Periódico Oficial del Estado de México de 2021-06-16 - Sección Primera

202/3/001/02
SECRETARÍA DE SEGURIDAD
CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN PARA LA
EJECUCIÓN POR ENCARGO DE OBRAS Y SERVICIOS
RELACIONADOS CON LAS MISMAS, QUE CELEBRAN
LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA
DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO,
REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL LICENCIADO
RAFAEL DÍAZ LEAL BARRUETA Y LA UNIVER SIDAD
MEXIQUENSE DE SEGURIDAD, REPRESENTADA POR
SU RECTORA, L A MAESTRA GRISELDA CAMACHO
TÉLLEZ.
SECRETARÍA DE FINANZAS
CONSEJO MEXIQUENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CAMBIO DE
DOMICILIO DEL CONSEJO MEXI QUENSE DE CIENCIA Y
TECNOLOGÍA.
COMITÉ DE PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL
ESTADO DE MÉXICO
CONVOCATORIA A LA TERCERA SESIÓN ORDINARIA 2021
DE LA ASAMBLEA GENERAL DEL COMITÉ DE
PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO
DE MÉXICO.
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
ACUERDO DEL INSTITUTO MEXIQUENSE DE LA JUVENTUD
POR EL QUE SE PUBLICAN LOS LINEAMIENTOS DE LA
ACCIÓN DE D ESARROLLO SOCIAL PREMIO ESTATAL
DE LA JUVENTUD.
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA A LA CIUDADANA
GLORIA C ARRASCO HERNÁNDEZ, EL C ONDOMINIO
HORIZONTAL HABITACIONAL DE TIPO IN TERÉS
SOCIAL DEN OMINADO XICOTENCATL 81a, UBICADO
EN LA C ALLE XICOTENCATL, NÚMERO 81ª, LOTE 7ª,
MANZANA 464, COLONIA EL T ENAYO CENTRO, EN EL
MUNICIPIO DE TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE
MÉXICO.
AVISOS JUDICIALES: 3149, 2965, 2966, 2967, 2970, 2983,
3197, 3203, 3220, 3233, 3250, 3255, 3256, 3374, 3406,
3417, 3420, 3421, 3422, 3423, 3424, 3428, 3524, 3525,
3528, 3535, 3536, 3537, 3539, 3540, 3541, 3542, 3543,
3544, 3545, 3550, 3551, 3552, 3553, 3554, 3555, 3556,
3557 y 3558.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 3427, 3156,
3158, 3159, 3160, 3161, 3212, 3221, 3222, 3223, 3224,
3225, 3226, 3227, 3228, 3229, 3230, 3231, 3235, 3236,
3245, 3248, 3249, 3529, 3530, 3531, 3532, 3533, 3534,
3546, 3547, 3263, 3286, 3391, 3397, 3398, 3418, 3523,
3526, 3527, 3538, 3548 y 3549.
Tomo CCXI
Número
112
99
SECCIÓN PRIMERA
mero de ejemplares impresos: 300
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE SEGURIDAD
CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN PARA LA EJECUCIÓN POR ENCARGO DE OBRAS Y SERVICIOS
RELACIONADOS CON LAS MISMAS, EN ADELANTE “LOS TRABAJOS”; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE
LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO,
REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL LICENCIADO RAFAEL DÍAZ LEAL BARRUETA, ASISTIDO POR LA
DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS, CONCURSOS Y CONTRATOS A TRAVÉS DE SU TITULAR, EL
LICENCIADO JAVIER IZQUIERDO LARA, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO “LA
SECRETARÍA”; Y POR LA OTRA PARTE, LA UNIVERSIDAD MEXIQUENSE DE SEGURIDAD, REPRESENTADA
EN ESTE ACTO POR SU RECTORA, LA MAESTRA GRISELDA CAMACHO TÉLLEZ, ASISTIDA POR LA UNIDAD
DE APOYO ADMINISTRATIVO REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LICENCIADO FRANCISCO JESÚS
ARROYO FERMÍN, A QUIENES SE LES DENOMINARÁ COMO LA UMS; Y CUANDO ACTÚEN EN FORMA
CONJUNTA SE LES REFERICOMO “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1.- El Gobierno del Estado de México, tiene como uno de sus objetivos primordiales a través de “LA SECRETARÍA”,
la realización de la obra pública, la construcción, mantenimiento y operación de la infraestructura hidráulica, el uso
eficiente de la energía eléctrica y el ahorro y utilización de las fuentes alternas de energía renovable que proporcionen
a la ciudadanía, una mejora continua en los espacios públicos, permitiéndose así, un mejor desenvolvimiento social y
económico que conlleva al progreso constante de la entidad del país.
2.- “LA SECRETARÍA, es la dependencia encargada del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos, de
regular el desarrollo urbano de los centros de población y la vivienda, y de coordinar y evaluar, en el ámbito del
territorio estatal, las acciones y programas orientados al desarrollo armónico y sustentable de las zonas
metropolitanas, así como de ejecutar obras públicas a su cargo, y de promover y ejecutar las acciones para el
desarrollo de infraestructura en la Entidad.
3.- Los artículos 12.8 y 12.9 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México, prevén la
forma en que “LA SECRETARÍAejecutará la obra pública, así como la manera en que esta dependencia podrá
autorizar a otras dependencias y entidades estatales, a ejecutar obras; asimismo, se establece que cuando por las
condiciones especiales de la obra pública o de los servicios relacionados con la misma, se requiera de la intervención
de dos o más dependencias, quedará a cargo de cada una de ellas, la responsabilidad sobre la ejecución de la parte
de la obra o del servicio que le corresponda. Previamente a la ejecución de estas obras, se deberán establecer, con la
participación de la Secretaría del Ramo, convenios en los que se especifiquen los términos para la coordinación de
las acciones de las dependencias que intervengan.
4.- Con fecha 17 de mayo del 2021, se publicó en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado México, el
Acuerdo del Secretario de Desarrollo Urbano y Obra por el que se emiten los nuevos Lineamientos para la aplicación
de los artículos 12.8 y 12.9 del Libro Décimo Segundo “De la Obra Pública” del Código Administrativo del Estado de
México “EL ACUERDO” en cuyo Artículo Primero se señala que las Dependencias y Entidades, que estén impedidas
para ejecutar obra pública, podrán celebrar Convenios con la Secretaría del Ramo, para que esta última ejecute “Obra
por Encargo” de aquellas, estableciéndose los requisitos para tal efecto.
5.-Que LA UMStiene por objeto la formación y profesionalización especializada en seguridad pública, de las y los
servidores públicos y de las o los aspirantes a ingresar a las Instituciones de Seguridad Pública o Corporaciones de
Seguridad Privada, de conformidad con los artículos 249 y 250 de la Ley de Seguridad del Estado de México.
6.- Que con el propósito de cumplir con las atribuciones que le son propias, en términos del artículo 250 y 252,
fracciones V y VII de la Ley de Seguridad del Estado de México, “LA UMS” requiere de la ejecución de obras
públicas y servicios relacionados con la misma, para lo que se asignan recursos de origen Estatal y Federal.
7.- Que en consideración a las atribuciones de “LAS PARTES”, se estima conveniente que “LA SECRETARÍA
asuma a su cargo, la ejecución de “LOS TRABAJOS”, resultando conducente suscribir el presente Convenio.
Vistos los antecedentes antes citados, “LAS PARTES”, manifiestan las siguientes:
Oficina del Gobernador
Oficina del Gobernador
DECLARACIONES
I. De “LA SECRETARÍA”.
I.1. Es la dependencia de la administración pública central del Poder Ejecutivo del Estado de México, encargada
del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos, de regular el desarrollo urbano de los centros de
población y la vivienda, y de coordinar y evaluar, en el ámbito del territorio Estatal, las acciones y programas
orientados al desarrollo armónico y sustentable de las zonas metropolitanas, así como de ejecutar obras
públicas a su cargo, y de promover y ejecutar las acciones para el desarrollo de infraestructura en la Entidad
que conforme a lo establecido por los artículos 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
México; 3, 19 fracción VIII y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, 1.38,
5.9, 12.8 y 12.9 del Código Administrativo del Estado de México.
I.2. El Licenciado Rafael Díaz Leal Barrueta, Secretario de Desarrollo Urbano y Obra, cuenta con facultades para
suscribir el presente instrumento jurídico, en términos de lo estipulado por los artículos 15 y 31 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1.5 fracciones VI y XII, 5.9, fracción XVII, del
Código Administrativo del Estado de México, 1, 2, 6 y 7 fracciones I, II, III, XVI, XVII, XVIII y XLI, del
Reglamento Interior de la Secretaría de Obra Pública y 6 fracciones XV y XXXV del Reglamento Interior de la
Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, en concordancia con los Transitorios SÉPTIMO párrafos
primero, segundo y tercero, y DÉCIMO PRIMERO del Decreto número 191 publicado en el Periódico Oficial
“Gaceta del Gobierno” del Estado dexico, el 29 de septiembre de 2020.
I.3. El Licenciado Javier Izquierdo Lara, en su carácter de Director General de Proyectos, Concursos y Contratos,
asiste a la suscripción del presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido en los artículos 4,
fracción II, 10 fracciones I y XIV y 11 fracción VIII y XXXVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Obra
Pública.
I.4. Para los efectos del presente Convenio Marco de Coordinación, señala como su domicilio legal el ubicado en
Conjunto SEDAGRO, edificio B-1, colonia Rancho San Lorenzo, código postal 52140, Metepec, Estado de
México.
II. De LA UMS.
II.1 Mediante Decreto 328, por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de México y de la Ley de Seguridad del Estado de México,
publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México, en fecha 20 de septiembre de
2018, se crea la Universidad Mexiquense de Seguridad, como un Organismo Público Descentralizado teniendo
entre otros objetos el de la formación y profesionalización especializada en seguridad pública, de las y los
servidores públicos y de las o los aspirantes a ingresar a las Instituciones de Seguridad Pública o
corporaciones de Seguridad Privada, con la finalidad de contribuir al perfeccionamiento de la seguridad pública
o privada; lo anterior de conformidad a lo dispuesto por los artículos 250 y 252 fracciones V y VI, de la Ley de
Seguridad del Estado de México, vigente a la fecha.
II.2. La Maestra Griselda Camacho Téllez, Rectora de la Universidad Mexiquense de Seguridad, se encuentra
facultada para suscribir el presente documento, en términos del nombramiento, de fecha 16 de marzo de 2021,
así como a lo dispuesto en los artículos 259 y 261, fracciones I y XII de la Ley de Seguridad del Estado de
México; y de conformidad con lo establecido en los artículos transitorios Noveno y Décimo Primero, del Decreto
328, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de México y de la Ley de Seguridad del Estado de México, publicado en el
Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México, en fecha 20 de septiembre de 2018, en
correlación con el dispositivo 17 fracciones I y XI del Estatuto Orgánico del Instituto Mexiquense de Seguridad
y Justicia, vigente a la fecha.
II.3. El Licenciado Francisco Jesús Arroyo Fermín, Titular de la Unidad de Apoyo Administrativo, se encuentra
debidamente facultado para asistir en la suscripción del presente instrumento a la Rectora de “LA UMS” de
conformidad con lo establecido en los artículos transitorios Noveno y Décimo Primero, del Decreto 328, por el
que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Estado de México y de la Ley de Seguridad del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta
de Gobierno” del Estado de México en fecha 20 de septiembre de 2018, en correlación con el dispositivo 26
fracciones I, XIII y XXII del Estatuto Orgánico del Instituto Mexiquense de Seguridad y Justicia, vigente a la
fecha.
II.4. Que, para efectos del presente Convenio, señala como su domicilio legal el ubicado en Carretera México-
Toluca km 49.5, colonia El Calvario, Municipio de Lerma, Estado de México, código postal 52006.

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