Periódico Oficial del Estado de México de 2018-02-28 - Sección Sexta

miércoles 28 de febrero de 2018
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y
METROPOLITANO
LINEAMIENTOS GENERALES DEL PROGRAMA
FAMILIAS FUERTES CON SEGURIDAD Y
CERTEZA JURÍDICA EN SU PATRIMONIO DEL
INSTITUTO MEXIQUENSE DE LA VIVIENDA
SOCIAL.
ACUERDO DEL DIRECTOR GENERAL DEL
INSTITUTO MEXIQUENSE DE LA VIVIENDA
SOCIAL, POR EL QUE SE EXPIDEN LAS REGLAS
DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE VIVIENDA
SOCIAL.
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SECCIÓN SEXTA
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CCV
Página 2 28 de febrero de 2018
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO
LINEAMIENTOS GENERALES DEL PROGRAMA FAMILIAS FUERTES EN SU P ATRIMONIO.
CONTENIDO
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO I
DE LOS OBJETIVOS
Objetivos generales.
Objetivos específicos.
CAPÍTULO II
Disposiciones generales.
Definición de conceptos.
Principios en los que se sustenta el programa.
CAPÍTULO III
De la estructura y funcionamiento del programa.
CAPÍTULO IV
De las colonias y predios a regularizar.
CAPÍTULO V
De las vías de regularización y requisitos.
CAPÍTULO VI
Del costo de recuperación y exenciones.
CAPÍTULO VII
Consideraciones finales.
INTRODUCCIÓN
El artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, establece que le
corresponde a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano el ordenamiento territorial de los
asentamientos humanos y la regulación del desarrollo urbano de los centros de población, estableciendo los
lineamientos para la regulación de la tenencia de la tierra en el Estado, y promoviendo, apoyando y ejecutando
programas de regularización de la tenencia de la tierra, con la participación que corresponda a los municipios
(Fracciones XI y XII).
De acuerdo a los lineamientos del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, la Secretaría de
Desarrollo Urbano y Metropolitano tiene entre sus atribuciones regularizar la tenencia de la tierra privada para
su incorporación al desarrollo urbano, con la participación de los municipios (artículo 5.9, fracción XIX).
La Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de carácter estatal denom inado Instituto Mexiquense de
la Vivienda Social, creado mediante decreto 179 de la H. Legislatura del Estado de México, establece en su
artículo 2, que este Instituto tiene por objeto programar, organizar, coordinar y regular lo concerniente al suelo
en el Estado de México, procurando que el beneficio sea para los grupos sociales más vulnerables, teniendo
entre sus atribuciones regularizar la tenencia de la tierra en los ámbitos urbano y rural de conformidad con las
leyes de la materia (artículo 3, fracción XV).

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