Periódico Oficial del Estado de México de 2018-09-27 - Sección Segunda

jueves 27 de septiembre de 2018
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y
METROPOLITANO
ACUERDO POR EL QUE SE SUBSANAN LAS
OMISIONES OBSERVADAS EN LA
TRAMITACIÓN DEL ACUERDO POR EL CUAL
SE RECONOCE A “GRUPO GADOL”, S.A. DE
C.V., EL CARÁCTER DE COMPRADOR DE LOTE
EN BLOQUE Y EN CONSECUENCIA TITULAR
CAUSAHABIENTE Y SOLIDARIO
RESPONSABLE, DE LAS OBLIGACIONES DEL
CONJUNTO URBANO DENOMINADO “PASEOS
DE LOS JARDINES”, UBICADO EN EL
MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI,
ESTADO DE MÉXICO.
AVISOS JUDICIALES: 4239, 4238, 4233, 4234, 4236,
1782-A1, 874-B1, 875-B1, 876-B1, 4215, 4216,
4217, 4219, 4220, 4222, 4223, 4224, 4225, 1774-A1 y
1776-A1.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 4237,
4228, 4229, 1783-A1, 4240, 4214, 4235, 4232, 4231,
1779-A1, 1775-A1, 1778-A1, 4230, 4227, 1781-A1,
1780-A1, 4221, 4226, 4218 y 1777-A1.
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SECCIÓN SEGUNDA
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202/3/001/02
CCVI
Página 2 27 de septiembre de 2018
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO
CONTADOR PÚBLICO
ERNESTO HEREDIA RAMOS
REPRESENTANTE LEGAL DE
LA SOCIEDAD DENOMINADA
“GRUPO GADOL”, S.A. DE C.V.
P R E S E N T E
Me refiero a su escrito con Folio No. 7936/18, recibido en esta Dirección General de Operación Urbana dependiente de la Secretaría de
Desarrollo Urbano y Metropolitano, por el que solicita subsanar las omisiones observadas en la tramitación del Acuerdo por el cual se
reconoce a "GRUPO GADOL” S.A. DE C.V., el carácter de “Comprador de Lotes en Bloque y en consecuencia Titular Causahabiente y
Solidario Responsable de las obligaciones del Conjunto Urbano denominado “Paseo de los Jardines,” ubicado en el Municipio de Cuautitlán
Izcalli, Estado de México; y
C O N S I D E R A N D O
Que usted acredita su Representación Legal en Escritura Pública No. 12,139 del 23 de enero del 2017, otorgada ante el Notario Público No.
132 del Estado de México, así como su identidad mediante Credencial para Votar No. 0805047394922, emisión 2010, expedida por el
entonces Instituto Federal Electoral.
Que el referido Acuerdo que reconoce a su representada el carácter de “Comprador de Lotes en Bloque y en consecuencia Titular
Causahabiente y Solidario Responsable, de las obligaciones del Conjunto Urbano, objeto de su solicitud, se expidió por conducto de esta
Dependencia a mi cargo, mediante Oficio No. 224020000/791/2018, de fecha quince de marzo del dos mil dieciocho, mismo Acto
Administrativo que derivado de su revisión, se han observado omisiones involuntarias en los respectivos resolutivos Primero, Segundo y
Décimo Quinto del propio Acuerdo.
Que el Artículo 15 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, dispone respecto de los actos administrativos que,
“Las autoridades administrativas o el Tribunal podrán ordenar, de oficio o a petición de parte, subsanar las irregularidades u omisiones que
observen en la tramitación del procedimiento y proceso administrativo para el solo efecto de regularizar el mismo, sin que ello implique que
puedan revocar sus propias resoluciones”.
Que esta Autoridad es competente para conocer su solicitud, con fundamento en los Artículos 8, 14 y 16 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 78 y 143 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; con apoyo en los Artículos 3, 15,
19 Fracción VIII y 31 Fracciones II, XIII y XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Méxic o; 5.1, 5.2, 5.3
Fracciones XVII y XXXVII, 5.5 Fracción l, 5.6, 5.7, 5.9 Fracciones IV Incisos I) y XIX, y 5.38, Fracción XI del Libro Quinto del Código
Administrativo del Estado de México; 1, 3, 4, 6, 8, 9, 43, y demás relativos a su Reglamento y con fundamento en lo establecido por los
Artículos 1, 2, 3 Fracción III, 7, 8 Fracción XIV, 10 Fracción I y XXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Urbano y
Metropolitano, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México, en fecha ocho de abril del dos mil quince, esta
Dirección General de Operación Urbana emite el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO. Se subsanan las omisiones observadas, en los resolutivos PRIMERO y SEGUNDO del diverso Acuerdo publicado en
“Gaceta del Gobierno” del Estado de México, del dos de abril del dos mil dieciocho, por el cual se reconoce a la
sociedad “GRUPO GADOL”, S.A. DE C.V., representada por usted, “ el carácter de Comprador de Lotes en Bloque
en su calidad de Propietario Adquirente de 9 Lotes en las Manzanas 1 y 2 del Conjunto Urbano de Tipo
Habitacional Medio denominado “Paseo de los Jardines”, en el Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de
México, para el desarrollo de 351 viviendas y en consecuencia, Titular Causahabiente y Solidario Responsable
del cumplimiento de las obligaciones previstas en la Autorización del Conjunto Urbano publicada en “Gaceta
del Gobierno” del Estado de México, del seis de septiembre del dos mil cuatro”; para quedar como siguen:
PRIMERO. Se reconoce a la sociedad "GRUPO GADOL” S.A. DE C.V., representada por usted, el carácter de
Comprador de Lotes en Bloque en su calidad de Propietario Adquirente de 9 Lotes, entre los cuales, se identifican, los
Lotes 3, 4, 5, 6, 7 y 8 en la Manzana 1, así como los Lotes 4, 5 y 6 en la Manzana 2; todos para el desarrollo
habitacional en el Conjunto Urbano de Tipo Habitacional Medio denominado “Paseo de los Jardines”, en el Municipio de
Cuautitlán Izcalli, Estado de México, para el desarrollo de 351 viviendas; y en consecuencia, “Titular Causahabiente y
Solidario Responsable” del cumplimiento de las obligaciones previstas en el Diverso Acuerdo publicado en la “Gaceta
del Gobierno” del Estado de México, del seis de septiembre del dos mil cuatro, por el cual se autorizó el referido
Conjunto Urbano; todo lo cual deberá realizarse, conforme al Plano Único anexo, el cual debidamente firmado y sellado,
forma parte integral del presente ACUERDO, para todos los efectos legales a que haya lugar y que presenta la
información indicada enseguida:

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