Periódico Oficial del Estado de México de 2021-10-27 - Sección Primera

Miércoles 27 de octubre de 2021 Sección Primera Tomo: CCXII No. 81
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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE SALUD
Al margen Escudo Nacional de México, un logotipo que dice : SALUD Secretaría de Salud, otro: INSABI Instituto de
Salud para el Bienestar y Escudo del Estado de México.
ANEXO 4 MONTO DE RECURSOS A TRANSFERIR Y CONCEPTOS DE GASTO DEL “ACUERDO DE
COORDINACIÓN PARA GARANTIZAR LA PRESTACIÓN GRATUITA DE SERVICIOS DE SALUD,
MEDICAMENTOS Y DEMÁS INSUMOS ASOCIADOS PARA LAS PERSONAS SIN SEGURIDAD SOCIAL EN LOS
TÉRMINOS PREVISTOS EN EL TÍTULO TERCERO BIS DE LA LEY GENERAL DE SALUD CELEBRADO POR EL
EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, EL INSTITUTO DE SALUD PARA EL
BIENESTAR Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE ESTADO DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO “EL ACUERDO DE
COORDINACIÓN”, QUE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021, CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL INSTITUTO DE
SALUD PARA EL BIENESTAR, EN LO SUCESIVO “INSABI”, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL,
MTRO. JUAN ANTONIO FERRER AGUILAR, ASISTIDO POR EL MTRO. JOAQUÍN VALENTE PAREDES
NARANJO, COORDINADOR DE FINANCIAMIENTO Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE
ESTADO DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, LIC. ALFREDO DEL MAZO MAZA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE
FINANZAS, MTRO. RODRIGO JARQUE LIRA Y POR EL SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL
INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO, DR GABRIEL JAIME O’SHEA CUEVAS, A QUIENES DE
MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ LAS PARTES, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y ESTIPULACIONES SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha treinta y uno de enero del dos mil veinte, “LAS PARTES” celebraron “EL ACUERDO DE
COORDINACIÓN”, con el objeto de establecer los compromisos a que se sujetarían para garantizar la
prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas sin
seguridad social en “LA ENTIDAD”.
II. En la cláusula Décima de “EL ACUERDO DE COORDINACIÓN” se estipuló que su Anexo 4 Monto de
Recursos a Transferir y Conceptos de Gasto, sería actualizado de manera anual por conducto de los titulares
del “INSABI”, de las Secretarías de Salud y Finanzas del Estado de México y del Instituto de Salud del
Estado de México y que éste sería publicado en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial de
“LA ENTIDAD”.
III. El 20 de enero de 2021, el Dr. Jorge Carlos Alcocer Varela, Secretario de Salud, emitió los “Criterios de
Operación del Programa de Atención a la Salud y Medicamentos Gratuitos para la Población sin Seguridad
Social Laboral para el ejercicio fiscal 2021” (CRITERIOS OPERATIVOS 2021), a los que debe sujetarse el
ejercicio de los recursos a destinarse a la prestación de los servicios a que se refiere el Título Tercero Bis de
la Ley General de Salud (LGS).
Expuesto lo anterior y reconociéndose “LAS PARTES” recíprocamente el carácter y facultades que ostentan, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 77 bis 6, fracciones II y III de la LGS y los CRITERIOS OPERATIVOS
2021, y de conformidad con lo estipulado en la cláusula Décima de “EL ACUERDO DE COORDINACIÓN”,
determinan los siguientes:
MONTO DE RECURSOS A TRANSFERIR Y CONCEPTOS DE GASTO
1. Monto total de los recursos presupuestarios federales a destinarse a “LA ENTIDAD” para la prestación
gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas sin
seguridad social en su circunscripción territorial.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 77 bis 11 y 77 bis 12 de la LGS y a la previsión presupuestaria
contemplada en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2021, el monto total de
recursos a transferir a “LA ENTIDAD” para la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás
insumos asociados para las personas sin seguridad social en su circunscripción territorial, durante el ejercicio
fiscal 2021, con estricta sujeción a la disponibilidad presupuestaria, es por la cantidad de hasta
$9,073,121,343.15 (Nueve mil setenta y tres millones ciento veintiún mil trescientos cuarenta y tres pesos
15/100 MN).

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