Permiso Nº G/061/TRA/1999 de Comisión Reguladora de la Energía, 31-12-2006

Fecha de registro31 Diciembre 2006
Número de licenciaG/061/TRA/1999
Fecha02 Junio 1999
ReceptorCENTRO NACIONAL DE CONTROL DEL GAS NATURAL
EstatusOperando
TITULO DE PERMISO
DE TRANSPORTE DE GAS
NUM. G/061/TRA/99
OTORGADO A
PEMEX-GAS Y PETROQUIMICA BASICA
SISTEMA NACIONAL DE
GASODUCTOS
2 de junio de 1999
Ver contenido
PERMISO DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL
NUMERO: G/061/TRA/99
1. DEFINICIONES
Para los efectos del presente título, se entenderá por:
1.1 Comisión: La Comisión Reguladora de Energía.
1.2 Condiciones Generales para la Prestación del Servicio: Las
Condiciones Generales para la Prestación del Servicio de Transporte de
Gas Natural para el Sistema Nacional de Gasoductos, que establecen
las tarifas y los derechos y obligaciones del permisionario frente a sus
usuarios.
1.3 Directivas: Las disposiciones de carácter general expedidas por la
Comisión, tales como criterios, lineamientos y metodologías que deben
regir las ventas de primera mano y las actividades de transporte,
almacenamiento y distribución de gas.
1.4 Directiva de Precios y Tarifas: La Directiva sobre la Determinación de
Precios y Tarifas para las Actividades Reguladas en Materia de Gas
Natural, DIR-GAS-001-1996, publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 20 de marzo de 1996, y aquellas otras directivas que, en
su caso, la adicionen, modifiquen o sustituyan.
1.5 Directiva de Contabilidad: La Directiva de Contabilidad para las
Actividades Reguladas en Materia de Gas Natural DIR-GAS-002-1996,
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de junio de 1996, y
aquellas otras directivas que, en su caso, la adicionen, modifiquen o
sustituyan.
1.6 Dólares: Moneda de curso legal en los Estados Unidos de América.
1.7 Gas o gas natural: La mezcla de hidrocarburos compuesta
primordialmente por metano.
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1.8 Normas Oficiales Mexicanas: Las normas de carácter obligatorio que
expiden las dependencias competentes, sujetándose a lo dispuesto en la
1.9 Periodo de Transición: La etapa que comenzará el día siguiente a
aquél en que se notifique este permiso y terminará cuando finalice la
segunda etapa de la Temporada Abierta a que se refiere la disposición
11, para efectos de aplicación de las tarifas.
1.10 Permisionario: Pemex-Gas y Petroquímica Básica.
1.11 Permiso: El presente título de permiso de transporte de gas natural.
1.12 Ramales específicos: Aquellos ductos no reconocidos por el
permisionario como parte del SNG, pero que son operados, mantenidos
y utilizados por éste para conducir y entregar gas a sus clientes o bien,
aquellos ductos que siendo utilizados por dichos clientes para conducir
gas, han sido diseñados por el permisionario y les presta operación y
mantenimiento.
1.13 Servicio en Base Firme: El servicio de transporte que no se encuentra
sujeto a reducciones e interrupciones salvo las previstas en el
Reglamento de Gas Natural.
1.14 Sistema Nacional de Gasoductos (SNG o Sistema): El conjunto de
ductos, compresores, reguladores, medidores y otros equipos que utiliza
el permisionario para la recepción, conducción y entrega de gas natural,
de acuerdo con los trayectos que se describen en el Anexo 1.
1.15 Lista de Tarifas y Trayectos del SNG (Tarifas): La lista de precios
para los tipos y modalidades del servicio de transporte que preste el
permisionario, en conformidad con la zonificación tarifaria aprobada por
la Comisión.
1.16 Usuario: La persona que utiliza o solicita los servicios del permisionario.
1.17 Usuario final: La persona que adquiere gas para su consumo.
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