Periódico Oficial del Estado de Puebla del 27-07-2022. Número 19 - Sección SEGUNDA

Fecha de publicación27 Julio 2022
Número de Gaceta19
SecciónSEGUNDA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
Sumario
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
MIÉRCOLES 27 DE JULIO DE 2022
TOMO DLXVII
NÚMERO 19
SEGUNDA
SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
DECRETO del Ejecutivo del Estado, por el que reforma, adiciona y
deroga diversas disposiciones del Reglamento de la Secretaría de Medio Ambiente,
Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial.
Miércoles 27 de julio de 2022 Periódico Oficial del Estado de Puebla (Segunda Sección)
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GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
DECRETO del Ejecutivo del Estado, por el que reforma, adiciona y deroga diversas disposicione s del
Reglamento de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarr ollo Sustentable y Ordenamiento Territorial.
Al margen el Escudo del E stado de Puebla, con una leyenda que dice: Unidos en el Tiempo, en el Esfuerzo, en la
Justicia y en la Esperanza. Estado Libre y Soberano de Puebla.
LUIS MIGUEL GERÓNIMO B ARBOSA HUERTA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Sobe rano
de Puebla, y
CONSIDERANDO
Que en el artículo 1 de la Constitución Política de los Es tados Unidos Mexicanos, como parte del bloque de
constitucionalidad, vinculado al artículo 26 del Pacto de San José, necesariamente lleva a advertir la relación directa
de la protección al medio ambiente y a la salud, p or esta razón se interpreta el derecho inherente a la condición de ser
humano de la protección contra los elementos conta minantes, como la contaminación visual.
Que e n la citada Constitución Política de los Estados Unido s Mexicanos, en su artículo 4°, párrafo quinto, se
establece que: “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado
garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque
en términos de lo dispuesto por la ley”.
Que por su parte, el artículo 121 d e la Constitución P olítica del estado Libre y Soberano de Puebla, señala que
“Toda p ersona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo , salud y bienestar. El Estado y los
Municipios promoverán y garantizarán, en sus respectivos ámbitos de competencia, mejorar la calidad de vida y la
productividad de las personas, a través de la protección al ambiente y la preservación, restauración y mejoramiento
del equilibrio ecológico, de manera que no se compro meta la satisfacción de las necesidades de las generaciones
futuras. Al efecto se expedirán las leyes y disposiciones nece sarias…”.
Que en fecha treinta y uno de julio de dos mil diecinueve fue publicado en el Periódico Oficial del E stado, el
Decreto del Honorable Congreso del Estado, por el que expid e la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de Puebla la cual establece las bases para la organización y el funcionamiento de la Administración Pública
Estatal, Centralizada y Paraestatal; siendo las Secretarías, así como las unidades administrativas que dependan
directamente del Gobernad or del Estado y funjan como órganos auxiliares del mismo, q uienes integrarán la
Administración Pública Centralizada. A todas ellas se les denominará genéricamente como Dep endencias y se
encuentran identificadas dentro del contenido del artículo 31 de la Ley en comento. Determinándose en su artículo
47 que, a la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, le corresponde el
despacho de diversos asuntos entre los que se encuentran, el formular y conducir las políticas generales en materia
ambiental y de desarrollo sustentable del Estado, así como el ordenamiento ecológico d el territorio, en coordinación
con los sectores público, privado y social; al igual que participar en el desarrollo metropolitano en coordinación con
las instituciones competentes.
Que c on fecha veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve, se public ó en el Periódico Oficial del Estado
de Puebla, el Decreto del Ejecut ivo del Estado, por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de
Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Or denamiento Territorial, el cual tiene por ob jeto prove er la exacta
observanci a de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Es tado de Puebla en la esfera ad ministrativ a,
con el fin de reglame ntar la organi zación y funcio namiento de la Dependencia en cita, establec iendo las unidad es
administrat ivas que la confo rman y sus atribuc iones, así como l as facultades y su plencias de las p ersonas
servidora s públicas de su adsc ripción.

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