Periódico Oficial del Estado de Puebla del 13-07-2018. Número 10 - Sección SEGUNDA

Fecha de publicación13 Julio 2018
Número de Gaceta10
SecciónSEGUNDA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
Sumario
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
VIERNES 13 DE JULIO DE 2018
TOMO DXIX NÚMERO 10
SEGUNDA
SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que admite el Recurso de
Revocación interpuesto por el C. José Francisco Rosas Romero, Presidente Municipal de Tecali de Herrera,
administración 2005-2008, en contra del similar de fecha 1 de marzo de 2017, dictado dentro del
Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades número P.A. 37/2008, y que se
radicó con el número de expediente R.C. 09/2017.
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que admite el Recurso de
Revocación interpuesto por el C. Horacio de los Santos Francisco, Presidente Municipal de Tepatlaxco de
Hidalgo, administración 2008-2011, en contra del similar de fecha 9 de noviembre de 2016, dictado dentro
del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades número P.A. 08/2011, y que se
radicó con el número de expediente R.C. 04/2017.
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que admite el Recurso de
Revocación interpuesto por el C. Patrocinio Miguel Ángel Toledano Montiel, Presidente Municipal de
Teziutlán, administración 2002-2005, en contra del similar de fecha 4 de julio de 2017, dictado dentro del
Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades número P.A. 77/2006, y que se
radicó con el número de expediente R.C. 13/2017.
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que admite el Recurso de
Revocación interpuesto por el C. Blas Villegas Lara, Administrador General de la Comisión Estatal de
Agua y Saneamiento de Puebla, en contra del similar de fecha 9 de noviembre de 2016, dictado dentro
del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades número P.A. 43/2012, y que
se radicó con el número de expediente R.C. 03/2017.
(Segunda Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla Viernes 13 de julio de 2018
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GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que admite el Recurso de Revocación interpuesto por el
C. José Francisco Rosas Romero, Presidente Municipal de Tecali de Herrera, administración 2005-2008, en contra
del similar de fecha 1 de marzo de 2017, dictado dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de
Responsabilidades número P.A. 37/2008, y que se radicó con el número de expediente R.C. 09/2017.
Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Congreso del
Estado de Puebla.
JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a sus
habitantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha remitido el siguiente:
EL HONORABLE QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
Que en la Sesión Pública Ordinaria de esta fecha, Vuestra Soberanía, ha tenido a bien discutir y aprobar el
Dictamen con Minuta de Decreto emitido por la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior del Estado de Puebla,
respecto A un escrito calzado con una firma a nombre del C. José Francisco Rosas Romero, Presidente
Municipal de Ayuntamiento de Tecali de Herrera, administración 2005-2008, por el Periodo Fiscalizado
comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil siete; por el cual interpone Recurso de
Revocación en contra del Decreto que contiene la Resolución dictada por el Honorable Quincuagésimo Noveno
Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, de fecha uno de marzo de dos mil diecisiete, dentro del
Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades identificado con el número P.A. 37/2008, de
los de la entonces Dirección Jurídica Contenciosa de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, por lo que esta
Legislatura; con la competencia que le otorgan los artículos 3 fracción I, 73 y 74, fracción I de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla; en términos de los artículos transitorios tercero,
segundo párrafo y cuarto del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, en materia de Combate a la Corrupción, publicado en el Periódico
Oficial del Estado de Puebla, el cuatro de noviembre de dos mil dieciséis y su Nota Aclaratoria publicada en el
mismo medio con fecha diez del mismo mes y año; artículo tercero transitorio de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el dieciocho de julio de dos mil
dieciséis; segundo transitorio del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que deroga diversas
Periódico Oficial del Estado, el viernes veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete; procede a analizar los
mismos, a efecto de emitir el Dictamen correspondiente; y ---------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. Que el día dieciocho de mayo de dos mil diecisiete, fue presentado ante la Oficialía de Partes del Honorable
Congreso del Estado de Puebla, un escrito que consta de veinticinco fojas útiles en su anverso, de fecha once de
mayo de dos mil dieciséis (sic), con una firma a nombre del C. José Francisco Rosas Romero, asimismo con fecha

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