Periódico Oficial del Estado de Puebla del 16-11-2023. Número 11 - Sección TERCERA

Fecha de publicación16 Noviembre 2023
Número de Gaceta11
SecciónTERCERA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
Sumario
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA
JUEVES 16 DE NOVIEMBRE DE 2023
TOMO DLXXXIII NÚMERO 11
TERCERA
SECCIÓN
GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE VENUSTIANO CARRANZA
ACUERDO de Cabildo del Honorable Ayuntamiento del Municipio
de Venustiano Carranza, de fecha 29 de agosto de 2023, por el que aprueba el
REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y VIALIDAD PARA EL MUNICIPIO DE
VENUSTIANO CARRANZA, PUEBLA.
Jueves 16 de noviembre de 2023 Periódico Oficial del Estado de Puebla (Tercera Sección) 3
GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE VENUSTIANO CARRANZA
ACUERDO de Cabildo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Venustiano Carranza, de fecha 29 de
agosto de 2023, por el que aprueba el REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y VIALIDAD PARA EL MUNICIPIO DE
VENUSTIANO CARRANZA, PUEBLA.
Al margen un sello con el Escudo Nacional y una le yenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. Presidencia
Municipal. V. Carranza, Pue. 2021-2024.
ERNESTO GARCÍA RODRÍGUEZ, Presidente Municipal Constitucional del Honorable Ayunta miento del
Municipio de Venustiano Carranza, Puebla, a sus habitantes hace saber:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La promulgación y observancia del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Venustiano Carranza,
Puebla, constituye un sólido funda mento para promover la adecuada organización de las vialid ades, transeúntes,
pasajeros, conductores y modalidades de operación, requisitos, y sanciones con motivo de faltas e infracciones en
materia de tránsito y vialidad municipal, reafirmando la paz social y haciendo posible una sociedad armónica,
democrática e incluyente para los ciudadanos y los elementos que intervienen en su regulación.
El H. Ayuntamiento de Venustiano Carranza, Puebla, está comprometido con sus habitantes, basándose en un
marco de legalidad y compromiso social, en aras de alcanzar el bienestar social de sus gobernados, respondiendo a
los cambios que vive el país y en consecuencia el Municipio; por ello, es necesario enfrentar los nuevos escenarios
de manera dinámica e inmediata, tratando de atender las necesidades de la población, solucionando sus demandas y
procurando el beneficio común y de jus ticia social con voluntad de ayudar y servir, adoptando un proceso de mejora
regulatoria integral, co ntinua y permanente, que bajo los pr incipios de máxima utilidad para la sociedad y
transparencia promueva la eficacia y eficiencia de este Gobierno, reconociendo el contexto histórico y cultural del
Municipio, se presenta el presente Reglamento del Servicio Profesional de Carrera Policial.
CONSIDERANDOS
Primero. Que el artículo 115 fracciones I y ll de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
establecen q ue los Estados adoptarán, para su régimen i nterior, la forma de gobierno republicano, representativo,
popular, teniendo como base de subdivisión territorial y de su organización política y administrativa el Municipio
Libre, gobernado por un Ayuntamiento de elección popular direc ta, integrado por un Presidente Municipal y el
número de regidores y síndicos que la ley determine. Asimismo, estarán investidos de personalidad jurídica y
manejarán su patrimonio conforme a la ley.
Los ayuntamientos tendrán facultades para aprob ar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán
expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones
administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración
pública municipal, regulen las materias, pr ocedimientos, funciones y serv icios públicos de su competencia y
aseguren la participación ciudadana y vecinal.
Segundo. Que el artículo 105 f racción III de la Constitución Política para el Estado Libre y Sober ano de
Puebla, e stablecen que la a dministración pública municipal será cent ralizada y d escentralizada, con s ujeción a las
siguientes d isposiciones:
4 (Tercera Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla Jueves 16 de noviembre de 2023
III. Los Ayuntamientos tendrán facultades para expedir de acuerd o con las Leyes en materia Municipal que
emita el Congreso del Estado, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones
administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración
pública municipal, regulen las materias, pr ocedimientos, funciones y servicios públi cos de su competencia y
aseguren la participación ciudadana y vecinal.
Tercero. Que el artículo 78 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal, establece que entre muchas atribuciones
de los Ayuntamientos se encuentra expedir y actualizar Bandos de Po licía y Gobierno, reglamentos, circulares y
disposiciones administrativas de observancia general, refer entes a su organización, funcionamiento, servicios
públicos que deban prestar y demás asuntos de su competencia, sujetándose a las bases normativas establecidas por
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, vigilando su observancia y aplicación; con pleno
respeto a los derechos humanos que reconoce el orden jurídico nacional;
que lo s Bandos de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y demás disposiciones de observancia general
constituyen los diversos cuerpos normativos tendientes a regular, ejecutar y hacer cumplir el ejercicio de las
facultades y obligaciones que esta ley confiere a los Ayuntamientos en el ámbito d e su competencia, y deberán
respetar los derechos humanos consagrados en el orden jurídico mexicano.
establecen la facultad de los Ayuntamientos para proveer, dentro de la esfera de su co mpetencia, la correcta
ejecución o la debida aplicación d e las leyes o disposiciones en materia municipal. Así como para aprobar Bandos
de Policía y Gobierno, reglamentos y disposiciones administrativas de observancia general, que organicen la
Administración Pública Municipal y dentro de sus respectivas jurisdicciones, regulen las materias, proced imientos,
funciones y servicios públicos de su competencia , asegurando la participación ciudadana y vecinal; llevarán a cabo
el proceso reglamentario, que comprenderá las etapas de propuesta, análisis, discusión, aprobació n y publicación.
Sexto. Que el artículo 89 de la Ley Orgánica Municipal establece que el gobierno municipal, se encuentra
facultado dentro del marco legal para manejar libremente su patrimonio y expedir los diversos regla mentos y
disposiciones administrativas de observancia general.
Séptimo. La Seguridad Pública, tránsito y vialidad municipal es una función a cargo de la Federación, las
entidades federativas y municipios, que tiene como fines regular el derecho al libre tránsito, regulando las acciones y
omisiones para aquellas personas conductoras de vehículos, salvaguardar la integridad y derechos de las personas
pasajeros y transeúntes, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos, la sanción de las infracciones
administrativas, así como las medidas de seguridad correspondientes, en términos de esta Ley, en las respectivas
Octavo . Que el libre trán sito, es una garantí a individu al consagrad a por la Constituci ón y, por tanto, es una
respon sabilidad ineludi ble del Estado, la cual a su vez t ienen su fundamen to e n lo s in strumentos jurídi cos
intern acionales que Méxic o ha s uscrito y que, po r mandato Constituc ional, fo rman part e del ma rco norma tivo
que no s rige.
Noveno. Que, los artículos 208, 209, 212, 213 de la Ley Orgánica Municipal establecen la función de seguridad
pública a cargo de los Ayuntamientos, donde el titular de la Presidencia Municipal es el principal responsable de la
paz pública, de la protección de los derechos de las personas y el orden público y el Ayuntamiento instituye el
cuerpo de policía preventivo y el de tránsito municipal para ello.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR