Periódico Oficial del Estado de Puebla del 06-07-2021. Número 4 - Sección TERCERA

Fecha de publicación06 Julio 2021
Número de Gaceta4
SecciónTERCERA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
Sumario
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
MARTES 6 DE JULIO DE 2021
TOMO DLV NÚMERO 4
TERCERA
SECCIÓN
GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA
ACUERDO de Cabildo del Honorable Ayuntamiento del Municipio
de Puebla, de fecha 17 de marzo de 2021, que aprueba el Dictamen presentado
por los integrantes de la Comisión de Servicios Públicos, por el que aprueba
el PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS
SÓLIDOS URBANOS DEL MUNICIPIO DE PUEBLA.
2 (Tercera Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla Martes 6 de julio de 2021
GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA
ACUERDO de Cabildo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, de fecha 17 de marzo de 2021,
que aprueba el Dicta men presentado por los integrantes de la Comisión de Servicios Públicos, por el que aprueba el
PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y GE STIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DEL
MUNICIPIO DE PUEBLA.
Al marge n el logotipo oficial del Municipio de Puebla, con una leyenda que dice: Puebla. Ciudad Incluyente.
2018-2021. Presidencia Municipal. O/5/PM/OPM U/C.
CLAUDIA RIV ERA VIVANCO, Presidenta Municipal de l H. Ayuntamiento del Municipio de Puebla, a sus
habitantes hace saber.
RES. 2021/216
“CON FUNDAMENTO EN LO DISPU ESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II, DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS E STADOS UNIDOS MEXICANOS; 103 PRIMER PÁRRAFO Y 105
FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA;
3, 78 FRACCIONES IV, XL V INCISO G) Y LXIII, 79, 80, 84, 85, 92 F RACCIONES III, IV Y V, 94 Y 96 DE
LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL; 2 FRACCIÓN IX, 12 FRACCIÓN VII, 92, 93, 96, 97, 114 FRACCIÓN III,
120, 122, 123 FRACCIÓN IV, 128 FRACCIÓN II, 133 y 135 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE
CABILDO Y COMISIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA;
SOMETEMOS A LA CO NSIDERACIÓN DE ESTE HONORABLE CUERPO COLEGIADO EL
DICTAMEN P OR EL CUAL SE APRUEBA EL PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y GESTIÓN
INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANO S DEL MUNICIPIO DE PUEBLA; POR LO QUE:
CONSIDERANDO
I. Que, los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica, y manej arán su patrimonio conforme a la Ley
y serán gobernados por un Ayuntamiento d e elección popular directa, que tendrá la facultad para aprobar los Bando s
de Policía y Gobierno, los reglamentos, c irculares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de
sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública Municip al, regulen en las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia, de confor midad con lo dispuesto en los artículos
115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 103 párrafo primero y 105 fracción III
de la Constitución Política del Estado Libre y Sobe rano de Puebla y 3 de la Ley Orgánica Municipal.
II. Que, la Ley Orgánica Municipal en sus artículos 78 fracciones I, IV y LXVII y 89 primer párrafo, establece
como facultades del Honorable Ayuntamiento cumplir y hacer cumplir, en los asuntos de su competencia, las leyes,
decretos y disposiciones de o bservancia general de la Federación y del Estado, así c omo los ordenamientos
municipales; expedir Bandos de Policía y Gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de
observancia general, referentes a su organización, funcionamiento, servicio s públicos que deban prestar y demás
asuntos de su competencia, sujetándose a las bases normativas establecidas por la Constitución P olítica del Estado
Libre y Soberano de Puebla, vigilando su observancia y aplicación; y la s demás que le confieran las leyes y
ordenamientos vigentes en el Municipio.
Martes 6 de julio de 2021 Periódico Oficial del Estado de Puebla (Tercera Sección) 3
III. Que, en las fracciones III, IV y V del artículo 92 de la Ley Orgánica Municip al, se determina que los
Regidores, tendrán entre otras facultades respecto de l Ayuntamiento, las siguientes: deliberación y decisión de los
asuntos que le competen; formar parte de las comisiones para las que fueren designados, dictaminar e informar
sobre los asuntos que les encomiende.
IV. Que, para facilitar el despacho de los asuntos que le competen a los Ayuntamientos, se nombrarán
comisiones permanentes o transitorias, que los examinen e instruyan hasta ponerlos en estado de resolución, y de las
Comisiones Permanentes las que sean nece sarias de acuerdo a los recursos y necesidades del Municipio, de
conformidad con lo establecido en los artículos 94 y 96 de la citada Ley Orgánica Municipal.
V. Que, dentro de las obligaciones de los Regidores está la de presentar al Cabildo las prop uestas de cualquier
norma general, puntos de acuerdo y cualquier tema de su interés; orientar y gestionar aquellas solicitude s
presentadas por la ciudadanía ante cualquier nivel o instancia de gobierno, así como el de vigilar el estricto
cumplimiento de las disposiciones normativas aplicables, en término s del artíc ulo 12 fr acciones VII y XIV del
Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones del Ho norable Ayuntamiento del Municipio de Puebla .
VI. Que, de conformidad con el artículo 2 de la Ley Orgánica Municipal, una de las principales funciones del
Ayuntamiento es garantizar y salvaguard ar en todos los ámbitos el bienestar social de la ciudadanía del Municipio, a
través de una correcta planeación estratégica para cubrir las necesidades presentes y futuras que permitan dar mayor
certidumbre a la sociedad sobre las acciones del gobierno y avanzar hacia su cabal cumplimiento, que sea positivo y
en beneficio de la colectividad.
VII. Que, con fundamento en el artículo tercero, fracción II del Decreto de Creación del Organismo Operad or
del Servicio de Limpia de l Mu nicipio de Puebla, uno de los objetivos del Orga nismo es garantizar el libre
ejercicio y disfrute de los derechos que tienen las personas a vivir en un medio ambiente adecuado para su
desarrollo , salud y bienestar.
VIII. Que, de conformidad con el artículo 5 fracciones II I, XV, XXVIII y XXXV del Reglamento Interior del
Organismo Oper ador del Servicio de Limpia del Municipio de Puebla, es competencia el formular por sí o con el
apoyo de los representantes de distintos sectores so ciales, los Programas Municipales p ara la Prevención, Gestión y
Manejo Integral de los Residuos Sólidos Urbanos, así como establecer las políticas y procedimientos pa ra el manejo
integral de los mismos, ante los cuales se deberán aplicar los principios de valorización, responsabilidad compartida,
bajo criterios de eficiencia ambiental, tecnológica, eco nómica y social en su diseño.
IX. Que, el Plan Municipal de Desarrollo 2018-2021 del Honorable Ayuntamiento de Puebla, señala en su
Programa 10 “Puebla: casa limpia y sostenible”, las líneas de acción a cargo del Organismo Operador del Servicio
de Limpia del Municipio de Puebla, con el objetivo de coordinar y sistematizar a los diferentes actores públicos y
privados que intervienen en las acciones de limpia, recolección, reciclaje, traslado, tratamiento y disposición final de
residuos sólidos y peligrosos, a través de acciones de desarrollo sostenible para la c onservación del medio ambiente,
la prevención de daños contra la salud y la tra nsformación de Puebla capital en una ciudad limpia, con la
participación, apoyo y solidaridad ciudadana.
X. Que, el municip io de Puebla afronta la necesidad de atender la generación diaria de 1700 toneladas de
residuos sólidos urbanos; en los que predomina la generación de residuos valorizables, considerando los generados
en la industr ia-comercio, con un promedio de 63% seguido por la acumulación de residuos orgánicos generad os en
el sector domiciliario con un promedio de 45% y residuos inorgánicos en menor proporción en ambos casos. Ante
esta situación, el Organismo Operador del Servicio de Limpia del Municipio de Puebla, realizó un primer
diagnóstico y la planeación necesaria para la toma de decisiones, concretándolo en el d ocumento deno minado
Programa de Prevención y Gestión Integral de Residuo s Sólidos Urbanos del Municipio de Puebla.
XI. Que, ante la creación y naturaleza del Programa para la Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos
Urbanos en el Municipio de Puebla que se pro pone tiene como principales ejes de actuación jerárquica en materia de

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