Periódico Oficial del Estado de México de 2018-06-22 - Sección Primera

viernes 22 de junio de 2018
SECRETARÍA DE SALUD
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN DEL
INSTITUTO MEXIQUENSE PARA LA
PROTECCIÓN E INTEGRACIÓ N AL
DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD.
AVISOS JUDICIALES: 2352, 2347, 454-B1, 455-B1,
2365, 2361, 2354, 2526, 504-B1, 2524, 2517, 2518,
2488, 2487, 505-B1, 2616, 523-B1, 2625, 2511 y
2553.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 2 624,
1064-A1, 2521, 2522, 2523, 1061-A1, 512-B1,
1081-A1, 1080-A1, 1102-A1, 2624, 1072-A1,
1065-A1, 2624 y 2720.
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SECCIÓN PRIMERA
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CCV
Página 2 22 de junio de 2018
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE SALUD
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN
INSTITUTO MEXIQUENSE PARA LA PROTECCIÓN E INTEGRACIÓN
AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
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Presentación
I. Antecedentes
II. Base Legal
III. Objeto y Atribuciones
IV. Objetivo General
V. Estructura Orgánica
VI. Organigrama
VII. Objetivo y Funciones por Unidad Administrativa
Dirección General
Subdirección de Legislación y Vinculación para el Desarrollo
de las Personas con Discapacidad
Subdirección de Planeación, Administración y Estadística
VIII. Directorio
IX. Validación
X. Hoja de Actualización
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La sociedad mexiquense exige de su gobierno cercanía y responsabilidad para lograr, con hechos, obras y acciones,
mejores condiciones de vida y constante prosperidad.
Por ello, en la Administración Pública del Estado de México impulsa la construcción de un gobierno eficiente y de
resultados, cuya premisa fundamental es la generación de acuerdos y consensos para la solución de las demandas
sociales.
El buen gobierno se sustenta en una administración pública más eficiente en el uso de sus recursos y más eficaz en
el logro de sus propósitos. La ciudadanía es el factor principal de su atención y la solución de los problemas públicos
su prioridad.
En este contexto, la Administración Pública Estatal transita a un nuevo modelo de gestión, orientado a la generación
de resultados de valor para la sociedad mexiquense. Este modelo propugna por garantizar la estabilidad de las
instituciones que han demostrado su eficacia, pero también por el cambio de aquellas que es necesario modernizar.
La solidez y el buen desempeño de las instituciones gubernamentales tienen como base las mejores prácticas
administrativas emanadas de la permanente revisión y actualización de las estructuras organizacionales y sistemas
de trabajo, del diseño e instrumentación de proyectos de innovación y del establecimiento de sistemas de gestión de
calidad.
El presente manual administrativo documenta la acción organizada para dar cumplimiento a la misión del Instituto
Mexiquense para la Protección e Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad. La estructura
organizativa, la división del trabajo, los mecanismos de coordinación y comunicación, las funciones y actividades
encomendadas, el nivel de centralización o descentralización, los procesos clave de la organización y los resultados
que se obtienen, son algunos de los aspectos que delinean la gestión administrativa de este organismo público
descentralizado de la Secretaría de Salud.
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Este documento contribuye a la planificación, conocimiento, aprendizaje y evaluación de la acción administrativa. El
reto impostergable es la transformación de la cultura hacia nuevos esquemas de responsabilidad, transparencia,
organización, liderazgo y productividad.
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La Organización Mundial de la Salud determinó que entre el 10 y el 12 por ciento de la población mundial tiene algún
tipo de discapacidad; esta cifra tiende a incrementarse debido a enfermedades, accidentes, inseguridad,
envejecimiento u otros factores.
En este contexto, el Estado de México se expidió la Ley para la Protección e Integración al Desarrollo de las Personas
con Discapacidad en el año de 1997; misma que se derogó y gran parte de su contenido se integró al Libro Décimo
Primero del Código Administrativo.
Asimismo, la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad entró en vigor el 3 de mayo de 2008.
En la Convención se esbozan los derechos civiles, culturales, políticos, sociales y económicos de las personas con
discapacidad. Los Estados miembros convienen en promover, proteger y garantizar el disfrute pleno y equitativo de
los derechos humanos y las libertades fundamentales por las personas con discapacidad, así como el respeto
sistemático de su dignidad inherente.
Por lo anterior, el 31 de agosto de 2012 se expide la Ley para la Protección, Integración y Desarrollo de las Personas
con Discapacidad del Estado de México donde se establece la creación del Instituto Mexiquense para la Protección e
Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad, como un organismo público descentralizado con
personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaría de Salud, con autonomía técnica y de gestión
para formular políticas, acciones, estrategias y programas derivados de la Ley, para garantizar los derechos y
oportunidad para este sector de la población en la entidad
A través de las actividades del Instituto Mexiquense para la Protección e Integración al Desarrollo de las Personas
con Discapacidad, el Gobierno del Estado de México aporta la atención, el apoyo y el seguimiento que requieren las
personas con discapacidad, poniendo en orden y en práctica la ayuda requerida en diferentes niveles de gobierno.
Es así que el 25 de octubre de 2016 la Secretaría de Finanzas autorizó al Instituto Mexiquense para la Protección e
Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad una estructura de organización, integrada por una
Dirección General y dos Subdirecciones.
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Diario Oficial, 5 de febrero de 1917, reformas y adiciones.
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Periódico Oficial 10, 14 y 17 de noviembre de 1917, reformas y adiciones.
Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123
Constitucional.
Diario Oficial de la Federación, 28 de diciembre de 1963, reformas y adiciones.
Diario Oficial de la Federación, 1 de abril de 1970, reformas y adiciones.
Diario Oficial de la Federación, 29 de diciembre de 1976, reformas y adiciones.
Ley de General de Deuda Pública.
Diario Oficial de la Federación, 31 de diciembre de 1976, reformas y adiciones.
Diario Oficial de la Federación, 5 de enero de 1983, reformas y adiciones.
Diario Oficial de la Federación, 7 de febrero de 1984, reformas y adiciones.
Ley Federal de Procedimientos Administrativos.
Diario Oficial de la Federación, 4 de agosto de 1994, reformas y adiciones.

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