Permiso Administrativo Temporal número CTAA/033/2017 otorgado a Infraestructura Hospitalaria de Villa de García S.A. de C.V., en Nuevo León.

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EmisorInstituto Mexicano del Seguro Social

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Mexicano del Seguro Social.- Dirección de Administración.- Unidad de Administración.- Coordinación de Conservación y Servicios Generales.- México.- Gobierno de la República.- Permiso Administrativo Temporal.- Permiso No. CTAA/033/2017. PERMISO ADMINISTRATIVO TEMPORAL EN ADELANTE "EL PERMISO" QUE OTORGA EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, REPRESENTADO POR EL C. LUIS GUILLERMO IBARRA GARRIDO, TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE CONSERVACIÓN Y SERVICIOS GENERALES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL INSTITUTO", A INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA DE VILLA DE GARCÍA S.A. DE C.V., REPRESENTADO POR LA C. OSIRIS ABIGAIL ALANIS ESPINOSA, EN SU CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA, QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PERMISIONARIO", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CONDICIONES:

ANTECEDENTES

  1. De conformidad con la Ley de Asociaciones Público Privadas (la Ley de APP) "EL INSTITUTO" publicó en la página de difusión electrónica-Internet- www.imss.gob.mx el día 16 de febrero de 2017; en el Diario Oficial de la Federación de fecha 16 de febrero de 2017, en la página de CompraNet www.compranet.funcionpublica.gob.mx el 16 de febrero de 2017, en el periódico de circulación nacional Excélsior de fecha 16 de febrero de 2017, y en el periódico de circulación en el estado de Nuevo León Milenio Monterrey el 16 de febrero de 2017, la Convocatoria al concurso público internacional mixto bajo la cobertura de los tratados de Libre Comercio con capítulo de compras gubernamentales número APP-019GYR040-E1-2017, que tiene por objeto la celebración del Contrato de Asociación Público Privada para la prestación de Servicios Complementarios a los Servicios Médicos que presta el Instituto Mexicano del Seguro Social para el diseño, construcción, equipamiento, operación y mantenimiento de un Hospital Regional de 260 camas, en un Inmueble propiedad del Instituto Mexicano del Seguro Social, ubicado en el Estado de Nuevo León, Municipio de García, en lo sucesivo "EL CONTRATO", mismo que será por 25 (veinticinco) años.

  2. Derivado de dicho procedimiento, así como del fallo de fecha 29 de septiembre de 2017, se adjudicó al Concursante Ganador que presentó una propuesta, el cual está integrado por Grupo Constructor Marhnos S.A. de C.V., Marhnos Turismo S.A. de C.V., Concesionaria de Proyectos de Infraestructura S.A. de C.V., y Proyectos de Infraestructura Social México Avanza S.A. de C.V., de conformidad con lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 4, 7, 38, 39, 40, 44, 45, 49, 50, 51, 52, 53, 54 y 55 de la Ley APP; y 1, 2, 3, 4, 49, 66, 67, 68 Bis, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 81, 82 y 83 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas (en adelante el Reglamento de APP). Dicho Concursante Ganador, con fundamento en los artículos 91 de la Ley APP y 106 del Reglamento de APP, constituyó la sociedad con propósito específico denominada Infraestructura Hospitalaria de Villa de García S.A. de C.V., la cual tiene la calidad de "EL PERMISIONARIO".

  3. "EL PERMISIONARIO" pagó la cuota de recuperación por los gastos administrativos de recepción y estudio de "EL PERMISO" por la cantidad de $5,261.00 (Cinco mil doscientos sesenta y un pesos 00/100 M.N.), con el Comprobante Fiscal Digital número 3091197.

    DECLARACIONES

    1. DECLARA "EL INSTITUTO" QUE:

  4. Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, que cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene a su cargo la organización y administración del Seguro Social, que es el instrumento básico de la seguridad social, establecido como un servicio público de carácter nacional, en términos de los artículos 4 y 5 de la Ley del Seguro Social.

  5. De conformidad con el artículo 251, fracción IV, de la Ley del Seguro Social, tiene entre sus atribuciones realizar toda clase de actos jurídicos necesarios para cumplir con sus fines.

  6. El H. Consejo Técnico de "EL INSTITUTO", mediante Acuerdo número ACDO.SA2.HCT.260417/87.P.DA., dictado en la sesión celebrada el 26 de abril de 2017, aprobó el Otorgamiento de "EL PERMISO".

  7. Su representante, el C. Luis Guillermo Ibarra Garrido, en su carácter de Titular de la Coordinación de Conservación y Servicios Generales, tiene las facultades necesarias para suscribir este instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 268 A de la Ley del Seguro Social, así como

    los artículos 2, fracción V, 3 fracción II, inciso a), 6, fracción I, y 69, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y acredita su personalidad con la escritura pública número 86,623 de fecha del primero de diciembre de 2017 pasada ante la fe del licenciado Benito Iván Guerra Silla, Notario No. 7 de la Ciudad de México, en la que consta su nombramiento y facultades, que a la fecha no le han sido modificadas, limitadas, ni revocadas.

  8. Las CC. Aurora Estrada Granados y Maribel Camacho Padilla, en su carácter de Titular de la Coordinación Técnica de Administración de Activos y Titular de la División de Arrendamiento y Comercialización, participan como Administradores de "EL PERMISO", y tienen a su cargo la obligación de supervisar el cumplimiento de las Condiciones establecidas en este instrumento jurídico, conforme al numeral 1.3 de las Políticas para el Otorgamiento del Permiso de Uso Temporal Revocable y Contratos de Subarrendamiento.

  9. Es legítimo propietario del Inmueble ubicado en avenida Abraham Lincoln, S/N, casi esquina con el Libramiento Noreste en el Municipio de García en el Estado de Nuevo León, con una superficie de 40,500 m2, localizado con las siguientes medidas y colindancias rumbo al sureste 233.58 metros con polígono número 2, rumbo al suroeste 122.06 metros con Lote 13-B propiedad de Ciudad Mitras, S.A., rumbo al noroeste 43.25 metros y al suroeste 69.95 metros con el polígono identificado como AM 2, rumbo al noroeste 79.99 y 110.78 metros con la Avenida Abraham Lincoln y rumbo al noreste 188.67 metros con polígono 1, como consta en el testimonio de la escritura pública número 122,859 de fecha 26 de noviembre de 2015, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad local, bajo el folio real 123, de fecha 16 de febrero 2010 y en el Registro Público de la Propiedad Federal, bajo el folio número 110631/1 de fecha 11 de diciembre de 2015, el cual se encuentra libre de gravámenes de cualesquier naturaleza.

  10. Emitió la Evaluación de conformidad con el numeral 8.7 de las Políticas para el otorgamiento de Permisos de Uso Temporal Revocable y Contratos de Subarrendamiento.

  11. Que "EL INSTITUTO" cuenta con el dictamen de justipreciación secuencial número 02-17-1161 de fecha 12 de julio de 2017, emitido por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales ("INDAABIN") quien...

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