Periódico Oficial Legislativo - Número 18 - Tomo CXLVIII del 04-08-2023

ERIÓDICO FICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS
Periódico Oficial del Estado
TAMAULIPAS
RESPONSABLE
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Registro Postal publicación periódica
PP28-0009
AUTORIZADO POR SEPOMEX
TOMO CXLVIII Victoria, Tam., viernes 04 de agosto de 2023. Extraordinario Número 18
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
ACUERDO Gubernamental mediante el cual se deroga el diverso publicado en el Periódico Oficial del
Estado Número 92, relativo a la Secretaría de Desarrollo Económico, de fecha 2 de agosto de
2017, por cambio de denominación y se determina la Estructura Orgánica de la Secretaría de
Economía............................................................................................................................................. 2
ESTATUTO Orgánico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Tamaulipas............ 5
ESTATUTO Orgánico del Centro de Análisis, Información y Estudios de Tamaulipas de la
Secretaría de Seguridad Pública.............................................................................................. 46
CÓDIGO de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de la Oficina del
Gobernador......................................................................................................................................... 57
SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL, PESCA Y ACUACULTURA
CÓDIGO de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Desarrollo Rural,
Pesca y Acuacultura del Estado de Tamaulipas......................................................................... 66
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE
COMISIÓN DE PARQUES Y BIODIVERSIDAD DE TAMAULIPAS
CÓDIGO de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de la Comisión de Parques y
Biodiversidad de Tamaulipas................................................................................................... 73
CONTRALORÍA GUBERNAMENTAL
ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en materia de control interno y el Manual
Administrativo de aplicación general en materia de control interno del Estado de Tamaulipas...... 80
SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE TAMAULIPAS
CÓDIGO de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de las y los Servidores Públicos del
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Tamaulipas............................................ 121
Victoria, Tam., viernes 04 de agosto de 2023 Periódico Oficial
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GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
AMÉRICO VILLARREAL ANAYA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, en
ejercicio de las facultades que al Ejecutivo a mi cargo confieren los artículos 77, 91, fracciones XXVII y XLVIII, 93
y 95 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 1, numerales 1 y 2, 2 numeral 1, 10, 11 numeral 1, 13,
24, numeral 1, fracción V y 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas; y
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO. Que el Estado de Tamaulipas es una entidad federativa libre y soberana en cuanto a su régimen
interior, pero unida con otras entidades en una federación denominada Estados Unidos Mexicanos, de
conformidad con los artículos 40, 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
y 1 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas.
SEGUNDO. Que el segundo párrafo del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, establece que los poderes de los Estados se organizarán conforme a la Constitución de cada uno de
ellos.
TERCERO. Que el Poder Ejecutivo se deposita en un ciudadano que se denominará Gobernador Constitucional
del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, siendo su elección directa cada seis años, en los términos que
señale la Ley Electoral, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 77 de la Constitución Política del Estado de
Tamaulipas.
CUARTO. Que el artículo 91, fracción XXVII, de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, señala como
facultad del Gobernador organizar las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, sin alterar
los presupuestos, salvo que lo apruebe el Congreso.
QUINTO. Que el ejercicio del Poder Ejecutivo corresponde al Gobernador del Estado, quien tendrá las
atribuciones que le señalan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del
Estado, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado y las demás disposiciones jurídicas relativas, en
términos del artículo 2, numeral 1, de la referida Ley Orgánica.
SEXTO. Que en el ejercicio de sus atribuciones y para el despacho de los asuntos que competen al Ejecutivo del
Estado, éste contará con las Dependencias y Entidades que señale la Constitución Política del Estado de
Tamaulipas, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, los decretos respectivos y
las demás disposiciones aplicables, en atención a lo previsto por el artículo 3 de la citada Ley Orgánica.
SÉPTIMO. Que la Secretaría de Economía de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Tamaulipas, tiene dentro de sus atribuciones las de formular y ejecutar las
políticas públicas, planes y programas de competitividad, promoción y desarrollo de la actividad industrial,
comercial y de servicios; coordinar, promover y concertar la interacción de acciones y recursos federales,
estatales y municipales con empresarios, academia y sociedad organizada; promover y fortalecer la participación
de los productores con las Dependencias y Entidades competentes, para la realización de programas y acciones
tendentes al desarrollo económico sostenible de los sectores; fomentar y apoyar, con las autoridades
competentes, los programas de innovación, investigación, enseñanza y ciencia aplicable que fomenten el
desarrollo sostenible de los sectores económicos; promover el establecimiento de industrias, comercios,
empresas de servicios y de la economía del bienestar, disponiendo de la tecnología existente y, en su caso,
impulsar el desarrollo de la infraestructura requerida; promover y coordinar proyectos de infraestructura
económica para el incremento de la competitividad de las regiones del Estado; promover con las Dependencias y
Entidades competentes, así como con las Entidades Estatales y Municipales correspondientes, el establecimiento
en el medio rural de plantas agroindustriales y coadyuvar en la implementación de los programas de transporte y
comercialización que se requieran para promover la economía en el territorio estatal; impulsar el establecimiento
y crecimiento de la micro, pequeña y mediana industria en el Estado, y coadyuvar en la organización de la
actividad artesanal, artes populares e industrias familiares, en coordinación con las instancias federales, estatales
y municipales competentes; por lo que es necesario dotarla de una estructura orgánica que le permita estar en
condiciones de desarrollar las atribuciones que le han sido determinadas.
OCTAVO. Que las disposiciones que regulan la organización y funcionamiento de la administración pública
estatal, se encuentran previstas en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas,
expedida mediante el Decreto número 65-571, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas edición
vespertina número 54, de fecha 4 de mayo de 2023, en la cual la se determina que la denominación de la
Secretaría de Desarrollo Económico cambia para quedar como Secretaría de Economía.
NOVENO. Que mediante el Acuerdo Gubernamental publicado en el Periódico Oficial del Estado Número 92, de
fecha 2 de agosto de 2017, se determinó la estructura orgánica de la Secretaría de Desarrollo Económico de
Gobierno del Estado de Tamaulipas.
Periódico Oficial Victoria, Tam., viernes 04 de agosto de 2023 Página 3
DÉCIMO. Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 numeral 1 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Tamaulipas, el Gobernador del Estado determinará la estructura orgánica de cada
dependencia, expedirá los reglamentos internos correspondientes, acuerdos, circulares y demás disposiciones
que tiendan a regular el funcionamiento de las Dependencias y Entidades de la administración pública estatal.
DÉCIMO PRIMERO. Que dentro del Eje 1 Gobierno al Servicio del Pueblo, bajo el rubro de Evaluación y Mejora
de la Gestión Pública del Plan Estatal de Desarrollo 2023-2028, Tamaulipas se Transforma, publicado en el
Periódico Oficial del Estado Extraordinario número 7 de fecha 31 de marzo de 2023, se encuentra el objetivo de
revisar y actualizar las estructuras orgánicas, reglamentos interiores y manuales administrativos, ya que la falta
de alineación entre el desempeño en las funciones de los servidores públicos y el marco regulatorio aplicable,
hace necesario reformar la estructura orgánica de la Secretaría de Economía, tal y como lo determina la
estrategia G1.4.3 Actualizar el marco jurídico estatal, las estructuras orgánicas y manuales administrativos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, a fin de otorgar certidumbre a su actuación.
DÉCIMO SEGUNDO. Que mediante oficio CG/1257/2023, SF/000795/2023 y SA/0390/2023, de fecha 21 de julio
de 2023, se determinó mediante dictamen número D-SE-SF-SA-CG-20222028-014-07-23, suscrito por las
personas titulares de la Contraloría Gubernamental, Secretaría de Finanzas y Secretaría de Administración que,
en atención a la adopción responsable de medidas para racionalizar el gasto, sin detrimento del cumplimiento de
las funciones esenciales, se acuerda autorizar el proyecto de modificación de estructura orgánica de la Secretaría
de Economía, con un total de 261 plazas, mandos superiores, medios y operativos de diversos niveles,
distribuidos conforme al siguiente detalle: 1-220, 3-210, 3-200, 21-190. 45-160 y 188 operativos, estos últimos de
varios niveles. En virtud de que el proyecto de modificación de la estructura orgánica en comento solo presenta
renivelaciones de plazas derivadas de los movimientos compensados, se determina que la estructura autorizada
no requiere de una ampliación presupuestal, por lo que la ocupación de la estructura orgánica de la
Dependencia, estará en función del presupuesto autorizado, supeditado a la disponibilidad presupuestaria.
DÉCIMO TERCERO. Que no obstante que la estructura orgánica vigente de la Secretaría de Desarrollo
Económico, ha hecho posible el logro de los objetivos planeados, resulta necesario realizar adecuaciones que
atiendan las circunstancias que prevalecen en las tareas fundamentales del quehacer gubernamental, derivado
del cambio de denominación de la dependencia y de la dinámica que requiere la administración pública estatal,
por lo que el Ejecutivo a mi cargo considera oportuno efectuar ajustes a la estructura orgánica, a fin de garantizar
la eficaz coordinación de esfuerzos y la adecuada evaluación de resultados.
En virtud de la fundamentación y motivación expuestas, se ha tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO GUBERNAMENTAL MEDIANTE EL CUAL SE DEROGA EL DIVERSO PUBLICADO EN EL
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 92, RELATIVO A LA SECRETARÍA DE DESARROLLO
ECONÓMICO, DE FECHA 2 DE AGOSTO DE 2017, POR CAMBIO DE DENOMINACIÓN Y SE DETERMINA
LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO ÚNICO. Se deroga el Acuerdo Gubernamental por el cual se determina la estructura orgánica de la
Secretaría de Desarrollo Económico, publicado en el Periódico Oficial del Estado Número 92, de fecha 2 de
agosto de 2017 y se determina la estructura orgánica de la Secretaría de Economía para quedar como sigue:
ARTÍCULO 1. La Secretaría de Economía del Estado de Tamaulipas tendrá la siguiente estructura orgánica:
1. Secretaría de Economía
1.0.1. Secretaría Técnica
1.0.1.0.1. Departamento de Relaciones Públicas
1.0.1.0.2. Departamento de Archivo y Correspondencia
1.0.1.0.3. Departamento de Coordinación Institucional
1.0.0.1. Dirección de Comunicación Social
1.0.2. Dirección General de Planeación
1.0.2.1. Dirección de Vinculación Regional
1.0.2.1.1. Departamento de Vinculación Municipal y Mejora Regulatoria
1.0.2.2. Dirección del Sistema de Información
1.0.2.2.1. Departamento de Imagen Institucional
1.0.2.2.2. Departamento de Sistemas de Información y Tecnología
1.0.2.2.3. Departamento de Seguimiento y Análisis de Indicadores
1.0.2.2.4. Departamento de Información Sectorial
1.0.2.3. Dirección de Desarrollo e Infraestructura
1.0.2.3.1. Departamento de Planeación e Infraestructura
1.0.2.4. Delegación Regional Zona Norte

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