Periódico Oficial del Estado de México de 2018-06-01 - Sección Primera

viernes 1o. de junio de 2018
SECRETARÍA DE FINANZAS
CONVENIO DE COLABORACIÓN
ADMINISTRATIVA PARA RECAUDACIÓN DE
LOS INGRESOS PROVENIENTES DE LOS
DERECHOS Y APROVECHAMIENTOS, QUE
CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER
EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE
MÉXICO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA
DE FINANZAS, Y POR LA OTRA, LA FISCALÍA
GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE
MÉXICO.
CONVENIO DE COLABORACIÓN
ADMINISTRATIVA PARA LA RECAUDACIÓN
DE INGRESOS PROVENIENTES DE LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS, QUE CELEBRAN
POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL
GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO POR
CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE
FINANZAS, Y POR LA OTRA, EL INSTITUTO DE
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE
MÉXICO, A.C.
AVISOS JUDICIALES: 921-A1, 2167, 2026, 2041,
852-A1, 2156, 2166, 2178, 417-B1, 969-A1, 2142,
2271, 964-A1, 966-A1, 2257, 2255, 2270 y 2260.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 38-C1,
917-A1, 918-A1, 919-A1, 914-A1, 915-A1, 927-A1,
925-A1, 2160, 924-A1, 923-A1, 916-A1, 965-A1,
963-A1, 2261, 936-A1, 421-B1, 422-B1, 423-B1,
938-A1, 2179 y 955-A1.
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SECCIÓN PRIMERA
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CCV
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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE FINANZAS
CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINIST RATIVA PARA LA RE CAUDACIÓN DE LOS INGRESOS PROVENIENTES DE LOS
DERECHOS Y APROVECHAMIENTOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO
DE MÉXICO, POR CON DUCTO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, REPRESENTADA POR SU TITULAR , RODRIGO JARQUE
LIRA, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GEN ERAL DE RECAUDACIÓN, RAFAEL MURILLO DÍAZ Y EL CAJERO GENERA L DE
GOBIERNO DE LA SUBSECRET ARÍA DE TESORER ÍA, JUAN CARLO S GARDUÑO GAMBO A, A QUIEN EN LO SUCESIV O SE LE
DENOMINARÁ “LA SECRETAR ÍA”, Y POR LA OTRA, LA FISCA LÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO,
REPRESENTADA POR EL OFICIAL MAYOR, JORGE ENRIQUE MEZHER RAGE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ
“EL ÓRGANO AUTÓNOMO”, Y ACTUA NDO EN CONJUNTO, “LAS PARTES”; SE S UJETAN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES
ANTECEDENTES, DE CLARACIONES Y CLÁUSULAS:
A N T E C E D E N T E S
La Constitución Polític a de los Esta dos Unidos Mexicanos establece que las Consti tuciones de los Estados garantizarán que las
funciones de p rocuración de justicia se realicen con base en lo s principios de autonomí a, eficiencia, imparcial idad, legalida d, objetividad,
profesionalismo , responsabilidad y re speto a los derechos huma nos.
La Consti tución Política del Estado L ibre y Soberan o de México establece que el Ministerio Público se integra en un a Fiscalía General
de Justicia como órgano públic o autónomo, dotado de personalidad jur ídica y patrimonio propios con autonomía presupuesta l, técnica y
de gestión así como con capacida d para decidir s obre el ejercicio de su presupuesto, en los términos que est ablece la Constit ución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, la C onstitución local y las demás ley es aplic ables, la cual estará a cargo de un Fisc al
General.
En est e tenor, la Ley Orgánica de la Administr ación Pública del Poder Ejecutivo del Estado de México, refiere que el a umento en las
demandas de la población h a generado el c recimiento, por ag regación, de los órganos admin istrativos, tanto e n la estructura central de
la administ ración como en el ya amplio conjunto de orga nismos y empresas que conforman el sector parae statal del estado, motivand o
la complejidad del Aparato Administrativ o.
Asimismo amp lía, que la adminis tración estatal ha visto acrecentado su campo funcional m ediante la adopción de nuevas e impor tantes
funciones, las que tienen como objetivos fun damentales que el poder público fortal ezca su p apel de re ctor de lo s procesos sociales y
que sea cada ve z más eficiente y eficaz e n su objetivo de satisfac er las nuevas demandas de una sociedad en evolución y crecimient o.
Que mediante el decreto número 1 67, publicado en el Periódico oficial “Gaceta del Gobierno” , en fecha 9 de d iciembre de 2016 , se
expidió la L ey de la F iscalía Gen eral de Justicia del Estado de México, la cual en su artículo 1°, la reconoce como órgano pú blico
autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio con autonomía presupuestal, té cnica y de gestión con ca pacidad para
decidir sobre e l ejercicio de su presupu esto.
Que el artículo Décimo Segundo Transito rio de la Ley de la Fisc alía General de Justicia del Estado de México, re fiere que hast a en tanto
se expidan las disposiciones administrati vas apl icables, ésta se apoyará en la Admi nistración Pública del Gobierno del Estado de
México, pa ra procedimientos de adquisiciones , servicios, ob ra pública, tec nologías de la información y demás aspectos administr ativos
que resulten ne cesarios.
En este orden, el art ículo 17 del Código Financie ro del Estado de México y Municipios, señala que el E stado, los Muni cipios, las
Entidades Públicas y los Organismos Autónomos p odrán celebrar convenios para la administrac ión y recaudación de contribuc iones,
aprovechamiento s e ingresos pr opios; y en este caso se consideran autoridades fiscale s, quienes asuman la función en térm inos de los
convenios que s uscriban.
En este sentido, de acuerdo con la exposición de motivos y en cumplimiento c on lo previsto en el artículo Décimo Segundo Trans itorio
de l a Ley de la Fiscalía G eneral de Justicia del Estado de Méx ico, “LAS PARTES”, expresan su voluntad para celebrar el presen te
instrumento, fo rmulando las siguientes:
D E C L A R A C I O N E S
I De “LA SECRETARÍA”
I.1. Que la Secretaría de Finanzas, es la dependencia enca rgada de la planeación, programación, p resupuestación y evaluación
de las actividades del Poder Ejecutivo en cuanto a la administ ración financiera y tributaria de la haciend a pública del Estado,
así como de recauda r los impu estos, derechos , aportaciones de mejoras, productos y aprovechamientos, que corresp ondan,
de conformida d con lo establecid o en los artículos 78 de la Constituc ión Política del Es tado Libre y Sobera no de México, 3, 19
Oficina del Gobernador
Oficina del Gobernador
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fracción III, 23 y 24 fracci ón II de la Ley O rgánica de la Admini stración Pública del E stado de México. Asim ismo, le
corresponde de conformidad con el artículo 17 del Código F inanciero del Estado de M éxico y Munic ipios, celebrar convenios
para la admini stración y recaudación de contribuciones, aprov echamientos e ingre sos propios, a efecto d e que dichos ingresos
se cobren a través de la C aja Ge neral de Gob ierno de la Subsecr etaría de Te sorería de l a Secr etaría de Fi nanzas, en
instituciones d el sistema financiero mex icano, o en los establecim ientos autorizados .
I.2. Que Rodr igo Jarque L ira, Secretario de Finanzas, cuenta con facultades para suscribir el presente Con venio de con formidad
con los artícul os 1, 4, 6 y 7 fracciones V y XL del Reglamento Int erior de la Secretaría de Finanzas.
I.3. Que el Secretario de F inanzas acredita s u cargo con e l nombramiento exp edido a su fav or por el Lic . Alfredo del Mazo Maza,
Gobernador Constitucional del Estado de México, el diec iséis de septie mbre de dos mil diecisiete, el cual se integra en copia
simple al prese nte instrumento como AN EXO “A”.
I.4. Que señala como domicilio para los efectos del presente Convenio, el ubica do en la call e Lerdo Poniente número 300, pri mer
piso, puerta 25 0, Palacio del Poder Ejec utivo, Colonia Centro, Có digo Postal 50000, Toluca, Estado de México.
I.5. Que l a Caja General d e Gobierno es la dependencia de l a Subsecretarí a de la Tesorer ía de la Secretar ía de Finanzas d el
Gobierno del Estado de M éxico, en cargada entre otr as funci ones, de registrar los ingresos, egresos e inversiones de las
distintas cuen tas bancarias del Go bierno del Estado de México, así como efect uar los pagos autoriz ados en el Presupuesto de
Egresos, de acuerdo a la programación remi tida por l a Dirección General de Tesorería y a la disponibilidad de los r ecursos;
emitir lo s recibos de ingresos ident ificados en las cuentas banca rias del Gobier no del Estado de México que sean solici tados
por las depende ncias, entidades públicas y unidades ejecutoras de l gasto.
II. De “EL ÓRGANO AUTÓNOMO”
II.1. Que de conformidad con el Decreto número 167 por el que s e expide la Ley de la Fiscalía Genera l de Justicia del Estado de
México y se emi te la Declaratoria de la entrada en vigor de la A utonomía Constitucional d e la Fiscalía General de Justicia del
Estado de México, publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el 9 de diciembre de 2016, es un órgano público
autónomo, dotado de personali dad j urídica y patrimonio propio con autonomía presupuesta l, té cnica y d e ges tión, con
capacidad para decidir sobre el ejerci cio de su presupuesto, así como de los órganos que la integr an, para el despacho de
los asuntos que al Ministerio Público, la P olicía de Investigació n y a los Servicios Periciales le confieren la Cons titución
Política de los Estados Unidos Mexicano s, la Cons titución Política del Estado Libre y Soberano de México , el Códig o
Nacional de Pro cedimientos Penales, la pr esente Ley y las demás di sposiciones jurídicas apl icables.
II.2. Que de acuerdo al artículo 10, fracción V de la Ley de la Fiscal ía General de J usticia del Estado de México que crea la
Fiscalía Gener al de Justicia del Estado de México, destaca entre otr as atribuciones, la de solicitar la colaboración, así c omo
informes o documentos a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Muni cipal y órganos
autónomos de la Federación y del Estado , así como de otras entid ades federativas y municip ios de la República.
II.3. Que Jorge Enrique Mezher Rage, es el encargado de operar la func ión de administr ación de la Fiscalía General de Justicia
del Es tado de México, en términos de lo disp uesto por los artículos 28 fracci ón III, 32, apartado E, fracción I y Transitorio
Décimo Segund o de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Est ado de México, 32, fracción V y 38, primer párrafo de la
Ley Org ánica de l a Procuraduría General de Justicia del Estado de México, 14, fracción VII y 26 del Reg lamento de dicha
Ley, todos ellos correlacionad os con el párraf o once de los Considerandos y el numeral segundo fracción V del Acuerdo
número 01/2016, del F iscal General de Justicia del Est ado de México, por el que se precisan la s d enominaciones y
atribuciones de algunas unidades admin istrativas y se ad scribe al p ersonal de l a Proc uraduría General de Justicia del
Estado de Méxic o, publicado en el Periódi co Oficial “Gaceta del Go bierno” en fecha 20 de diciembre de 2016.
II.4. Que Jorge Enrique Mezher Rag e, Oficial Mayor, está facultado para representar a la Fiscalía General de Justicia del Estado
de México, de acuerdo con el Instrument o Notarial númer o 3199, expedido el 23 de diciembre de 20 16, ante la fe del t itular
de la Notaría Pública número 136 del Estado de M éxico, del que se integ ra copia simple al pres ente instrum ento, como
ANEXO “B”.
II.5. Que par a los efect os legales del presente convenio, señala como domic ilio legal el ubicado en José Ma ría Morelos oriente
1300, Colonia S an Sebastián, Toluca, Esta do de México, Código Post al 50090.
III. De “LAS PARTES”
Se reconocen mutuamente la personalida d jurídica y capacidad legal con la que compa recen a la suscripción de este instrumento , por lo
que están de a cuerdo en someterse a las siguientes:
C L Á U S U L A S
OBJETO
PRIMERA. El objeto del pre sente Convenio es la recaudación por parte de “LA SECRETARÍ A”, de los ingresos provenientes de los
derechos y aprovechamientos que otorga “EL Ó RGANO AUTÓNOMO”, señ alados en los ar tículos 1° de la Ley de Ingresos del Estado
de México para el Ejercicio Fiscal 2018 y subsecuentes hasta la vi gencia del presente Conve nio.

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