Periódico Oficial del Estado de Puebla del 18-02-2022. Número 13 - Sección CUARTA

Fecha de publicación18 Febrero 2022
Número de Gaceta13
SecciónCUARTA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
Sumario
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
VIERNES 18 DE FEBRERO DE 2022
TOMO DLXII
NÚMERO 13
CUARTA
SECCIÓN
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO
ACUERDO del Consejo General del Instituto Electoral del Estado, por el cual determina la ubicación
de los Centros de Acopio y Transmisión de Datos, así como del Centro de Captura y Verificación de Datos para el
Programa de Resultados Electorales Preliminares, para el Proceso Electoral Extraordinario 2022.
ACUERDO del Consejo General del Instituto Electoral del Estado, por el que instruye a los Consejos
Municipales Electorales de Tlahuapan, Teotlalco y San José Miahuatlán, pertenecientes a los Distritos Electorales
Uninominales 07, 22 y 26, con Cabecera en San Martín Texmelucan, Izúcar de Matamoros y Ajalpan, para que supervisen
las actividades relacionadas con la implementación y operación del Programa de Resultados Electorales Preliminares en
los Centros de Acopio y Transmisión de Datos, que funcionarán con motivo del Proceso Electoral Extraordinario 2022.
ACUERDO del Consejo General del Instituto Electoral del Estado, por el que se determina la fecha y
hora de inicio de la publicación de los datos e imágenes de los resultados preliminares, el número de actualizaciones de los
datos por hora, el número de actualizaciones por hora de las bases de datos que contengan los resultados preliminares; la
fecha y hora de publicación de la última actualización de datos e imágenes de los resultados electorales preliminares, así
como lo relativo a los simulacros del Programa de Resultados Preliminares, para el Proceso Electoral Extraordinario 2022.
ACUERDO del Consejo General del Instituto Electoral del Estado, por el que ajusta la carpeta de
documentación y material electoral que se utilizarán en el Proceso Electoral Extraordinario 2022.
ACUERDO del Consejo General del Instituto Electoral del Estado, por el que ajusta la Convocatoria
dirigida a la Ciudadanía, así como a las Organizaciones de la Sociedad Civil, interesadas en participar como observadoras
u observadores electorales en el Proceso Electoral Extraordinario 2022.
2 (Cuarta Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla Viernes 18 de febrero de 2022
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO
ACUERDO del Consejo General del Instituto Electoral del Estado, por el cual determina la ubicación de los
Centros de Acopio y Transmisión de Datos, así como del Centro de Captura y Verificación de Datos para el
Programa de Resultados Electorales Preliminares, para el Proceso Electoral Extraordinario 2022.
Al margen el logotipo oficial del Instituto, con una leyenda que dice: IEE. Instituto Electoral del Estado. Puebla.
a) Número y rubro del Acuerdo:
CG/AC-018/2022 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO,
POR EL CUAL DETERMINA LA UBICACIÓN DE LOS CENTROS DE ACOPIO Y TRANSMISIÓN DE
DATOS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CAPTURA Y VERIFICACIÓN DE DATOS PARA EL PROGRAMA
DE RESULTADOS ELECTORALES PRELIMINARES, PARA EL PROCESO ELECTORAL
EXTRAORDINARIO 2022
b) Fecha y tipo de sesión en el que fue aprobado:
En la sesión ordinaria de fecha primero de febrero del dos mil veintidós.
c) Extracto del Acuerdo:
2. MARCO JURÍDICO APLICABLE
(…)
El artículo 350, numeral 1, establece que los CATD son los centros oficiales en los cuales se lleva a cabo el
acopio de las actas de escrutinio y cómputo destinadas para el PREP; constituyen las unidades básicas de la
operación del PREP, en las cuales, además se pueden realizar actividades de digitalización, captura, verificación y
transmisión de datos e imágenes, conforme se establezca en el proceso técnico operativo.
De acuerdo con lo señalado en el numeral 2, del artículo 350, los CCV son los centros en los que se realizan
actividades de captura y verificación de datos, los cuales se podrán ubicar preferentemente, en alguna sede del
Instituto o de los Organismos Públicos Locales, según corresponda, o bien en cualquier otra sede dentro del
territorio de la demarcación correspondiente; los CCV se pueden instalar adicionalmente a los CATD pues, en su
caso, fungen como apoyo en las labores de captura y verificación de datos. Para determinar su instalación se deberán
tomar en consideración las capacidades técnicas, materiales y humanas con que cuente el Instituto o los Organismos
Públicos Locales, según corresponda.
(…)

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