Periódico Oficial del Estado de Puebla del 17-03-2022. Número DLXIII - Sección TERCERA

Fecha de publicación17 Marzo 2022
Número de GacetaDLXIII
SecciónTERCERA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
Sumario
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
JUEVES 17 DE MARZO DE 2022
TOMO DLXIII
NÚMERO 13
TERCERA
SECCIÓN
GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA
ACUERDO del Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio
de Puebla, de fecha 3 de enero de 2022, por el que delega al C. Bernardo Arrubarrena García,
Secretario de Administración y Tecnologías de la Información, la facultad para que suscriba
todo tipo de acuerdos, convenios, contratos y demás actos que le sean requeridos de
conformidad con la legislación y normatividad reglamentaria aplicable, con las responsabilidades
que de tales ordenamientos emanen.
ACUERDO del Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio
de Puebla, de fecha 3 de enero de 2022, por el que delega al C. Edgar Vélez Tirado, Secretario
de Movilidad e Infraestructura, la facultad para que suscriba todo tipo de acuerdos, convenios,
contratos y demás actos que le corresponda conocer, de conformidad con la legislación y
normatividad aplicable, en el ámbito de sus atribuciones con las responsabilidades que de
tales ordenamientos emanen.
ACUERDO de Cabildo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla,
de fecha 4 de marzo de 2022, por el que reforma el artículo 357 del Código Reglamentario del
Municipio de Puebla.
ACUERDO de Cabildo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla,
de fecha 4 de marzo de 2022, por el que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones
del Capítulo 10 “Tránsito Municipal, Movilidad y Seguridad Vial” y del Capítulo 24 “del Servicio
Público de Estacionamientos” del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla.
2 (Tercera Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla Jueves 17 de marzo de 2022
GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA
ACUERDO del Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, de fecha 3 de
enero de 2022, por el que delega al C. Bernardo Arrubarrena García, Secretario de Administración y Tecnologías de
la Información, la facultad para que suscriba todo tipo de acuerdos, convenios, contratos y demás actos que le sean
requeridos de conformidad con la legislación y normatividad reglamentaria aplicable, con las responsabilidades que
de tales ordenamientos emanen.
Al margen el Escudo de la Ciudad de Puebla, con una leyenda que dice: Puebla. Contigo y con rumbo. Gobierno
Municipal. Secretaría del Ayuntamiento. Secretaría del Ayuntamiento. O/59/SAYT/GEN/E.
EDUARDO RIVERA PÉREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL HONORABLE
AYUNTAMIENTO DE PUEBLA, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES I, Y II,
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 102, 103 Y 105
FRACCIÓN III, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA;
2, 3, 91 FRACCIONES II, Y LXIV, DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 9, PRIMER PÁRRAFO, 11
FRACCIONES III, Y XXII, 21 FRACCIONES II, III, XII, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
OFICINA DE LA PRESIDENCIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE
PUEBLA; 8 FRACCIONES I, VIII Y XI Y 11 FRACCIONES II, XLIV DEL REGLAMENTO INTERIOR
DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN DEL
HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; ASÍ COMO EL ARTÍCULO 24
FRACCIÓN I, DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL COMITÉ MUNICIPAL DE ADJUDICACIONES
DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, HE TENIDO A BIEN EXPEDIR
EL SIGUIENTE: ACUERDO DELEGATORIO, A FAVOR DEL C. BERNARDO ARRUBARRENA
GARCÍA, SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN DEL
HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA.
CONSIDERANDO
I. Conforme a lo dispuesto en los artículos 115 fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, y 102 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, cada Municipio será gobernado
por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y
síndicos que la ley determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el
Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.
II. Los artículos 103 y 105 fracción III, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla,
disponen que los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la
ley; tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las
legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones
administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración
pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y
aseguren la participación ciudadana y vecinal.
III. Los artículos 2, 3 y 4 de la Ley Orgánica Municipal indican que el Municipio Libre es una Entidad de
derecho público, base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado de Puebla,
integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un gobierno de elección popular directa; y que éste se
encuentra investido de personalidad jurídica y de patrimonio propios, su Ayuntamiento administrará libremente su
hacienda y no tendrá superior jerárquico.
IV. El artículo 91 de la Ley Orgánica Municipal, señala en su fracción II, y LXIV, las facultades de los
Presidentes Municipales, consistentes en cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y disposiciones
administrativas; y las demás que le confieren los reglamentos y las que acuerde el Cabildo.

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