Permiso Nº G/074/TUP/1999 de Comisión Reguladora de la Energía, 31-12-2006

Fecha de registro31 Diciembre 2006
Número de licenciaG/074/TUP/1999
ReceptorCelulosa de Fibras Mexicanas, S.A. de C.V.
EstatusOperando
TITULO DE PERMISO
DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL
PARA USOS PROPIOS
NUM. G/074/TUP/99
OTORGADO A
CELULOSA DE FIBRAS
MEXICANAS, S.A. DE C.V.
Ver contenido
5 de noviembre, 1999
PERMISO DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL
PARA USOS PROPIOS
G/074/TUP/99
1. DEFINICIONES
Para los efectos de este permiso, se entenderá por:
I. Comisión: Comisión Reguladora de Energía;
II. Directivas: Disposiciones de carácter general expedidas por la Comisión,
tales como criterios, lineamientos y metodologías, a que deben sujetarse
las ventas de primera mano y las actividades de transporte,
almacenamiento y distribución de gas;
III. Gas o gas natural: Mezcla de hidrocarburos compuesta primordialmente
por metano;
IV. Normas Oficiales Mexicanas: Normas de carácter obligatorio que
expiden las dependencias competentes sujetándose a lo dispuesto por la
V. Permisionario: Celulosa de Fibras Mexicanas, S.A. de C.V.
VI. Sistema de transporte para usos propios: Los ductos, compresores,
reguladores, medidores y demás equipos que utilice el permisionario para
recibir, conducir y entregar gas;
VII. Usuario final: La persona que adquiere gas para su consumo.
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2. OBJETO DEL PERMISO
El permiso autoriza al permisionario a recibir, conducir y entregar gas por medio
del sistema de transporte para usos propios, con la finalidad de satisfacer
exclusivamente las necesidades del permisionario.
La actividad autorizada se sujetará a lo previsto en la Ley Reglamentaria del
Reguladora de Energía, el Reglamento de Gas Natural, las directivas, las
normas oficiales mexicanas, las disposiciones de este permiso y demás
disposiciones jurídicas que resulten aplicables.
3. VIGENCIA Y RENOVACION DEL PERMISO
El permiso tendrá una vigencia de treinta años contados a partir de la fecha de
su otorgamiento y podrá ser renovado por periodos de quince años, mediante el
procedimiento previsto en la directiva que al efecto expida la Comisión. La
solicitud de renovación deberá presentarse a la Comisión por lo menos dos
años antes del vencimiento del permiso.
4. DESCRIPCION Y CARACTERISTICAS DEL SISTEMA DE
TRANSPORTE PARA USOS PROPIOS
4.1 Trayecto
El trayecto autorizado del sistema de transporte para usos propios se encuentra
descrito en los planos contenidos en el Anexo 1 de este permiso.
4.2 Capacidad de conducción
La capacidad de conducción del sistema de transporte para usos propios será
la que se establece en el Anexo 2 de este permiso y su ampliación a través de
la construcción de nuevos ductos requerirá de la previa modificación del
permiso.
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