Periódico Oficial del Estado de Puebla del 08-03-2024. Número 6 - Sección QUINTA

Fecha de publicación08 Marzo 2024
Número de Gaceta6
SecciónQUINTA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
VIERNES 8 DE MARZO DE 2024
TOMO DLXXXVII
NÚMERO 6
QUINTA
SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que, en virtud del tiempo
transcurrido en exceso, declara que ha operado de pleno derecho la prescripción para la imposición
de sanciones administrativas, relativo al Procedimiento Administrativo de Determinación de
Responsabilidades con número de expediente P.A. 63/2018, que se inició en contra del C. Luis Alejandro
Fabre Bandini, Coordinador General del Organismo Operador del Servicio de Limpia del Municipio
de Puebla, por el periodo fiscalizado comprendido del 1 de enero al 14 de febrero de 2014, teniendo
el presente Decreto el valor de cosa juzgada en materia administrativa, ordenándose el archivo de
este expediente, en relación con la citada responsabilidad administrativa.
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que, en virtud del tiempo
transcurrido en exceso, declara que ha operado de pleno derecho la prescripción para la imposición
de sanciones administrativas, relativo al Procedimiento Administrativo de Determinación de
Responsabilidades con número de expediente P.A. 57/2016, que se inició en contra del C. Jorge Vidal
Sánchez González, Presidente Municipal del Ayuntamiento de Mazapiltepec de Juárez, Puebla,
administración 2011-2014, por el periodo fiscalizado comprendido del 1 de enero al 14 de febrero
de 2014, teniendo el presente Decreto el valor de cosa juzgada en materia administrativa,
ordenándose el archivo de este expediente, en relación con la citada responsabilidad administrativa.
(Quinta Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla Viernes 8 de marzo de 2024
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GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que, en virtud del tiempo transcurrido en exceso, declara
que ha operado de pleno derecho la prescripción para la imposición de sanciones administrativas, relativo al
Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades con número de expediente P.A. 63/2018, q ue
se inició en contra del C. Luis Alejandro Fabre Bandini, Coordinador General del Organismo Operador del Servicio
de Limpia del Municipio de Puebla, por el periodo fiscalizado comprendido del 1 de enero al 14 de febrero de 2014,
teniendo el presente Decreto el valor de cosa juzgada en materia administrativa, ordenándose el archivo de este
expediente, en relación con la citada responsabilidad administrativa.
Al margen un sello co n el Escudo Nac ional y una le yenda q ue dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Congreso
del Estado d e Puebla.
LICENCIADO SERGIO SALOMÓ N CÉSPEDES PEREGRI NA, Gobernador Substituto del Estado Libre
y Soberano de Puebla, a sus habita ntes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congr eso, se me ha remitido el siguiente:
EL HONORABLE SEXAGÉSIMO PRIMER CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
Que en la Sesión Públ ica Ordinaria de es ta fecha, Vuestra S oberanía ha tenido a bie n discutir y aprobar , el
Dictamen con Minut a de Decreto emitido por la Comisión de Control, Vigilancia y Evaluació n de la Auditoría
Superior del Estado de Puebl a, respecto al expediente número P.A. 63 /2018, relat ivo al Procedimiento
Administrati vo de Determi nación de Resp onsabilidades, inic iado en contra del C. Luis Alejandr o Fabre
Bandini, Coordinador General del Org anismo Operador del Servici o de Limpia del Muni cipio de P uebla,
concretamente por el periodo fisc alizado comprendido del uno de enero al catorce de febrero de dos mil
catorce, y------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ANTECEDENTES
PRIMER O. Que el quinc e de febrero de d os mil once, el C. Luis Alej andro Fabre Ba ndini, tomó
posesi ón como Coordina dor Gene ral del Organismo Operador del Servicio de Limpi a del Municipio de
Puebla; tal y como consta en la cop ia certificad a del nombramie nto, emitido p or el entonces Pr esidente
Munici pal del Ayuntam iento d e Puebl a, admin istración 2011- 2014, e n su carácter de Presidente del Consejo
Direct ivo del Org anismo Oper ador del Se rvicio de Limpia d el Municipio de Puebla , documento que se
encuen tra a gregado al expedient e P. A. 63 /2018 de la D irección Jurídic a de Sub stanciación de la Auditor ía
Superi or del Estad o de Puebla. -------------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO. El treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho, el Quincuagésimo Noveno Congreso
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, emitió Decreto por medio del cual se autorizó a la Auditoría
Superior del Estado de Puebla, para que iniciara y substanciara Procedimiento Administrativo de Determinación de
Responsabilidades en contra del C. Luis Alejandro Fabre Bandini, Coordinador General del Organismo
Operador del Servicio de Limpia del Municipio de Puebla; por diversas irregularidades que fueron contempladas
en el Pliego de Cargos vencido número 07413C/2014, por un monto total de $418'634,469.70 (cuatrocientos
dieciocho millones seiscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y nueve pesos 70/100 Mo neda Nacional). --
TERCERO. Con memorando de fecha treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho, el entonces Secretario
Técnico remitió al entonces D irector General Jurídico, ambos de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, escrito
de fecha treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho, mediante el cual el Dr. Luis Alejandro Fabre Bandini solicitó
al entonces Titular de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, lo siguiente: “[…] El día de hoy fue publicado en
Viernes 8 de marzo de 2024 Periódico Oficial del Estado de Puebla (Quinta Sección)
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el portal del H. Congreso del Estado, la Orden del Día para la sesión extraordinaria del día 31 de agosto del
presente, en donde en el punto cuatro me encuentro listado entre diversos funcionarios para un posible inicio de
procedimiento administrativo de responsabilidades por mi cuenta pública 2014. - Respetuosamente le solicito se me
notifique a la brevedad las observaciones y/o presuntas irregularidades que no pudieran ser contestadas a plen a
satisfacción p ara esta Auditoría, dado que desde 27 de agosto del año 2015 se en tregó con testación a pliego de
cargos, Exp. Núm. 07304/2014 con nú mero de recibo 201513465 […]” ; asimismo, anexo dos originales de las
Minutas de Decreto del H. Congreso del Estado, en relación al Inicio de Procedimiento de Determinación de
Responsabilidades del Organismo Operador del Servicio de Limpia del Municipio de Puebla, por el periodo del uno
de enero al catorce de febrero de dos mil catorce. -----------------------------------------------------------------------------------
CUARTO. La Auditoría Sup erior del Estado de Puebla, con fecha treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho,
dictó acuerdo de radicación en el que se tuvo por recibido el Decreto antes señalado, ordenándose integrar y
registrar el Expediente Administrativo, bajo el número P.A. 63/2018, de la Dirección Jurídica de Substanciación de
la Auditoría Superior del Estado de Puebla, iniciando Procedimiento Administrativo de Determinación de
Responsabilidades en contra del C. Luis Alejandro Fabre Bandini, Coordinador General del Organismo
Operador del Servicio de L impia del Municipio de Puebla; instruyendo la citación del involucrado para que
compareciera al desahogo de la audiencia de pruebas y alegatos, prevista p or el artículo 68, fracción I de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla. -----------------------------------------------------------
QUINTO . En cumpli miento a lo ordenado e n el punto q ue antecede , mediante o ficio número
ASP/04 844-18/DGJ- DJS, de fecha tre inta y u no de a gosto de dos mil dieciocho, se citó al C. Luis Alejandro
Fabre Bandini, Coordinado r General del O rganismo O perador d el Servici o de Li mpia del Municipio de
Puebla , a efecto de que compar eciera el siete de s eptiembre de dos mi l d ieciocho a las die z horas, a la
Direcc ión Jurídic a de Sub stanciación de la A uditoría S uperior del Estado, p ara ofrecer pruebas y alegar lo que
a s u interés convini era, por sí o por med io de un defe nsor o persona de su confianza que al efecto designara,
oficio citatorio que le fue notifi cado confo rme a de recho el treinta y uno de agosto de dos mil diecio cho, tal y
como c onsta de la cédula de no tificación. -----------------------------------------------------------------------------------
SEXTO. El siete de septiembre de dos mil dieciocho a las diez horas, se desahogó la audiencia prevista po r la
se hizo constar la comparecencia del C. Luis Alejandro Fabre Bandini, en su carácter de Coordinador General
del Organismo Operador del Servicio de Limpia del Municipio de Puebla, ante la Dirección Jurídica de
Substanciación de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, con el fin de ofrecer prueba s y formular alegatos en la
audiencia a la que fue citado; asimismo, se hizo constar la incomparecencia del que en su momento fue el actual
representante del Organismo Operador del Servicio de Limpia del M unicipio de Puebla, de igual manera se hizo
constar que el involucrado no designó defensor o persona de su confianza; y, que la defensa la llevaría por sí mismo;
audiencia en la que una vez que le fue puesto a la vista el expediente con todas y cada una de las actuaciones que lo
integran, así como las pruebas que dieron origen a las irregularidades que se le imputaron, a efecto de expresar si
tenía alguna duda al respecto, a lo que manifestó : “Que presento un escrito, en original, el cual fue elaborado bajo
mis instrucciones, y que reconozco la firma que calza al mismo, así como su contenido, conformado de doce fojas, y
mediante el cual doy contestación para todas y cada una de las irregularidades, así como ofrezco pruebas
conformados de la siguiente manera: Legajo 1 que va del folio 0001 al 0002; Legajo 2 que va del fo lio 0003 al
0034; Legajo 3 que va del folio 0035 a l 0115; Legajo 4 que va del folio 0116 al 01120; Legajo 5 (1 de 2) que va del
folio 0121 al 0922; Legajo 5 (2 de 2) que va del folio 0923 al 2014; Legajo 6 (1 de 2) que va del folio 2015 al 2390;
Legajo 6 (2 de 2) que va del folio 2391 al 3129; Legajo 7 que va del folio 3130 al 3156; Legajo 8 que va del folio
3157 al 3170; Legajo 9 con el folio 3171 al 1454; y, Legajo 10 con los folios 3172 y 3173. Cabe hacer mención que
los registros contables se rea lizaron en el Sistema de Contabilidad Gubernamental "Bussiness One", los cuales
presento de manera impresa, y no de manera electrónica, toda vez que para este periodo fiscalizado no existe
disposición expresa en la ley que me obligara a presentar la información en el Sistema Contable Guberna mental II
que se maneja en esta entidad fiscalizadora, por lo que con la documentación impresa que presento doy
cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos realizados por la autoridad. Que son todas las pruebas que

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