Periódico Oficial del Estado de Puebla del 19-03-2024. Número 12 - Sección CUARTA

Fecha de publicación19 Marzo 2024
Número de Gaceta12
SecciónCUARTA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
MARTES 19 DE MARZO DE 2024
TOMO DLXXXVII
NÚMERO 12
CUARTA
SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODE R LEGISL ATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que, en
virtud del tiempo transcurrido en exceso, declara que ha operado de pleno
derecho la prescripción para la imposición de sanciones administrativas,
rel a t ivo al Pro c e dimien t o Adm i n istrat i v o de Dete r m inac n d e
Responsabilidades con número de expediente P.A. 24/2018, que se inic
en contra del C. Gustavo Salomón Lara Torres, Presidente Municipal del
Ayunt ami ento de Ajalpan, Pu ebla , admin istr ac n 2014- 2018 , por el
ejercicio fiscalizado comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2015,
ten i endo el prese n te Decret o el valo r de cosa juzg a da en ma t eria
administrativa, ordenándose el archivo de este expediente, en relación con la
citada responsabilidad administrativa.
(Cuarta Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla Martes 19 de marzo de 2024
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GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que, en virtud del tiempo transcurrido en exceso, declara
que ha operado de pleno derecho la prescripción para la imposición de sanciones administrativas, relativo al
Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades con número de expediente P.A. 24/2018, que
se inició en contra del C. Gustavo Salomón Lara Torres, Presidente Municipal del Ayuntamiento de Ajalpan,
Puebla, administración 2014-2018, por el ejercicio fiscalizado comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de
2015, teniendo el presente Decreto el valor de cosa juzgada en materia administrativa, ordenándose el archivo de
este expediente, en relación con la citada responsabilidad administrativa.
Al margen un sello co n el Escudo N acional y una leyenda que di ce: Estados Uni dos Mexicanos. H. Congreso
del Estado de Puebla.
LICENCIADO SERGIO SALOMÓN CÉSPEDES PEREGRI NA, Gobernador Substituto del Estado Libre
y Soberano de Puebla, a sus habitan tes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congres o, se me ha remitido el siguiente:
EL HONORABLE SEXAGÉSIMO PRIMER CONGRESO CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
Que en la Sesión Pública Ordinaria de esta fecha, Vuestra Soberanía ha tenido a bien discutir y aprobar, el
Dictamen con Minuta de Decreto emitido por la Comisión de Control, Vigilancia y Evaluación de la Auditoría
Superior del Estado de Puebla, respecto al expediente número P.A. 24/2018, relativo al Procedimiento
Administrativo de Determinac ión de Responsabilidades, iniciado en co ntra del C. Gustavo Salo món Lara Torres,
Presidente Municipal Constituciona l del Ayuntamiento de Ajalpan, Puebla, administración 2014-2018;
concretamente por el ejercicio fiscalizado comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil
quince, y -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ANTECEDENTES
PRIMERO. Que el quince de febrero de dos mil catorce, el C. Gustavo Salomón Lara Torres, tomó posesión
como Presidente Municipal Co nstitucional del Ayuntamiento de Ajalpan, Puebla, administración 2014-2018;
tal y como consta en la copia certificada por el Director General de Gob ierno del Estado de Puebla de la Constancia
de Mayoría, documento que se encuentra agregado al expediente P.A. 24/2018 de la Dirección Jurídica de
Substanciación de la Auditoría Superior del Estado de Puebla. ------------------------------------------------------------------
SEGUNDO. El treinta y uno de julio de dos mil dieciocho, el Quincuagésimo Noveno Congreso Constitucional del
Estado Libre y Soberano de Puebla, emitió Decreto por medio del cual se autorizó a la Auditoría Superior del Estado
de Puebla, para que iniciara y substanciara Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades en
contra del C. Gustavo Salomón Lara Torres, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Ajalpan,
Puebla, administración 2014-2018; por diversas irregularidades que fueron contempladas en el Pliego de Cargos
vencido número 07852C/2014-2018, por un monto total de $189'496,405.95 (ciento ochenta y nueve millones
cuatrocientos noventa y seis mil cuatrocientos cinco pesos 95/100 Moneda Nacional). ------------------------------------------
TERCERO. La Auditoría Superior del Estad o de Puebla, con fecha dieciséis de agosto de dos mil veintidós,
dictó acuerdo de radicación en el que se tuvo por recibido el Decreto antes señalado, ordenándose integrar y
registrar el Expediente Administrativo, bajo el número P.A. 24/2018, de la Dirección Jurídica de Substanciación de
la Auditoría Superior del Estado de Puebla, iniciando Procedimiento Administrativo de Determinación de
Martes 19 de marzo de 2024 Periódico Oficial del Estado de Puebla (Cuarta Sección)
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Responsabilidades en contra del C. Gustavo Salomón Lara Torres, Presidente Municipal Constitucional del
Ayuntamiento de Ajalpan, Puebla, administración 2014-2018; instruyendo la citación del involucrado para que
compareciera al desahogo de la audiencia de pruebas y alegatos, prevista p or el artículo 68, fra cción I de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla. -----------------------------------------------------------
CUAR TO. En cumpl imiento a lo ord enado en el pu nto que ante cede, medi ante ofici o n úmero
ASP/3 071-22/DGJ-DJS, de fecha dieciséis de agosto de dos mil veintidós, se citó al C. Gustavo Salomón La ra
Torres, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Ajalpan, Puebla, administración 2014-2018,
a efecto de que compareciera el veintitrés de agosto de dos mil veintidós, a las diez horas, a la Dirección Jurídica de
Substanciaci ón de la Auditoría Superio r del Estado, para ofrecer pruebas y alegar lo que a su inte rés conviniera,
por sí o por me dio de un d efensor o per sona de su c onfianza que a l efec to desi gnara, oficio citator io que le
fue not ificado conf orme a derecho e l d iecisiet e d e a gosto de dos mil vei ntidós, tal y como c onsta de la
cédu la de notificación. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
QUINTO. El veintitrés de agosto de dos mil veintidós a las once horas, se desahogó la audiencia prevista por la
fracción I del artículo 68 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, en la que
se hizo constar la incomparecencia del C. Gustavo Salomón Lara Torres, en su carácter de Presidente
Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Ajalpan, Puebla , administración 2014-2018, asimismo, se hizo
constar la incomparecencia del representante del Ayuntamiento de Ajalpan, Puebla, administración 2018-2021,
por lo que se tuvo por desahogada la audiencia prevista dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación
de Responsabilidades, y se hizo efectivo el apercibimiento contenido en el citatorio con número de oficio
ASP/3071-22/DGJ-DJS, de fecha dieciséis de agosto de dos mil veintidós. ---------------------------------------------------
SEXTO. El veinticuatro de octubre de dos mil veintidós, el C. Gustavo Solomon Lara Torres, Presidente
Municipal del Ayuntamiento de Ajalpan, Puebla, administración 2014-2018, presentó escrito de la misma fecha,
recibido con folio 202236200, a través del cual señaló lo siguiente: “…es preciso señalar que dicho Procedimiento
Administrativo de Determinación de Responsabilidades iniciado en mi contra se observa qu e jurídicamente ha
operado la figura de prescripción contemplada en la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el
Estado de Puebla; ya que el periodo de revisión por el que fui auditado y que dio origen al inicio del Procedimiento
Administrativo de Determinación de Responsabilidades comprende del uno de enero al treinta y uno de diciembre
del año 2015 y a la fecha en que fui notificado y tuve co nocimiento del multicitado Procedimiento Administrativo de
Determinación de Responsabilidades han transcurrido más de siete años y ocho meses, por lo que dicha situación
se encuentra contemplada claramente en la fracción II del artículo 101 de la Ley de Fiscalización Superior y
Rendición de Cuentas para el Estado de Puebla”; por lo que con Acuerdo de fecha veinticuatro de octubre de dos
mil veintidós se tuvo por recibido dicho escrito, ordenándose integrar al expediente que se resuelve, para los efectos
que conforme a derecho haya lugar; Acuerdo debidamente notificado conforme a derecho el nueve de noviembre de
dos mil veintidós, tal y como consta de la cédula de notificación. ---------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. Que lo s artículos 108, cuarto párrafo y 109, fracción III de la Constitución Política de los Estados Uni dos
Mexicanos; sexto transitorio de l Decreto por el que se reforman, adicio nan y derogan diversa s disposiciones de la
Constitución Federal en comento, en materia de co mbate a la co rrupción, p ublicado en el Diario Ofic ial de la
Federación el veintisiete d e mayo de dos mil quince; 124, f racción II de la Constitución Polí tica del Estado Li bre
y Sob erano de Puebla; transito rio tercero, segundo párr afo y cuart o del De creto que reforma, adicio na y dero ga
diversas disposiciones de la Constitución Polít ica del Estado Libre y Soberano de Puebla, en mat eria de Combate
a la Corrupción, publicado en el P eriódico Oficial del Es tado de Puebla, el cuatro de noviembre de dos mil
dieciséis y s u Nota Aclaratoria P ublicada en el mismo med io con fecha diez del mismo mes y año; 1, fracciones I,
II, III, y V, 2, 3, fracción I, 48 , 66 y 68 d e la Ley de Responsabilidades d e los Servidores Públicos del Estado de
Puebla; 15, 18, 20 y 134 de la Le y Orgánica del Pode r Legislativo del Estad o Libre y Soberano de Puebla; 1, 91 y

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