Periódico Oficial del Estado de México de 2021-04-27 - Sección Primera

202/3/001/02
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS
PARA LA OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL
COMITÉ I NTERNO DE MEJORA REGULATORIA DEL
INSTITUTO ESTATAL DE ENERGÍA Y C AMBIO
CLIMÁTICO.
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
ACUERDO N °. IEEM/CG/95/2021.- POR EL QUE SE
RESUELVE SOBRE LAS MODIFICACIONES AL
CONVENIO DE COALICIÓN PARCI AL DENOMIN ADA
“VA POR EL ESTADO DE MÉXICO” INTEGRADA POR
LOS PARTIDOS POLÍTICOS ACCIÓN NACIONAL,
REVOLUCIONARIO INSTIT UCIONAL Y D E LA
REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA.
ACUERDO N °. IEEM/CG/96/2021.- POR EL QUE SE
RESUELVE SOBRE LAS MODIFICACIONES AL
CONVENIO DE COALICIÓN PARCIAL D ENOMINADA
“JUNTOS H AREMOS HISTORIA EN EL ESTADO DE
MÉXICO” INTEGRADA POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS
MORENA, D EL TRABAJO Y NUEVA ALIANZA ESTADO
DE MÉXICO.
ACUERDO N °. IEEM/CG/97/2021.- POR EL QUE SE
RESUELVE SOBRE LAS MODIFICACIONES AL
CONVENIO DE CANDIDATURA COMÚN INTEGRADA
POR LOS PARTID OS POLÍTICOS MORENA, DEL
TRABAJO Y NUEVA ALIANZA ESTADO DE MÉXICO.
ACUERDO N °. IEEM/CG/98/2021.- POR EL QUE SE
REGISTRAN LAS PLATAFORMAS ELECTORALES
PARA EL PROCESO ELECTORAL 2021, EN EL QUE SE
ELEGIRÁN DIPUTACIONES A LA H. “LXI”
LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO.
ACUERDO N °. IEEM/CG/99/2021.- POR EL QUE SE
REGISTRAN SUPLETORIAMENTE LAS PLATAFORMAS
ELECTORALES DE CARÁCTER MUNICIPAL PARA EL
PROCESO ELECTORAL 2021, POR EL QUE SE
ELEGIRÁN INTEGRANTES DE LOS AYUNTAMIENTOS
DEL ESTADO DE MÉXICO PARA EL PERIODO
CONSTITUCIONAL 2022-2024.
ACUERDO N°. IEEM/CG/100/2021. - POR EL QUE SE
APRUEBA L A SUSTITUCIÓN DE UNA VOCALÍA
MUNICIPAL EN EL INSTITUTO ELECTORAL DEL
ESTADO DE MÉXICO.
AVISOS JUDICIALES: 1438, 1439, 1440, 1451, 1453, 1730,
1751, 1752, 1755, 1757, 1758, 1763, 1764, 1920, 1921,
1925, 1926, 1927, 1928, 1929, 1930, 1934, 1937, 1938,
1950, 1957, 2039, 2040, 2047, 2048, 2049, 2059, 2062,
2063, 2064, 2065, 2067, 2069, 2075, 2076 y 2077.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 1778, 1918,
2078, 1720, 1721, 1741, 1742, 1765, 1766, 1773, 1774,
1775, 2038, 2041, 2042, 2043, 2044, 2045, 2046, 2050,
2051, 2052, 2053, 2054, 2055, 2056, 2057, 2060, 2068,
2071, 2072, 2073, 1657, 1799, 1793, 1825, 1939, 1946,
2058, 2061, 2066, 2070 y 2074.
Tomo CCXI
Número
77
SECCIÓN PRIMERA
Número de ejemplares impresos: 300
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
MTRA. MARÍA ELENA LÓPEZ BARRERA, DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL DE
ENERGÍA Y CAMBIO CLIMÁTICO Y PRESIDENTA DEL COMITÉ INTERNO DE MEJORA REGULATORIA
DE ESTA DEPENDENCIA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 78 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, 3, 13, 45 Y 47 DE LA LEY
ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 5 FRACCIÓN IV DE LA LEY
PARA LA MEJORA REGULATORIA DEL ESTADO DE MÉXICO Y SUS MUNICIPIOS; ASÍ COMO LOS
ARTÍCULOS 23 FRACCIÓN II, 26 Y 30 DEL REGLAMENTO DE LA LEY PARA LA MEJORA REGULATORIA
DEL ESTADO DE MÉXICO Y SUS MUNICIPIOS; Y AL ARTÍCULO 10 FRACCIÓN VIII DEL REGLAMENTO
INTERNO DEL INSTITUTO ESTATAL DE ENERGÍA Y CAMBIO CLIMÁTICO.
C O N S I D E R A N D O
Que la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, publicada en el Periódico Oficial
“Gaceta del Gobierno”, el 17 de septiembre de 2018, tiene como objeto la mejora integral, continua y
permanente de la regulación estatal y municipal, mediante la coordinación entre las autoridades de mejora
regulatoria, los poderes del Estado, los ayuntamientos y la sociedad civil.
Asimismo, el Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios,
publicado el 31 de julio de 2019 en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, en cumplimiento a la Ley para la
Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios tiene como objeto regular las disposiciones de la
Ley, establecer los principios y las bases que deberán observar los sujetos obligados, en el ámbito de sus
respectivas competencias en materia de Mejora Regulatoria.
Que la importancia de la Mejora Regulatoria es fortalecer la competitividad del Estado de México y sus ventajas
comparativas, ya que su eficaz ejecución influirá positivamente en la economía y en la decisión de los
particulares para invertir sus recursos en esta entidad.
El Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, es resultado de un esfuerzo plural e incluyente, en el
que la sociedad mexiquense participó con corresponsabilidad en la toma de decisiones y en la construcción del
porvenir que queremos para nuestras familias.
Que como resultado de las consultas públicas, los insumos provistos por las diferentes dependencias, además
de las opiniones y propuestas de especialistas nacionales e internacionales en la materia y de la sociedad, se
integró el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 que propone impulsar y consolidar la acción de
gobierno a través de los cuatro pilares y tres ejes transversales:
Pilar Social: Estado de México Socialmente Responsable, Solidario e Incluyente.
Pilar Económico: Estado de México Competitivo, Productivo e Innovador.
Pilar Territorial: Estado de México Ordenado, Sustentable y Resiliente.
Pilar Seguridad: Estado de México con Seguridad y Justicia.
Ejes Transversales: Igualdad de Género, Gobierno Capaz y Responsable; y Conectividad y
Tecnología para el Buen Gobierno.
Que el Instituto Estatal de Energía y Cambio Climático, como Organismo Público Descentralizado, debe
continuar los procesos de mejora regulatoria y simplificación de trámites, así como fortalecer las acciones de
acompañamiento, asesoría y atención empresarial, de modo que el Gobierno del Estado de México se
consolide como un aliado estratégico para la creación de nuevas empresas, al igual que para la diversificación y
consolidación de las existentes.
Oficina del Gobernador
Que el Instituto Estatal de Energía y Cambio Climático, tiene el propósito de Coadyuvar al cumplimiento del
derecho de toda persona a un ambiente sano para su desarrollo, salud y bienestar, de conformidad con los
ordenamientos jurídicos en la materia, a través del establecimiento de una política estatal en materia de cambio
climático basada en el desarrollo de investigación científica y tecnológica, eficiencia energética y energías
renovables
Que para dar cumplimiento a lo anterior y derivado de las disposiciones del Reglamento de la Ley para la
Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, es necesario normar el funcionamiento del Comité
Interno de Mejora Regulatoria de esta Institución creado el 6 de febrero de 2015; asimismo en relación al
Reglamento Interno del Instituto Estatal de Energía y Cambio Climático publicado en el Periódico Oficial
Gaceta del Gobierno del Estado de México el 1 de noviembre de 2019, el cual tiene como objeto reglamentar
la organización y el funcionamiento del Instituto Estatal de Energía y Cambio Climático.
En mérito de lo expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DEL COMITÉ INTERNO DE MEJORA REGULATORIA DEL INSTITUTO ESTATAL DE ENERGÍA Y CAMBIO
CLIMÁTICO
ÚNICO. Se expiden los Lineamientos para la Operación y Funcionamiento del Comité Interno de Mejora
Regulatoria del Instituto Estatal de Energía y Cambio Climático.
LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INTERNO DE MEJORA
REGULATORIA DEL INSTITUTO ESTATAL DE ENERGÍA Y CAMBIO CLIMÁTICO
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer los procedimientos que se observarán para
la integración de los Programas Anuales de Mejora Regulatoria, de los análisis de impacto regulatorio, de los
reportes de avance programático, el informe anual de avance programático, la agenda regulatoria, los trámites y
servicios, así como del proceso de calidad regulatoria y los que resulten necesarios para el cumplimiento de la
Ley y su Reglamento.
Artículo 2. Para efectos de estos Lineamientos, se entiende por:
I. Agenda Regulatoria: A la propuesta de las regulaciones que el Instituto Estatal de Energía y
Cambio Climático pretende expedir;
II. Análisis de Impacto Regulatorio: Al documento mediante el cual las dependencias justifican ante
la Comisión Estatal, la creación de nuevas disposiciones de carácter general o de reformas
existentes;
III. Análisis de Impacto Regulatorio ex post: A la evaluación de regulaciones vigentes que generen
costos de cumplimiento, mediante la consulta pública cada 5 años;
IV. Comisión Estatal: A la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria;
V. Comité Interno: Al órgano constituido al interior del Instituto Estatal de Energía y Cambio Climático
para llevar a cabo actividades continuas de mejora regulatoria derivadas de la Ley;
VI. Consejo Estatal de Mejora Regulatoria: Al órgano consultivo de análisis en la materia y de
vinculación interinstitucional con los diversos sectores de la sociedad, responsable de analizar las
propuestas de nueva creación, disposiciones de carácter general o de su reforma;
VII. Enlace de Mejora Regulatoria: A la o él servidor público designado por la o el Director General
del Instituto Estatal de Energía y Cambio Climático, como responsable de la Mejora Regulatoria al
interior del mismo, quien además tendrá la figura de Secretario Técnico dentro del Comité Interno;
VIII. Desregulación: Al componente de la mejora regulatoria que se refiere a la eliminación parcial o
total de la regulación vigente que inhibe o dificulta el fomento de la actividad económica en la
entidad;
IX. Dictamen: A la opinión que emite la Comisión sobre los Programas, los Proyectos de Regulación,
o sobre el Análisis de Impacto Regulatorio respectivos;
X. Disposiciones de carácter general: A los Reglamentos, decretos, acuerdos, normas técnicas,
circulares y demás disposiciones administrativas, que afecten la esfera jurídica de los particulares;

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