULO DE PERMISO
DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL
PARA USOS PROPIOS
NUM. G/075/TUP/99
OTORGADO A
SCHNEIDER ELECTRIC
MEXICO, S.A. DE C.V.
Ver contenido
15 de noviembre, 1999
PERMISO DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL
PARA USOS PROPIOS
G/075/TUP/99
1. DEFINICIONES
Para los efectos de este permiso, se entenderá por:
I. Comisión: Comisión Reguladora de Energía;
II. Directivas: Disposiciones de carácter general expedidas por la Comisión,
tales como criterios, lineamientos y metodologías, a que deben sujetarse
las ventas de primera mano y las actividades de transporte,
almacenamiento y distribución de gas;
III. Gas o gas natural: Mezcla de hidrocarburos compuesta primordialmente
por metano;
IV. Normas Oficiales Mexicanas: Normas de carácter obligatorio que
expiden las dependencias competentes sujetándose a lo dispuesto por la
V. Permisionario: Schneider Electric México, S.A. de C.V.
VI. Sistema de transporte para usos propios: Los ductos, compresores,
reguladores, medidores y demás equipos que utilice el permisionario para
recibir, conducir y entregar gas;
VII. Usuario final: La persona que adquiere gas para su consumo.
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2. OBJETO DEL PERMISO
El permiso autoriza al permisionario a recibir, conducir y entregar gas por medio
del sistema de transporte para usos propios, con la finalidad de satisfacer
exclusivamente las necesidades del permisionario.
La actividad autorizada se sujetará a lo previsto en la Ley Reglamentaria del
Artículo 27 Constitucional en el Ramo delPetróleo, la Ley de la Comisión
Reguladora de Energía, el Reglamento de Gas Natural, las directivas, las
normas oficiales mexicanas, las disposiciones de este permiso y demás
disposiciones jurídicas que resulten aplicables.
3. VIGENCIA Y RENOVACION DEL PERMISO
El permiso tendrá una vigencia de treinta años contados a partir de la fecha de
su otorgamiento y podrá ser renovado por periodos de quince años, mediante el
procedimiento previsto en la directiva que al efecto expida la Comisión. La
solicitud de renovación deberá presentarse a la Comisión por lo menos dos
años antes del vencimiento del permiso.
4. DESCRIPCION Y CARACTERISTICAS DEL SISTEMA DE
TRANSPORTE PARA USOS PROPIOS
4.1 Trayecto
El trayecto autorizado del sistema de transporte para usos propios se encuentra
descrito en los planos contenidos en el Anexo 1 de este permiso.
4.2 Capacidad de conducción
La capacidad de conducción del sistema de transporte para usos propios será
la que se establece en el Anexo 2 de este permiso y su ampliación a través de
la construcción de nuevos ductos requerirá de la previa modificación del
permiso.
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