Periódico Oficial - Número 109 - Tomo CXLII de 2017-09-12

Fecha de Entrada en Vigor30 de Septiembre de 2017
PERIÓDICO OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS
Periódico Oficial del Estado
TAMAULIPAS
RESPONSABLE
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Registro Postal publicación periódica
PP28-0009
AUTORIZADO POR SEPOMEX
TOMO CXLII Victoria, Tam., martes 12 de septiembre de 2017. Número 109
"2017, Año del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Nonagésimo Sexto
Aniversario de la Constitución Política Local"
SUMARIO
GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE SALUD
CONVENIO de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios,
para la ejecución del Programa de Desarrollo Comunitario Comunidad DIFerente, para el
ejercicio fiscal 2017, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia
y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Tamaulipas…………………….…….. 2
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
H. CONGRESO DEL ESTADO
PUNTO DE ACUERDO No. LXIII-103 mediante el cual en atención a lo dispuesto por la fracción
que el día 29 de septiembre del año 2017, tendrá verificativo la Sesión Pública,
Extraordinaria y Solemne en la que el Titular del Poder Ejecutivo del Estado deberá rendir el
Informe Anual sobre el estado que guarda la administración Pública Estatal…………...…….. 10
PUNTO DE ACUERDO No. LXIII-104 mediante el cual se convoca a la Sexagésima Tercera
Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas a una Sesión Pública
Extraordinaria a celebrarse el miércoles 13 de septiembre del año 2017………………….…. 10
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
CONVOCATORIA PÚBLICA NACIONAL 008 referente a la Licitación LPE-N10-2017, LPE-N11-
2017, LPE-N12-2017, LPE-N13-2017, LPE-N14-2017 y LPE-N15-2017, mediante el cual se
convoca a los interesados en participar en la(s) Licitación(es) de carácter Nacional para la
contratación de “Centro integral de prevención y participación ciudadana en el municipio de
Reynosa, Tamaulipas.”, “Centro integral de prevención y participación ciudadana en el
municipio de Cd. Victoria, Tamaulipas.”, “Centro integral de prevención y participación
ciudadana en el municipio de Nuevo Laredo, Tamaulipas.”, “Centro integral de prevención y
participación ciudadana en el municipio de Cd. Matamoros, Tamaulipas.”, “Construcción de
un PSV en av. Rodolfo Torre Cantú en su cruce con el callejón de Barriles, en Madero,
Tamaulipas.” y “Construcción de un PIV de la av. Hidalgo con calzada San Pedro, en
Tampico, Tamaulipas.”……...……………………..………………………………………………... 12
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Victoria, Tam., martes 12 de septiembre de 2017 Periódico Oficial
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INSTITUTO ELECTORAL DE TAMAULIPAS
ACUERDO No. IETAM/CG-17
/
2017 del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, por
el que se emiten los “Lineamientos para la Sesión Especial de Cómputos Municipales del
Proceso Electoral Local 2017-2018 y su Anexo consistente en el Cuadernillo de cons ulta
sobre votos válidos y votos nulos”. (ANEXO)
- Anexo
ACUERDO No. IETAM/CG-18/2017 del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas por
el que se aprueba el Manual de Percepciones, Prestaciones y Condiciones Generales de
Trabajo de los Servidores Públicos y Miembros del Servicio Profesional Electoral Nac ional
del Instituto Electoral de Tamaulipas. (ANEXO)
- Anexo
ACUERDO No. IETAM/CG-19/2017 del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas por
el que se expide el Reglamento del Instituto Electoral de Tamaulipas para la Fiscalización
de los recursos de las agrupaciones políticas estatales. (ANEXO)
- Anexo
ACUERDO No. IETAM/CG-20/2017 del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas,
mediante el cual se aprueba el Reglamento de Fiscalización para las Organizaciones d e
Ciudadanos que pretendan obtener registro como partidos políticos locales. (ANEXO)
- Anexo
ACUERDO No. IETAM/CG-21/2017 del Consejo General, mediante el cual se aprueba el
anteproyecto de Presupuesto de Egresos del Instituto Electoral de Tamaulipas, para el
Ejercicio Fiscal del Año 2018. (ANEXO)
- Anexo
AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL
Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 12 de septiembre de 2017 Página 3
GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE SALUD
CONVENIO de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios, para
la ejecución del Programa de Desarrollo Comunitario Comunidad DIFerente, para el ejercicio fiscal 2017,
que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo
Integral de la Familia de Tamaulipas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.- Sistema
Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON
CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO COMUNITARIO
"COMUNIDAD DIFerente" DEL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL
DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL”,
REPRESENTADO POR EL L.A.E. J. JESÚS ANTÓN DE LA CONCHA Y EL ING. CARLOS PRADO BUTRÓN,
EN SU RESPECTIVO CARÁCTER DE OFICIAL MAYOR Y JEFE DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN A
POBLACIÓN VULNERABLE, Y POR LA OTRA, EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA
FAMILIA DE TAMAULIPAS, EN ADELANTE “DIF ESTATAL”, REPRESENTADO POR SU DIRECTORA
GENERAL, LIC. OMEHEIRA LÓPEZ REYNA, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE
LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
al Estado corresponde la rectoría del desarrollo nacional a efecto de garantizar que éste sea integral y
sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento
del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno
ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege la
Mexicanos establece la competencia del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del
desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía
para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.
II. La Ley de Planeación en sus artículos 24, 27, 28, 32 obliga a las Dependencias y Entidades de la
Administración Pública, a sujetarse al Plan Nacional de Desarrollo, así como a tener programas anuales
que incluirán aspectos administrativos y de política económica, social, ambiental y cultural; asimismo, en los
artículos 33, 34, 35 y 36 del mismo ordenamiento legal, faculta al Ejecutivo Federal para convenir con los
gobiernos de las entidades federativas la coordinación que se requiera a efecto de que dichos gobiernos
participen en la planeación nacional del desarrollo; coadyuven, en el ámbito de sus respectivas
jurisdicciones, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, y para que las acciones a
realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta. Asimismo, permiten al Ejecutivo
Federal convenir con las entidades federativas, entre otros temas, los procedimientos de coordinación entre
las autoridades federales, estatales y municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de
cada entidad federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de
planeación, en el ámbito de su jurisdicción y la ejecución de las acciones que deban realizarse en cada
entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando la participación que
corresponda a los municipios interesados.
III. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3, define a la asistencia social como el conjunto de acciones
tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del
individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión,
desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva. Por su parte, el
artículo 4 del instrumento legal en comento identifica como sujetos preferentes de la asistencia social a las
niñas, los niños y los adolescentes, a los adultos mayores, a las víctimas de la comisión de delitos y a los
indigentes, entre otros. Asimismo, el artículo 28, de la Ley de Asistencia Social otorga a “DIF NACIONAL” el
carácter de coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada y el artículo 54 le da
atribuciones para promover la organización y participación de la comunidad para coadyuvar en la prestación
de servicios asistenciales para el desarrollo integral de la familia. La participación de la comunidad, de
acuerdo con lo establecido por el artículo 55, debe estar encaminada a fortalecer su estructura propiciando
la solidaridad ante las necesidades reales de la población.

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