Periódico Oficial del Estado de Puebla del 20-03-2024. Número 13 - Sección QUINTA

Fecha de publicación20 Marzo 2024
Número de Gaceta13
SecciónQUINTA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
MIÉRCOLES 20 DE MARZO DE 2024
TOMO DLXXXVII
NÚMERO 13
QUINTA
SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que, en virtud del tiempo
transcurrido en exceso, declara que ha operado de pleno derecho la prescripción para la imposición
de sanciones administrativas, dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de
Responsabilidades con número de expediente P.A. 12/2021, que se inició en contra del C. José Luis
González Enríquez, Presidente Municipal del Ayuntamiento de Chinantla, Puebla, administración
2014-2018, por el ejercicio fiscalizado comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016,
teniendo el presente Decreto el valor de cosa juzgada en materia administrativa, ordenándose el
archivo de este expediente, en relación con la citada responsabilidad administrativa.
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que, en virtud del tiempo
transcurrido en exceso, declara que ha operado de pleno derecho la prescripción para la imposición
de sanciones administrativas, dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de
Responsabilidades con número de expediente P.A. 16/2021, que se inició en contra del C. José
Eufracio Raúl Montes Hernández, Presidente Municipal del Ayuntamiento de Lafragua, Puebla,
administración 2014-2018, por el ejercicio fiscalizado comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre
de 2016, teniendo el presente Decreto el valor de cosa juzgada en materia administrativa, ordenándose
el archivo de este expediente, en relación con la citada responsabilidad administrativa.
(Quinta Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla Miércoles 20 de marzo de 2024
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GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que, en virtud del tiempo transcurrido en exceso, declara
que ha operado de pleno derecho la prescripción para la imposición de sanciones administrativas, dentro del
Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades con número de expediente P.A. 12/2021, que se
inició en contra del C. José Luis González Enríquez, Presidente Municipal del Ayuntamiento de Chinantla, Puebla,
administración 2014-2018, por el ejercicio fiscalizado comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016,
teniendo el presente Decreto el valor de cosa juzgada en materia administrativa, ordenándose el archivo de este
expediente, en relación con la citada responsabilidad administrativa.
Al margen un sello co n el Escudo Nac ional y una le yenda q ue dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Congreso
del Estado d e Puebla.
LICENCIADO SERGIO SALOMÓN CÉSPEDES PEREGRI NA, Gobernador Substituto del Estado Libre
y Soberano de Puebla, a sus habitan tes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congres o, se me ha remitido el siguiente:
EL HONORABLE SEXAGÉSIMO PRIMER CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
Que en la Sesión Pública Ordinaria de esta fecha, Vuestra Soberanía ha tenido a bien discutir y aprobar, el
Dictamen con Minuta de Decreto emitido por la Comisión de Control, Vigilancia y Evaluación de la Auditoría
Superior del Estado de Puebla, respecto al expediente número P.A. 12/2021, relativo al Procedimiento
Administrativo de Determinación de Responsabilidades, iniciado en contra del C. José Luis González Enríquez,
Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Chinantla, Puebla, administración 2014-2018;
concretamente por el ejercicio fiscalizado comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil
dieciséis, y ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ANTECEDENTES
PRIMERO. Que el quince de febrero de dos mil catorce, el C. José Luis González Enríquez, tomó posesión
como Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Chinantla, Puebla, administración 2014-2018;
tal y como consta en la copia certificada por el Director General de Gob ierno del Estado de Puebla de la Constancia
de Mayoría, documento que se encuentra agregado al expediente P.A. 12/2021 de la Dirección Jurídica de
Substanciación de la Auditoría Superior del Estado de Puebla. ------------------------------------------------------------------
SEGUNDO. El quince de diciembre de dos mil veintiuno, el Sexagésimo Primer Congreso Constitucional del
Estado Libre y Soberano de Puebla, emitió Decreto por medio del cual se autorizó a la Auditoría Superior del
Estado de Puebla, para que iniciara y substanciara P rocedimiento Administrativo de Deter minación de
Responsabilidades en contra del C. José Luis González Enríquez, Presidente Municipal Constitucional del
Ayuntamiento de Chinantla, Puebla, administra ción 2014-2018; por diversas irregularidades que fueron
contempladas en el Informe Individual de fecha cinco de septiembre de dos mil dieciocho , por un monto total de
$79,947.40 (setenta y nueve mil novecientos cuarenta y siete pesos 40/100 Moneda Na cional). ----------------------
TERCERO. La Auditoría Superior del Estado de Puebla, con fecha veintiséis de septiembre de dos mil
veintidós, dictó acuerdo de rad icación en el que se tuvo por recibido el Decreto antes señalado, ordenándose
integrar y registrar el Expediente Ad ministrativo, bajo el número P.A. 12/2021, de la Dirección Jurídica de
Substanciación de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, iniciando Procedimiento Administrativo de
Determinación de Responsabilidades en contra del C. José Lui s González Enríquez, Presidente Municipal
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Constitucional del Ayuntamiento de Chinantla, Puebla, administración 2014-2018; instruyendo la citación del
involucrado para que compareciera al desahogo de la audiencia de pruebas y alegatos, prevista por el artículo 68,
fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla. -------------------------------
CUARTO. En c umplimiento a lo o rdenado en el punto que ante cede, mediante oficio número
ASP/04136-22/DGJ-DJS, de fecha veintiséi s de septiem bre d e dos mil veinti dós, se c itó al C. José Luis
Gonzál ez Enr íquez, Presidente Munic ipal Co nstitucional del Ayunta miento de C hinantla, Puebla ,
adminis tración 2014-2018 , a efecto de que compare ciera e l cato rce de octubre de dos mil veinti dós a las
diez h oras, a la Dirección J urídica de Substanciac ión de la A uditoría Sup erior del E stado, para ofrecer pru ebas
y alegar lo que a su int erés co nviniera, por s í o por me dio de un defensor o p ersona d e su confianza que al
efecto desig nara, oficio citatorio que le fue n otificado conforme a derech o el cinco de octubre de dos mil
veintidós, ta l y como cons ta de la céd ula de notif icación. -----------------------------------------------------------------
QUINTO. El catorce de octubre de dos mil veintidós a las diez horas con cinco minutos, se desahogó la
audiencia prevista por la fracción I del artículo 68 de la Ley de Responsabilidades de los Servidor es Públicos del
Estado de Puebla, en la que se hizo constar la comparecencia del Lic. Alejandro Chilado Flores, en su carácter de
Apoderado Legal del C. José Luis González Enrí quez, Presidente M unicipal Constitucional del Ayuntamiento
de Chinantla, Puebla, administración 2014-2018, conforme al Pod er Notarial registrado en el Instrumento número
56,209 (cincuenta y seis mil doscientos nueve) del Volumen 585 (quinientos ochenta y cinco), otorgado ante la
Notaria Pública número veintiséis (26), en la Ciudad de Puebla, cuyo Titular es el Licenciado Francisco Javier
Vázquez Ovando; ante la Dirección Jurídica de Substanciación de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, con el
fin de ofrecer pruebas y formular alegatos en la audiencia a la que fue citado; asimismo, se hizo constar la
incomparecencia del representante del Ayuntamiento de Chinantla, Puebla, administración 2021-2024; de igual
manera se hizo co nstar la designación como Abogado defensor del C. José Luis González Enríquez, al Lic. José
Luis Zárate Castillo, Abogado Defensor, el cual en la misma diligencia aceptó y protestó el cargo conferido;
audiencia en la que una vez que le fue puesto a la vista el expediente con todas y cada una de las actuaciones que lo
integran, así como las pruebas que dieron origen a la irregularidad que se le imputaron al C. José Luis González
Enríquez, a efecto de expresar si tenía alguna duda al respecto, a lo que manifestó: “Que no tengo duda alguna
respecto de las irregularidades que se me imputan" ; audiencia en la que el Abogado Defensor, manifestó en la etapa
de pruebas: “Que exhibo original de escrito de fecha catorce de octubre del año dos mil veintidós, compu esto de
cuatro fojas útiles en su anverso, firmado por el representante legal C. Alejandro Chilado Flores, el cual mi
representado ratifica en todas y cada una de sus partes, por estar hecho bajo sus instrucciones y en relación a la
firma que lo calza, la reconoce por ser la misma que utiliza tanto en actos públicos como privados ; así como
original de oficio MCP/1052/2022 de fecha diez de octubre del año en curso, firmado por la Mtra. María Azucena
Zafra Chino, Presidenta Municipal Constitucional de Chinantla, Puebla, administración 2021-2024, compuesto por
una foja útil en su anverso, y también original de escrito de fecha siete de octubre de los corrientes, compuesto de
dos fojas útiles en su anverso, firmado por mi representado C. José Luis González Enríquez, y copia simple del
oficio-citatorio ASP-04136-22/DGJ/DJS, en este acto señalo como domicilio para oír y recibir no tificaciones el
ubicado en Calle Dos Pon iente número mil setecientos seis letra A, Colonia Centro de esta Ciudad de Puebla,
Puebla, con código Postal 72000 y correo electrónico jlzaratecastillo@gmail.com, igualmente solicito que cada
una de la s actuaciones que obran en el exp ediente al rubro indicado sean tomadas en consideración, a nalizadas y
revaloradas al mo mento de emitir la resolución correspondiente. Que son tod as las pruebas que ofrezco a nombre
de mi representado”; acto seguido el personal actuante tuvo por autorizado al C. Alejandro Chilado Flores, en su
carácter de Apoderado Legal del C. José Luis González Enríquez, en s u carácter de Ex Presidenta Municipal
Constitucional del Ayuntamiento de Chinantla, Puebla, ordenándose agregar el Poder Notarial al expediente para los
efectos legales a que hubiere lugar; por ofrecidas y admitidas las documentales presentadas, debiéndose valorar en el
momento procesal oportuno; continuando con el desahogo de dicha audiencia, en su etapa de alegatos el Abogado
defensor del C. José Luis González Enríquez, haciendo uso de este derecho manifestó: “Que se expresan como
alegatos los siguientes: A fin de que la autoridad corroboré que los hechos hoy considerados irregulares no lo son,
y por el contrario acudo a un procedimiento administrativo después d e seis año s de concluida la revisión del

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