Periódico Oficial del Estado de Puebla del 08-02-2024. Número 5 - Sección TERCERA

Fecha de publicación08 Febrero 2024
Número de Gaceta5
SecciónTERCERA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
JUEVES 8 DE FEBRERO DE 2024
TOMO DLXXXVI
NÚMERO 5
TERCERA
SECCIÓN
GOBIERN O DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que, en virtud
del tiempo transcurrido en exceso, declara que ha operado de pleno derecho la
prescripción para la imposición de sanciones administrativas, relativo al
Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades con número
de expediente P.A. 32/2016, que se inició en contra del C. Ángel Gilberto Malpica
Hernández, Presidente Municipal del Ayuntamiento de Tepetzintla, Puebla,
administración 2011-2014, por el ejercicio fiscalizado comprendido del 1 de enero
al 31 de diciembre de 2013, teniendo el presente Decreto el valor de cosa juzgada
en materia administrativa, ordenándose el archivo de este expediente, en relación
con la citada responsabilidad administrativa.
Jueves 8 de febrero de 2024 Periódico Oficial del Estado de Puebla (Tercera Sección)
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GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Es tado, por el que, en virtud del tiempo transcurrido en exceso, declara
que ha operado de pleno derecho la prescripción para la imposición de sanciones administrativas, relativo al
Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsab ilidades con número de expediente P.A. 32/2016, que
se inició en contra del C. Ángel Gilb erto Malpica Hernández, Presidente Municipal del Ayuntamiento de
Tepetzintla, Puebla, administración 2011-2014, por el ejercicio fiscalizado comprendido del 1 de enero al 31 de
diciembre de 2013, teniendo el presente Decreto el valor de cosa juzgada en materia administrativa, ordenándose el
archivo de este expediente, en relación con la citada responsabilidad admi nistrativa.
Al margen un sello co n el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Congreso
del Estado de Puebla.
LICENCIADO SERGIO SALOMÓ N CÉSPEDES PERE GRINA, Goberna dor Substituto d el Estado Libr e
y Soberano de Puebla, a sus habi tantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congres o, se me ha remitido el siguiente:
EL HONORABLE SEXAGÉSIMO PRIMER CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
Que en la Sesión Pública Ordinaria de esta fecha, Vuestra Soberanía ha tenido a bien discutir y aprobar, el
Dictamen con Minuta de Decreto emitido por la Comisión de Control, Vigilancia y Evaluación de la Auditoría
Superior del Estado de Puebla, respecto al expediente número P.A. 32/2016, relativo al Procedimiento
Administrativo de Determinación de Responsabilidad es, iniciado en contra del C. Ángel Gilberto Malpica
Hernández, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Tepetzintla , Puebla, administración
2011-2014; concretamente por el ejercicio fiscalizado comprend ido del uno de enero al treinta y uno de
diciembre de dos mil trece, y ----------------------------------------------------------------------------------------------------------
ANTECEDENTES
PRIMERO. Que el quince de febrero de dos mil once, el C. Ángel Gilberto Malpica Hernández, tomó
posesión como Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Tepetzintla, Puebla, administración
2011-2014; tal y como consta en la cop ia certificada por el Director General de Gobierno del Estado de P uebla de la
Constancia de Mayoría, documento que se encuentra agregado al expediente P.A. 32/2016 de la Dirección Jurídica
de Substanciación de la Auditoría Superior del Estado de Puebla. ---------------------------------------------------------------
SEGUNDO. El quince de marzo de dos mil dieciséis, el Quincuagésimo Noveno Congreso Constitucional del
Estado Libre y Soberano de Puebla, emitió Decreto por medio del cual se autorizó a la Auditoría Superior del Estado
de Puebla, para que iniciara y substanciara Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades
en contra del C. Ángel Gilberto Malpica Hernández, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento
de Tepetzintla, P uebla, administración 2011-2014; por diversas irregularidades que fueron contempladas en el
Pliego de Cargos vencido número 06948C/2011 -2014, por un monto total de $31'477,519.49 (treinta y un millones
cuatrocientos setenta y siete mil quinientos diecinueve pesos 49/100 Moneda Nacional). ----------------------------------
TERCERO. La Auditoría Superior del Estado de Puebla, con fecha cuatro de enero de dos mil diecinueve, dictó
acuerdo de radicación en el que se tuvo por recibido el Decreto antes señalado, ordenándose integrar y registrar el
Expediente Administrativo, bajo el número P.A. 32/2016, de la Dirección Jurídica de Substanciación de la Auditoría
Superior del Estado de Puebla, iniciando Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades en
contra del C. Ángel G ilberto Malpica Hernández, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de
(Tercera Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla Jueves 8 de febrero de 2024
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Tepetzintla, Puebla, administración 2011-2014; instruyendo la citación d el involucrado para que compareciera al
desahogo de la audiencia de p ruebas y alegatos, prevista por el artículo 68, fracción I de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla. ------------------------------------------------------------
CUARTO. En cumplimiento a lo ordenado en el punto que antecede, mediante oficio número ASP/00354-
19/DGJ-DJS, d e fecha cuatro de enero de dos mil diecinueve, se citó al C. Ángel Gilberto Malpica Hernández,
Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Tepetzintla, Puebla, administración 2011-2014, a
efecto de que compareciera el once de febrero de dos mil diecinueve a las nueve horas, a la Dirección Jurídica de
Substanciación de la Auditoría Superior del Estado, para ofrecer pruebas y alegar lo que a su interés conviniera, por
sí o por medio de un defensor o persona de su confianza que al efecto designara, oficio citatorio que le fue
notificado conforme a derecho el treinta de enero de dos mil diecinueve, tal y como consta de la cédula de
notificación. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
QUINTO. El once de febrero de dos mil diecinueve a las diez horas, se inició el desahogo la audiencia p revista
por la fracción I del artículo 68 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos d el Estado de Puebla, en
la que se hizo con star la comparecencia del C. Ángel Gilberto Malpica Hernández, en su carácter de Presidente
Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Tepetzintla, Puebla, administración 2011-2014, ante la
Dirección Jurídica de Substanciación de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, con el fin de ofrecer pruebas y
formular alegatos en la audiencia a la que fue citado ; asimismo, se hizo constar la incomparece ncia del representante
del Ayuntamiento de Tepetzintla , Puebla, administración 2018-2021, de igual manera se hizo constar que el
involucrado no designó d efensor o persona de su confianza; y, que la defensa la llevaría por sí mismo; audiencia en
la que manifestó en la etapa de pruebas: "Que en este momento solicito al personal adscrito a la Dirección de
Fiscalización Municipal de esta Auditoría Superior del Estado Puebla, a efecto de que me aclare respecto a las
irregularidades números uno y dos, cual es la documentación que debo presentar, y una vez que me sea realizada la
aclaración, solicito se me proporcion e nueva fecha para continuar con la presente diligencia y n o quedar en estado
de indefensión, lo anterior para estar en posibilidad de presentar la documentación necesaria". Prosiguiendo, el
personal actuante concedió el uso de la voz a la C.P. María Magdalena Yahuitl Gómez, personal adscrito a la
Dirección de Fiscalización Municipal de la Auditoría Superior del Estado Puebla, para que aclare la duda planteada
por el compareciente y al respecto manifestó: "para solventar la irregularidad 1 debe presentar copia certificada
del acuerdo de Cabildo mediante la cual se aprueba los comprobantes de subsidios, ayudas, donativos,
transferencias debidamente comprob ados y justificados, adjuntando la solicitud del apoyo y el recibo que debe
contener concepto, nombre y firma de la persona que recibe, sello de la institución o comité beneficiado, de la
identificación oficial de la persona que recibe y constancia debidamente requisitada con fecha, sello y firma de
recibido; y, para la irregularidad do s debe presentar copia certificada de la integración del saldo de Cuentas por
Cobrar, especificando fecha de registro y/o antigüedad, concepto e importe debidamente firmada, pólizas de origen
por el gasto de las comisiones cobradas y de registro donde se cancele la cuenta por cobrar y copia certificada de
la documentación comprobatoria que soporte el saldo; es decir, del estado de cuentas donde se observe el cargo" .
Por lo que la Autoridad Fiscalizadora respecto a la solicitud hecha por el involucrado; se acordó favorable,
señalándose las nueve horas del diecinueve de marzo del d os mil diecinueve, para la continuación de dicha
audiencia en su fase de pruebas y alegatos, con el apercibimiento que de no co mparecer a la referida audiencia en los
términos indicados, ésta se llevaría a cabo; circunstancia de la que en ese acto fue notificado el involucrado por
encontrarse presente firmando al margen y al calce de conformidad.------------------------------------------------------------
SEXTO. El diecinueve de marzo de dos mil dieci nueve a las once horas, se continuó con el desahogo de la
audiencia prevista por la fracción I del artículo 68 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del
Estado de P uebla, en la que se hizo constar la incomparecencia del C. Ángel Gilberto Malpica Hernández, en su
carácter de Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Tepetzintla, Puebla, administración
2011-2014, por lo que se tuvo por concluida la audiencia prevista dentro del Procedimiento Administrativo de
Determinación de Responsabilidades, y se hizo efectivo el apercibimiento contenido tanto en el citatorio con número
de oficio ASP/00354 -19/DGJ-DJS, de fecha cuatro de enero de dos mil diecinueve, como en la audienc ia celebrada
el once de febrero de dos mil diecinueve. ---------------------------------------------------------------------------------------------

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