Periódico Oficial del Estado de México de 2019-06-11 - Sección Primera

martes 11 de junio de 2019
SECCIÓN PRIMERA
SECRETARÍA DE SALUD
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL COMITÉ
INTERNO DE MEJORA REGULATORIA DEL
INSTITUTO MEXIQUENSE PARA LA
PROTECCIÓN E INTEGRACIÓN AL
DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD Y SE ESTABLECEN LOS
LINEAMIENTOS PARA SU O PERACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO.
SECRETARÍA DE TURISMO
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN
DE PROMOCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN.
SECRETARÍA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
ACUERDO DEL SECRETARIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS DEL EJECUTIVO
ESTATAL, POR EL QUE INICIA FUNCIONES Y
ENTRA EN OPERACIÓN EL ÓRGANO
ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO
DENOMINADO COMISIÓN DE FACTIBILIDAD
DEL ESTADO DE MÉXICO.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CONVOCATORIA A LOS (AS) NOTARIOS (AS)
PÚBLICOS (AS) DEL EST ADO DE MÉXICO
INTERESADOS EN EL PROCESO DE:
CERTIFICACIÓN COMO MEDIADOR(A)-
CONCILIADOR(A) NOTARIAL, EN LA REGIÓN DE
TOLUCA.
ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA DEL FOND O
AUXILIAR PARA LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE
MÉXICO.
AVISOS JUD ICIALES: 477-B1, 2714, 932-A1, 974-A1,
2572, 2386, 438-B1, 437-B1, 436-B1, 2391, 2664,
2670, 2671, 2672, 2676, 2678, 2679, 2666, 2663, 2675,
2672, 2766, 2767, 2768, 2769, 2770, 2772, 2775,
1043-A1, 1044-A1, 2773, 2774, 2771, 2758, 2763,
2759, 492-B1, 2757, 2761, 2762, 2756, 1046-A1, 2760,
2746, 2749, 2750, 2754, 2755, 1039-A1, 1038-A1 y
1037-A1.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 2597,
2583, 2584, 2680, 1 042-A1, 2751, 963-A1, 972-A1,
981-A1, 979-A1, 980-A1, 968-A1, 970-A1, 971-A1,
978-A1, 983-A1, 39-C1, 1040-A1, 1041-A1, 2765,
493-B1, 491-B1, 1045-A1, 2748, 2747, 1036-A1,
1035-A1, 2753, 2505, 2680, 479-B1, 2764 y 2752.
202/3/001/02
Tomo CCVII
Número
104
Número de ejemplares impresos: 300
Página 2 11 de junio de 2019
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE SALUD
EL DR. MARIO RODOLFO REYES GONZÁLEZ, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO MEXIQUENSE PARA LA PROTECCIÓN E
INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y PRESIDENTE DEL COMITÉ INTERNO DE MEJORA
REGULATORIA DE ESTA DEPENDENCIA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULO 27 PÁRRAFO TERCERO
DE LA LEY PARA LA MEJORA REGULATORIA DEL ESTADO DE MÉXICO Y SUS M UNICIPIOS, Y EN EJERCICIO DE LA FACULTAD
QUE ME CONFIERE EL ARTÍCULO 28 FRACCIONES III Y IV DEL REGLAMENTO DE LA LEY PARA LA MEJORA REGULATORIA DEL
ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, Y,
C O N S I D E R A N D O
Que la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el 17
de septiembre de 2018, tiene como objeto la mejora integral, continua y permanente de la regulación estatal y municipal, medi ante la
coordinación entre las autoridades de mejora regulatoria, los poderes del Estado, los ayuntamientos y la sociedad civil.
Que la importancia de la Mejora Regulatoria, es fortalecer la competitividad del Estado de México y sus ventajas comparativas, ya que su
eficaz ejecución influirá positivamente en la economía y en la decisión de los particulares para invertir sus recursos en esta entidad.
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 es resultado de un esfuerzo plural e incluyente, en el que la sociedad
mexiquense participó con corresponsabilidad en la toma de decisiones y en la construcción del porvenir que queremos para nuestras
familias.
Que como resultado de las consultas públicas, los insumos provistos por las diferentes dependencias, además de las opiniones y
propuestas de especialistas nacionales e internacionales en la materia y de la sociedad, se integró el Plan de Desarrollo del Estado de
México 2017-2023 que propone impulsar y consolidar la acción de gobierno a través de los cuatro pilares y tres ejes transversales:
Pilar Social: Estado de México Socialmente Responsable, Solidario e Incluyente.
Pilar Económico: Estado de México Competitivo, Productivo e Innovador.
Pilar Territorial: Estado de México Ordenado, Sustentable y Resiliente.
Pilar Seguridad: Estado de México con Seguridad y Justicia.
Ejes Transversales: Igualdad de Género, Gobierno Capaz y Responsable; y Conectividad y Tecnología para el Buen
Gobierno.
Que el Instituto Mexiquense para la Protección e Integración al Desarrollo de las Personas con Dis capacidad , como carácter jurídico
(descentralizado), debe continuar los procesos de mejora regulatoria y simplificación de trámites, así como fortalecer las acc iones de
acompañamiento, asesoría y atención empresarial, de modo que el Gobierno del Estado de México se consolide como un aliado estratégico
para la creación de nuevas empresas, al igual que para la diversificación y consolidación de las existentes.
Que el Instituto Mexiquense para la Protección e Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad, tiene el propósito 5.5.
Promover Instituciones de Gobierno Transparente y que Rinda Cuentas; en el 5.7 Mantener la Gobernabilidad y la Paz Social,
organizaciones de la sociedad civil (OSC) y el Gobierno. Así mismo en el objetivo 5.8 Garantizar una administración Publica competitiva y
responsable en su estrategia 5.8.3 Consolidad la Gestión, 5.8.5.Implemetar mejores prácticas para la innovación, modernización y calidad
de la Administración Pública Estatal y en la estrategia 5.8.6. Consolidar el Sistema de Planeación Democrática del Estado de México y
Municipios
Que para dar cumplimiento a lo anterior y derivado de las disposiciones del Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de
México y Municipios, es necesario normar el funcionamiento del Com ité Interno de Mejora Regulatoria de esta Institución; asimismo, de
conformidad con el Reglamento Interior del Instituto Mexiquense para el Desarrollo e Integración al Desarrollo de las Persona s con
Discapacidad publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México el 9 de abril de 2018, y tiene por objeto la
mejora integral, continua y permanente de la regulación estatal y los poderes del Estado, los ayuntamientos y la sociedad civil.
En mérito de lo expuesto, ha tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL COMITÉ INTERNO DE MEJORA REGULATORIA DEL INSTITUTO MEXIQUENSE PARA LA
PROTECCIÓN E INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SE ESTABLECEN LOS
LINEAMIENTOS PARA SU OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Se crea el Comité Interno de Mejora Regulatoria del Instituto Mexiquense para la Protección e Integración al Desarrollo de las
Personas con Discapacidad, como la instancia facultada para auxiliar a l Enlace de Mejora Regulatoria en el cumplimiento de sus funciones
y con el objeto de establecer un proceso permanente de calidad y la im plementación de sistemas para contribuir a la desregulación, la
simplificación y la prestación eficiente y eficaz del servicio público, con base en la Ley, el Reglamento y los planes y programas que acuerde
el Consejo Estatal de Mejora Regulatoria.
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Artículo 2. Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer los procedimientos que se observarán para la integración d e los
Programas Anuales de Mejora Regulatoria, de los análisis, de los reportes de avance programático, el informe anual, la agenda regulatoria,
así como del proceso de calidad regulatoria y los que resulten necesarios para el cumplimiento de la Ley y su Reglamento.
Artículo 3. Para efectos de estos Lineamientos, se entiende por:
I. Agenda Regulatoria: La propuesta de las regulaciones que el Instituto Mexiquense para la Protección e Integración al Desarrollo
de las Personas con Discapacidad pretende expedir;
II. Análisis de I mpacto Regulatorio: Documento mediante el cual las dependencias justifican ante la Comisión Estatal, la creación
de nuevas disposiciones de carácter general o de reformas existentes.
III. Análisis de I mpacto Regulatorio ex post: A la evaluación de regulaciones vigentes que generen costos de cumplimiento,
mediante la consulta pública cada 5 años;
IV. Comisión Estatal: Comisión Estatal de Mejora Regulatoria;
V. Comité Interno: Órgano constituido al interior del Instituto Mexiquense para la Protección e Integración al Desarrollo de las
Personas con Discapacidad para llevar a cabo actividades continuas de mejora regulatoria derivadas de la Ley;
VI. Consejo Estatal de Mejora Regulatoria: Órgano consultivo de análisis en la materia y de vinculación interinstitucional con los
diversos sectores de la sociedad, responsable de analizar las propuestas de nueva creación, disposiciones de carácter general o
de su reforma;
VII. Enlace de Mejora Regulatoria: Servidor público designado por el Director General del Instituto Mexiquense Para la Protección e
Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad, como responsable de la Mejora Regulatoria al interior del mismo,
quien además tendrá la figura de Secretario Técnico dentro del Comité Interno;
VIII. Desregulación: Componente de la mejora regulatoria que se refiere a la eliminación parcial o total de la regulación vigente que
inhibe o dificulta el fomento de la actividad económica en la entidad;
IX. Disposiciones de carácter general: Reglamentos, decretos, acuerdos, normas técnicas, c irculares y demás disposiciones
administrativas, que afecten la esfera jurídica de los particulares;
X. Ley: Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios;
XI. Lineamientos: A las disposiciones específicas para la operación y funcionamiento del Comité Interno de Mejora Regulatoria del
Instituto Mexiquense para la Protección e Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Gobierno del Estado de
México.
XII. Mejora Regulatoria: Proceso continuo de revisión y reforma de las dis posiciones de carácter general que, además de promover
la desregulación de procesos administrativos, provea la actualización y mejora constante de la regulación vigente;
XIII. Normateca Interna: Conjunto de dis posiciones legales, reglamentarias y administrativas vigentes que son aplicables al Instituto
Mexiquense para la Protección e Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad;
XIV. Programa: Al Programa Anual de Mejora Regulatoria del Instituto Mexiquense para la Protección e Integración al Desarrollo de
las Personas con discapacidad;
XV. Registro Estatal: Al Registro Estatal de Trámites y Servicios;
XVI. Reglamento: Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios;
XVII. Regulaciones: Disposiciones de carácter general denominados reglamentos, decretos, normas técnicas, acuerdos, circulares,
reglas de operación, manuales, leyes, lineamientos y demás disposiciones administrativistas que afecten la esfera jurídica de los
particulares;
XVIII. Reporte de avance: Reporte de avance que el Instituto Mexiquense para la Protección e Integración al Desarrollo de las
Personas con Discapacidad presenta a la Comisión Estatal sobre el cumplimiento del Programa;
XIX. Servicio: Actividad que realiza el Instituto Mexiquense para la Protección e Integración al Desarrollo de las Personas con
Discapacidad, en acatamiento de algún ordenamiento jurídico, tendente a satisfacer las necesidades de los ciudadanos, mediante
el cumplimento por parte de éstos de los requisitos que el ordenamiento respectivo establece;
XX. Simplificación: Procedimiento por medio del cual se propicia la transparencia en la elaboración de regulaciones y procesos
administrativos, así como la reducción de plazos y requisitos de los trámites;
XXI. Instituto Mexiquense para la Protección e Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad, y
XXII. Trámite: A la solicitud o gestión que realizan las personas físicas o jurídicas colectivas, con base en un ordenamiento jurídico, ya
sea para cumplir una obligación que tiene a su cargo, o para obtener información, un beneficio, un servicio o una resolución y que
la autoridad a que se refiere el propio ordenamiento está obligada a resolver.

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