Periódico Oficial del Estado de Puebla del 25-03-2024. Número 16 - Sección SEGUNDA

Fecha de publicación25 Marzo 2024
Número de Gaceta16
SecciónSEGUNDA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
LUNES 25 DE MARZO DE 2024
TOMO DLXXXVII
NÚMERO 16
SEGUNDA
SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que, en virtud del tiempo transcurrido en exceso,
declara que ha operado de pleno derecho la prescripción para la imposición de sanciones administrativas, dentro del
Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades con número de expediente P.A. 11/2021, que se
inició en contra del C. Braulio García Lezama, Presidente Municipal del Ayuntamiento de San Diego la Mesa Tochimiltzingo,
Puebla, administración 2014-2018, por el ejercicio fiscalizado comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016,
teniendo el presente Decreto el valor de cosa juzgada en materia administrativa, ordenándose el archivo de este expediente,
en relación con la citada responsabilidad administrativa.
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que, en virtud del tiempo transcurrido en
exceso, declara que ha operado de pleno derecho la prescripción para la imposición de sanciones administrativas, dentro
del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades con número de expediente P.A. 15/2021, que
se inició en contra del C. Wilfrido Villanueva Martínez, Presidente Municipal del Ayuntamiento de San Jerónimo Xayacatlán,
Puebla, administ ración 2014-2018, por el ejercicio fi scalizado comprendid o del 1 de enero al 31 de dici embre de 2016,
teniendo el presente Decreto el valor de cosa juzgada en materia administrativa, ordenándose el archivo de este expediente,
en relación con la citada responsabilidad administrat iva.
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que, en virtud del tiempo transcurrido en
exceso, declara que ha operado de pleno derecho la prescripción para la imposición de sanciones administrativas, dentro
del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades con número de expediente P.A. 17/2021, que
se inició en contra del C. José Juan Espinosa Torres, Presidente Municipal del Ayuntamiento de San Pedro Cholula, Puebla,
administración 2014-2 018, por el ejercicio fisca lizado comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016, teniendo
el presente Decr eto el valor de cosa juzgada en materia admin istrativa, ordenándose el archivo de este expediente, en
relación con la citada responsabilidad administrativa.
(Segunda Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla Lunes 25 de marzo de 2024
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GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que, en virtud del ti empo transcurrido en exceso, declara
que ha operado de pleno derecho la prescripción para la imposición de sanciones administrativas, dentro del
Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades co n número de expediente P.A. 11/2021, que
se inició en contra del C. Braulio García Lezama, Presidente Municipal del Ayuntamiento de San Diego la Mesa
Tochimiltzingo, Puebla, administración 2014-2018, por el ejercicio fiscalizado comprendido del 1 de enero al 31 de
diciembre de 2016, teniendo el presente Decreto el valor de cosa juzgada en materia administrativa, ordenándose el
archivo de este expediente, en relación con la citada responsabilid ad administrativa.
Al margen un sello con el Escudo Naci onal y una l eyenda qu e dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Congreso
del Estado d e Puebla.
LICENCIADO SERGIO SALOMÓN CÉSPEDES PEREGR INA, Gobernador Substituto del Estado Libre
y Soberano de Puebla, a sus habit antes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congre so, se me ha remitido el siguiente:
EL HONORABLE SEXAGÉSIMO PRIMER CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
Que en la Sesión Pública Ordinaria de esta fecha, Vuestra Soberanía ha tenido a bien discutir y aprobar, el
Dictamen con Minuta de Decreto emitido por la Comisión de Control, Vigilancia y Evaluación de la Auditoría
Superior del Estado de Puebla, respecto al expediente número P.A. 11/2021, relativo al Procedimiento
Administrativo de Deter minación de Responsabili dades, iniciado en contra del C. Braulio García Lezama,
Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de San Diego la Mesa Tochimiltzingo, Puebla,
administración 2014-2018; concretamente por el ejercicio fiscalizado comprendido del uno de enero al treinta y
uno de diciembre de dos mil dieciséis, y---------------------------------------------------------------------------------------------
ANTECEDENTES
PRIMERO. Que el quince de febrero de dos mil catorce, el C. Braulio García Lezama, t omó protesta como
Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de San Diego la Mesa Tochimiltzingo, Puebla,
administración 2014-2018; tal y como consta en la copia certificada de la Constancia de Mayoría, expedida por el
Direct or General de Gobie rno del Estado de Pue bla, documento qu e se encuentra agr egado al exp ediente
P.A. 11/2021 de la Direc ción Jurídica de Substanciación de la Auditoría Superior del Estado de Puebla. ----------------
SEGUNDO. El quince de diciembre de dos mil veintiuno, el Sexagésimo Primer Congreso Constitucional del
Estado Libre y Soberano de Puebl a, emitió Decreto por medio del cual se autorizó a la Auditoría Superior del
Estado de Puebla, para que i niciara y sub stanciara P rocedimiento Administrativo de Determinación de
Responsabilidades en contra del C. Braulio García Lezama, Presidente Municipal Constitucional del
Ayuntamiento de San Diego la Mesa Tochimiltzingo , Puebla, administración 2014- 2018; por la irregularidad que
fue contemplada en el Informe Individual d e fecha veinticuatro de agosto de dos mil dieciocho, por un monto de
$5,600.00 (cinco mil seiscientos pesos 00/100 Moneda Nacional). -------------------------------------------------------------
TERCERO. La Auditoría Superior del Estado de Puebla, con fecha treinta y uno de agosto de dos mil
veintidós, dictó acuerdo de rad icación en el que se tuvo por reci bido el Decreto antes señal ado, ordenándose
integrar y registrar el Expediente Admini strativo, bajo el número P.A. 11/2021, de la Dirección Jurídica de
Lunes 25 de marzo de 2024 Periódico Oficial del Estado de Puebla (Segunda Sección)
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Substanciación de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, iniciando Pr ocedimiento Ad ministrativo de
Determinación de Responsabilidades en contra del C. Braulio García Lezama, Presidente Municipal
Constitucional del Ay untamiento de San Diego la Mesa Tochimiltzingo, Puebla, administración 2014-2018;
instru yendo la citació n del involuc rado para que com pareciera al de sahogo de la audi encia de pruebas y
alegato s, previs ta por el artícu lo 68, fracción I de la Ley de Responsa bilidades de los Servidores Públicos del
Estado de Puebla. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CUARTO. En cumplimiento a lo ordenado en el punto que antecede, mediante oficio número ASP/3652-22/DGJ-DJS,
de fecha treinta y uno de agosto de dos mil veintidós, se citó al C. Braulio García Lezama, Presidente
Municipal Constitucional del Ayuntamiento de San Diego la Mesa Tochimiltzingo, Puebla, administración
2014-2018, a efecto de que compareciera el veintitrés de septiembre de dos mil veintidós a las doce horas, a la
Dirección Jurídica de Substanciación de la Auditoría Superior del Estado, para ofrecer pruebas y alegar lo que a su
interés conviniera, por sí o por medio de un defensor o persona de su confianza que al efecto designara, oficio
citatorio que le fue notificado conforme a derecho el doce de septiembre de dos mil veintidós, tal y como consta
de la cédula de notificación. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------
QUINTO. El veintitrés de septiembre de dos mil veintidós a las doce horas con treinta minutos, se
desahogó la audiencia prevista por la fracción I del artículo 68 de la Ley de Responsabilidad es de los Servidores
Públicos del Estado de Puebla, en la que se hizo constar l a compar ecencia del C. Braulio García Lezama,
Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de San Diego la Mesa Tochimiltzingo, Puebla,
administración 2014-2018, ante la Dirección Jurídica d e Substanciación de la Auditoría Superior del Est ado de
Puebla, con el fin de ofrecer pruebas y formular alegatos en la audiencia a la que fue cit ado; asimismo, se hizo
constar la incomparecencia del representante del Ayuntamiento de San Diego la Mesa Tochimiltzingo, Puebla,
administración 2021-2024, de igual manera se hizo const ar que el involucrado no designó defensor o persona de su
confianza; y, que la defensa la llevaría por sí mismo; audiencia en la que una vez que le fue puesto a la vista el
expediente con todas y ca da una de las actuaciones que lo integran, así como las pruebas que dieron origen a la
irregularidad que se le imputó, a efecto de expresar si tenía alguna duda al respecto, a lo que manif estó: “Que no
tengo duda alguna respecto de las irregularidades que se me imputaron”, audiencia en la que manifestó en la etapa
de pruebas: “Que en este momento no exhibo documentación al guna por no estar a mi alcance, pero si es mi deseo
que se observe lo señalado por el artículo 80 Fracción I de la Ley de Responsabilidades del Estado de Puebla, a
efecto de que se tome en consideración el tiempo que ha transcurrido para que opere la prescripción dentro del
presente asunto. Que es todo lo que tengo que manifestar”; acto s eguido el personal actuante tuvo por presente al
compareciente, por hechas sus manifestaciones, p or ofrecidos y admitidos los documentos exhibidos qu e refirió en
dicha diligencia, debiéndose valorarse en el momento procesal oportuno; continuando con el desahogo de dicha
audiencia, en su etapa de alegatos el compareciente C. Braulio García Lezama, haciendo uso de este derecho
manifestó: “Que solicito se tomen en consideración todas y cada u na de las pruebas exhibidas en mi favor para
desvirtuar todas las irregularidades que me fueron imputadas; asimismo, solicito opere la prescripción en mi favor,
fundada en el artículo 80 fracción II de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, para el Estado
vigente en el año dos mil dieciséis el cua l solicito se tenga por reproducido es todo lo que tengo que manifestar
como alegatos.”, teniendo el personal actuante por desahogada la audiencia de pruebas y alegatos. -----------------------
CONSIDERANDO
I. Que los artícu los 108, cua rto párrafo y 109, frac ción III de la Constitu ción Polític a de los Es tados Unidos
Mexica nos; sexto t ransitorio d el Decreto p or el que s e reforman, adicionan y derogan div ersas dispos iciones de
la Constitución Federal en com ento, en materia de comba te a l a corrupci ón, publi cado en el Diari o Oficial de
la F ederación el veintis iete de mayo de dos mil quince; 12 4, fracció n II de la Cons titución P olítica del Estado
Libre y Sobera no de Pu ebla; tran sitorio te rcero, se gundo párra fo y cuarto del Decreto que refo rma, adici ona y
deroga diversas di sposiciones de la Const itución Pol ítica del Es tado Libre y Soberano de Puebla, en materia d e

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